Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2002 (12/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, MORDAZA 12 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
- MORDAZA o MORDAZA = 0.40 - Regular = 0.25 - Malo = 0.10

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II. ALCANCE Es de aplicacion y cumplimiento bajo responsabilidad, de las areas de las Intendencias de Aduana de la Republica que intervienen en el remate de mercancias, de la Comision de Remates, Adjudicaciones y Destruccion de Mercancias, de la Intendencia Nacional de Administracion y Recaudacion Aduanera, de la Gerencia de Almacenes de Aduanas y de la Intendencia Nacional de Sistemas. III. REFERENCIA Procedimiento General INAR-PG.04 Disposicion de Mercancias. IV. VIGENCIA A partir del 13/5/2002. V. NORMAS GENERALES 1. Las disposiciones contenidas en el presente Instructivo de Trabajo son de observancia obligatoria en los casos en que se trate de realizar la tasacion de una mercancia para su remate. 2. Se entiende por Tasacion al MORDAZA mediante el cual se estudia la mercancia, se analizan sus cualidades, caracteristicas, calidad, uso y estado y se establece su justiprecio para remate. Constituye el justiprecio la estimacion del valor razonable y MORDAZA de la mercancia para su remate. 3. A efecto de proceder a la tasacion, debe verificarse previamente la descripcion y caracteristicas de la mercancia, el estado actual de conservacion (bueno o MORDAZA, regular, malo) y el valor actual de una mercancia similar nueva en el MORDAZA local formal o informal; para el caso de maquinarias y equipos debe verificarse ademas, la expectativa de MORDAZA util, la fecha de fabricacion y la depreciacion. 4. El valor similar MORDAZA de una mercancia esta constituido por el precio de venta promedio existente en el MORDAZA local formal o informal a la fecha de la tasacion, de una mercancia nueva con caracteristicas identicas, similares o semejantes a la que es objeto de tasacion. 5. De no existir en el MORDAZA local formal o informal mercancia nueva con caracteristicas identicas, similares o semejantes a la que es materia de tasacion, se recurre a la recopilacion o consulta de precios de catalogos, banco de datos, lista de precios, Modulo de Control de Almacenes, etc, pudiendo verificar de manera referencial los valores registrados en el SIVEP, la Factura Comercial o la Declaracion Unica de Aduanas, si las hubiere, cuidando de efectuar las adiciones respectivas referidas al flete, seguro, derechos de aduana, derechos antidumping y compensatorios y demas tributos aplicables a la importacion de la mercancia. 6. Se denomina tasador al Especialista en Aduanas, Oficial de Aduanas o personal designado para efectuar la tasacion de una mercancia. 7. La Hoja de Trabajo de Lote que contiene el valor de tasacion de la mercancia para remate constituye el Informe Tecnico de Tasacion, debiendo ser suscrita y sellada por el Especialista en Aduanas, Oficial de Aduanas o personal designado interviniente, con caracter de declaracion jurada. VI. DESCRIPCION A. DE LA TASACION DE MERCANCIAS 1. El Valor de Tasacion (VT) es el producto del valor similar MORDAZA (VSN) multiplicado por un factor de depreciacion (FD) al que se le ha aplicado previamente el factor de ajuste (FA). El valor de tasacion se obtiene aplicando la siguiente formula: VT = VSN x (FD - FA) En donde: VT VSN FD FA = = = = Valor de Tasacion Valor Similar MORDAZA de la mercancia Factor de Depreciacion Factor de Ajuste

3. El factor de ajuste es un coeficiente numerico que es aplicado sobre la depreciacion cuando de la revision de la mercancia se determina que es muy antigua o no cuenta con los elementos o factores tales como accesorios, catalogos, folletos, optima MORDAZA, repuestos, estacionalidad, moda, etc. Dicho factor se aplica en una escala de 0.01 a 0.05. Cuando se determina el factor de depreciacion de una mercancia y esta mercancia cuenta con todos los elementos o factores, tales como accesorios, catalogos, folletos, optima MORDAZA, repuestos, estacionalidad, moda, etc, el factor de ajuste es igual a 0. Si la mercancia no cumple con ninguno de estos elementos, entonces el factor de ajuste debe ser igual a 0.05. Si la mercancia no presenta alguno de los elementos senalados, entonces se debe adicionar proporcionalmente los referidos valores en la escala de 0.01 a 0.05. El resultado de la sumatoria debe ser restado del factor de depreciacion. B. DE LA TASACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS INDUSTRIALES 1. Para la tasacion de maquinarias y equipos industriales debe constatarse, verificarse y determinarse previamente los parametros y las formulas que se senalan a continuacion: 1.1. VALOR RESIDUAL (VR) El valor residual de una mercancia sera el que se pueda obtener al ponersele fuera de uso, al termino de su MORDAZA total o util, se considera como valor residual un porcentaje no mayor del 10% del valor similar nuevo. 1.2 MORDAZA UTIL (T) La MORDAZA util o MORDAZA probable total de la maquinaria o equipo es un parametro que se mide en anos y que representa el tiempo de MORDAZA MORDAZA de uso o servicio de una maquinaria o equipo desde su fabricacion. Es igual a la suma de la edad (E), mas la expectativa de MORDAZA util que aun tiene por delante el equipo (P); entendiendose por "expectativa de MORDAZA util" el tiempo estimado de MORDAZA probable a partir de la fecha de tasacion, siendo de estricto criterio del tasador, en funcion al estado, grado de funcionamiento y mantenimiento de la maquinaria o equipo, la cual sera estimada al momento de la revision fisica para el remate. El concepto de MORDAZA util solo es aplicable a maquinarias o equipos. 1.3. GRADO DE OPERATIVIDAD (GO) El grado de operatividad es un coeficiente que es aplicado al valor de tasacion obtenido para una maquinaria o equipo cuando la maquinaria o equipo no cumple con los requisitos de: facilidad de repuestos, accesorios, capacidad de ampliacion o modernizacion y confiabilidad, debiendose tener en cuenta el siguiente cuadro:
Factores Repuestos Accesorios Capacidad de ampliacion Confiabilidad MORDAZA 0 a 0.05 0 a 0.05 0 a 0.05 0 a 0.05 Regular 0.06 a 0.11 0.06 a 0.11 0.06 a 0.11 0.06 a 0.11 Deficiente 0.12 a 0.18 0.12 a 0.18 0.12 a 0.18 0.12 a 0.18

Cuando se determina el valor de tasacion de una maquinaria o equipo, y esta cumple con todos los requisitos de repuestos, accesorios, capacidad de ampliacion o modernizacion y confiabilidad, el grado de operatividad es igual a 1 (GO = 1). En caso contrario, se MORDAZA los valores obtenidos de cada uno de estos factores y el resultado de la suma se restara de 1. 1.4 DEPRECIACION (D) Se refiere a la forma gradual en que la maquinaria o equipo sufre una reduccion de su valor equivalente nuevo; y que aumenta a medida que se acerca al final de su MORDAZA util. Se encuentra determinada por el estado de conservacion, edad y MORDAZA util de la maquinaria o equipo. La depreciacion se halla aplicando la siguiente formula:

2. El factor de depreciacion se aplica segun el estado de conservacion de la mercancia:

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