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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2002 (12/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 222937 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de mayo de 2002 T=vida útil de la maquinaria o equipo o vida probable (E + P). P=expectativa de vida útil que tiene la maqui- naria o equipo por delante. - Aplicación de la fórmula para hallar la Deprecia- ción: E D = (VSN – VR) x ——- T 3 (edad de la máquina en años desde su fabricación) D = ($ 300 - $ 30) x —- 12 (vida útil o vida probable de la máquina en años) D = $ 270 x 0.25 (con aproximación) D = $ 68 (con aproximación) DEPRECIACIÓN = $ 68 DÓLARES AMERICANOS - APLICACIÓN DE LA FORMULA PARA HALLAR EL VALOR DE TASACIÓN: VT = (VSN – D ) x GO VT = ($ 300 - $ 68) x 1 VT = $ 232 x 1 (si la máquina cumple con todos los requisitos de repues- tos, accesorios, capacidad de ampliación o moderniza- ción y confiabilidad) VT = $ 232 VALOR DE TASACIÓN DE LA MAQUINARIA O EQUI- PO INDUSTRIAL = $ 232 DÓLARES AMERICANOS 8518 Modifican el Procedimiento Específico de Clasificación Arancelaria de Mercan- cias INTA-PE.00.09 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/2002-000832 Callao, 29 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/2000-001271 del 5.5.2000 se aprobó el procedi- miento INTA-PE.00.09 Clasificación Arancelaria de Mer- cancías, adecuado al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, los procedimientos documentados, basados en los principios de buena fe y de presunción de veracidad, tienen como finalidad profundizar la simplificación y agiliza- ción en los trámites aduaneros, así como recoger las dis- posiciones dictadas por los órganos competentes exter- nos, estableciendo medidas y acciones objetivas que muestren una total transparencia y efectiva aplicación de las mismas, lo que demanda una revisión continua a efec- tos de adecuar y perfeccionar en lo posible los señalados procedimientos a la aplicación fáctica; En uso de las funciones establecidas en la Ley Orgáni- ca y el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Adua- nas aprobadas por el Decreto Ley Nº 26020 y la Resolu- ción de Superintendencia Nº 000226-2001, respectiva- mente y estando a la delegación de facultades conferidas en las Resoluciones de Superintendencia de Aduanas Nº 001322 del 16.12.99 y Nº 0447 del 17.4.2001; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el Procedimiento Especí- fico de Clasificación Arancelaria, INTA-PE.00.09, confor- me se detalla a continuación: Sección VII: Literal C, sustituir el párrafo correspondiente:C) APELACIÓN Contra la Resolución de Intendencia Nacional de Clasificación Arancelaria, sólo cabe la interposición del Recurso de Apelación dentro del plazo de seis (6) meses contados a partir del día siguiente de efectuada la notifi- cación de la Resolución, por tratarse de un procedimiento no contencioso vinculado a la determinación de la obliga- ción tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 8461 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Reconocen labor del CTAR Loreto en la presentación de rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta Gene- ral de la República del año 2001 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 061-2002-EF/93.01 Lima, 3 de mayo de 2002 VISTOS: Los documentos que acreditan la recepción de la información sobre rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2001 de los pliegos presupuestarios que comprenden los Consejos Transitorios de Administra- ción Regional. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Transitorio de Administración Regio- nal - Loreto, ha ocupado el tercer lugar de los Consejos Transitorios de Administración Regional, en la presenta- ción de la información presupuestaria y financiera corres- pondiente a la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 2001, por lo que sus principales funcionarios merecen ser reconocidos; Que, el numeral 21.1 del Artículo 21º de la Ley Nº 27312 - De Gestión de la Cuenta General de la República, seña- la que la aprobación de la Cuenta General de la Repúbli- ca es un acto formal de ordenamiento administrativo y ju- rídico que no implica la aprobación de la gestión ni los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de acciones de control por parte de los órganos del Sistema Nacional de Control y de fiscalización por el Poder Legislativo; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Fun- ciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Ór- gano Rector aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019- 89-EF; a propuesta de la Dirección General de Contabili- dad del Sector Público, con la aprobación de la Alta Di- rección y el visado de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Ar- tículo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR al Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional - Lo- reto, señor FIDEL TORRES RAMÍREZ, al Gerente Re- gional de Administración señor JAIME SOLÍS ROME- RO, al Gerente Regional de Planificación señor LO- RENZO ALEGRÍA RAMÍREZ y al Contador General señor CPC FERNANDO LAZO RÍOS, por haber presen- tado en tercer lugar de los Consejos Transitorios de Administración Regional, la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2001.