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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2002 (20/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 219584 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de marzo de 2002 tor privado en la formulación y ejecución de proyectos de vivienda. 1.7. Coordinar y concertar en base a una segmentación de mercado, la participación del Fondo MIVIVIENDA, del Banco de Materiales y de las entidades del Sistema Financiero en el financiamiento de los proyectos de vivienda, en el marco de las atribuciones de cada uno de dichos organismos. 1.8. Proponer normas técnicas y legales para el cum- plimiento de sus objetivos. Artículo 2º.- Constitúyase la Comisión de Coordina- ción para facilitar la construcción de viviendas, con la fina- lidad de promover el acceso de la población a la propiedad privada destinada a la vivienda, la cual tendrá a su cargo las acciones descritas en el artículo precedente. Estará integrada por: - El Viceministro de Vivienda y Construcción, quien la presidirá; - El Viceministro de Saneamiento, - El Superintendente de Bienes Nacionales, - El Coordinador Nacional de COFOPRI, - El Secretario Ejecutivo del Fondo MIVIVIENDA, - El Presidente del Banco de Materiales. La Comisión podrá invitar a participar de sus reunio- nes, según corresponda, al Alcalde Provincial o Distrital en cuya jurisdicción se proyecten realizar programas de vivienda. Artículo 3º.- Los bienes de propiedad de las entidades pú- blicas a que se refiere el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que no se encuentren destinados al uso público ni afectados a algún servicio público, y que no hubiesen sido donados para fines específicos por particulares serán identifi- cados por la Comisión de Coordinación a efectos de promover el acceso de la población a la propiedad privada de vivienda. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Minis- tro de Economía y Finanzas, el Ministro de Justicia, el Mi- nistro de la Presidencia y el Ministro de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, a los diecinueve días del mes de marzo del año 2002. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas Encargado del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5357 Otorgan a empresa y persona natural autorización y permiso para operar esta- ciones del servicio de radiodifusión so- nora comercial en Onda Media en el departamento de Huánuco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 139-2002-MTC/15.03 Lima, 15 de marzo de 2002 VISTA, la solicitud formulada por la empresa NCN S.A., para que se le otorgue autorización para establecer unaestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otor- gados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomu- nicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar deter- minado equipos de radiocomunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la informa- ción y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autoriza- ción para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un pe- ríodo de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme- tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 995-2001-MTC/15.19.03.2 y 1066-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamen- te, señalan que la solicitud formulada por la empresa NCN S.A., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa NCN S.A., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radio- difusión sonora comercial en Onda Media (OM) en el distrito, provincia y departamento de Huánuco, de acuerdo a las si- guientes características técnicas: Estación :BC-OM Frecuencia :1260 KHz Indicativo :OAU-3F Potencia :1000 W Emisión :10A3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Plaza de Armas S/N, dis- trito, provincia y departa- mento de Huánuco. Ubicación de la Planta :Zona León Dormido, dis- trito, provincia y departa- mento de Huánuco. Coordenadas: L.O. 76° 13’ 31" L.S. 09° 56’ 05"