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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2002 (12/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

Pág. 222947 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de mayo de 2002 departamento, también se proporcionará un resumen de los presupuestos institucionales de apertura para el año fiscal 2002 de los Gobiernos Locales agregados a nivel provincial pertenecientes a cada departamento. Por su parte, el Comité Ejecutivo Nacional de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza informará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público la composición detallada de cada una de las Mesas Departamentales a nivel nacional a más tardar el 30 de mayo. Asimismo se proporcionará del Banco de Proyectos de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público de este Ministerio, el listado de los proyectos de inversión pública por departamento, indicando la fase del ciclo de proyectos en la que se encuentra cada uno y el Plan Estratégico Nacional y los Planes Estratégicos Sectoriales Multi- anuales que el Gobierno Nacional desarrolló a inicios de su período gubernamental y que ahora están siendo revisados y actualizados en el marco del proceso de democratización, descentralización y modernización del Estado en marcha, por lo que deben ser considerados de manera referencial. Toda esta información también será remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Con- greso de la República, así como a los Consejos Transitorios de Administración Regional para que junto con los Pliegos Presupuestarios que desarrollan gastos de inversión en el departamento brinden la asistencia técnica requerida y facili- ten su comprensión y discusión por parte del resto de los actores de cada Mesa y de otros organismos de concertación de similar nivel de representatividad departamental. Es preciso tener en cuenta en todo momento de este proceso, que sólo una alianza estratégica para el desarrollo que concerte el esfuerzo y compromiso de todos los actores sociales, permitirá alcanzar los niveles requeridos de infraes- tructura social y productiva en cada región que haga factible la prestación de servicios económicos y sociales básicos de calidad adecuada y así transitar, explotando las ventajas competitivas de dicho ámbito geográfico, hacia una senda de crecimiento económico sustentable en la región, en el marco del desarrollo general del país. OBJETIVO El objeto del presente Instructivo es establecer una metodología para efecto que en el marco de una operación piloto, los departamentos a través de los CTARs y en coordinación con todos los pliegos presupuestarios que operan en cada departamento, puedan determinar la prioridad en gastos de inversión para el año fiscal 2003, bajo el principio de subsi- diaridad de la acción del Estado y de manera complementaria a los esfuerzos que el Sector Privado, la Cooperación Internacional y la Sociedad Civil concreten a través de un programa de concesiones e inversiones. ALCANCE El presente Instructivo es de aplicación para todos los Consejos Transitorios de Administración Regional -CTARs y sus correspondientes Consejos de Coordinación Regional, e involucra al resto de pliegos presupuestarios, incluyendo a los Gobiernos Locales, sus empresas y organismos, que realizan gastos de inversión en beneficio de la población de cada departamento. METODOLOGÍA El esquema general del proceso a desarrollar será el siguiente: 1.Los CTARs, a través de los Consejos de Coordinación Regional, coordinarán con las respectivas Mesas de Concer- tación para la Lucha contra la Pobreza a nivel departamental para efecto de la elaboración, a través de las correspon- dientes plenarias temáticas y audiencias públicas, de los Planes de Desarrollo Departamental Concertado (PDDC) , los mismos que deben reflejar, entre otros, las conclusiones que devienen de la discusión de las prioridades de gasto en materia de inversión como parte de un programa multianual de inversiones públicas y privadas coherente con los objetivos estratégicos y la visión del desarrollo y competitividad departamental. 2.Independientemente de la metodología adoptada para su elaboración, el Resumen Ejecutivo del PDDC debería con- tener por lo menos la siguiente información en no más de 30 páginas: a)Diagnóstico y problemática actual que se busca enfrentar b)Visión del desarrollo departamental en el contexto del desarrollo general del país c)Objetivos y resultados estratégicos de mediano plazo (al año 2006) d)Ejes de desarrollo y estrategias a aplicar e)Principales acciones que se desarrollarán por parte del Estado a nivel de Gobierno Nacional, Regional y Local, especificando los proyectos en orden de prioridad necesarios para desarrollar las acciones y estrategias a lo largo de todo el horizonte de planeamiento. f)Principales acciones que se desarrollarán por parte del Sector Privado, de la Cooperación Internacional y de la Sociedad Civil, las cuales deberán tener similar nivel de concreción a las acciones que realizaría el Estado, a través del aporte que dichos actores efectuarán ya sea por medio de un programa de concesiones e inversiones, o durante la ejecución u operación de los proyectos de inversión pública. Para tal efecto, en todos los casos, deberá utilizarse la Ficha de Proyecto de Inversión que obra en el Anexo Nº 1 del presente Instructivo. Cabe precisar que las iniciativas de inversión priorizadas para el ejercicio fiscal 2003, deberán contar necesariamente, en adición a su respectiva Ficha de Proyecto de Inversión, con el Perfil del Proyecto de Inversión Pública4, debidamente registrado en el Banco de Proyectos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su reglamento y las directivas que sobre el particular ha emitido el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dichas iniciativas de inversión podrán conte- ner proyectos que ya se encuentran en cualquier fase del ciclo de proyectos. 4 Ver Directiva Nº 001-2002-EF/68.01, Directiva modificatoria de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública y normas complementarias aprobada por Resolución Jefatural Nº 008-2002-EF/68.01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de abril de 2002. En la dirección electrónica http://ofi.mef.gob.pe (“Descarga de documentos”) podrá encontrar los contenidos mínimos de los estudios de preinversión, nivel: perfil.