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Pág. 232762 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de noviembre de 2002 Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR BLONDET SABROSO Director Municipal 19665 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Amplían plazo de Beneficio Extraor- dinario de Regularización Tributaria y Administrativa, otorgado mediante la Ordenanza Nº 0143-MDSL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0006-MDSL San Luis, 31 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 0143-2002-MDSL publi- cada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de octubre del 2002, se otorgó ampliar hasta el 31 de octubre del 2002, el Beneficio Extraordinario de Regularización Tributaria y Ad- ministrativa a los contribuyentes del distrito de San Luis para que regularicen sus obligaciones pendientes de pago; Que, la Ordenanza en mención, en su artículo noveno establece otorgar facultades al señor Alcalde para que me- diante Decreto amplíe el plazo establecido para el Benefi- cio Extraordinario referido; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0005-MDSL, se amplió hasta el 31 de octubre del año en curso la vigencia del Beneficio Extraordinario señalado y estando por ven- cerse el plazo del mismo, la Gerencia de Finanzas me- diante Informe Nº 0087-2002-MDSL-GF, señala que se hace necesario ampliarlo, toda vez que existe un gran número de contribuyentes deudores que aún no se han acogido al mismo, y que expresan su voluntad de hacerlo; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR hasta el lunes 25 de no- viembre del año en curso, el vencimiento del Beneficio Ex- traordinario de Regularización Tributaria y Administrativa, otorgado mediante Ordenanza Nº 0143-MDSL. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas en cuanto le corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR ALEGRÍA GONZALES Alcalde 19596 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Otorgan beneficios a contribuyentes que mantienen deudas pendientes de pago por concepto de impuesto predial y arbitrios correspondientes al ejerci- cio 2002 ORDENANZA Nº 117-MSS Santiago de Surco, 4 de noviembre de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es política de la Municipalidad incentivar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de la comunidad en general, especialmente en la difícil coyuntura económica en la que nos encontramos; en tal sentido se busca flexibi- lizar la normatividad vigente a efectos de apoyar a aque- llos vecinos que no han podido cumplir con el pago de los tributos correspondiente al año 2002; Que, de conformidad con la Norma IV del Título Preli- minar del Texto Único Ordenado del Código Tributario apro- bado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los lí- mites que señala la Ley; Que, asimismo, el artículo 41º del precitado cuerpo le- gal, precisa que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local, tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; De conformidad a lo dispuesto por los artículos 36º in- ciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23583, con dispensa del trámite de lectura y aproba- ción del Acta, por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA "PONTE AL DÍA" Artículo 1º.- ALCANCE Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, aquellos contribuyentes que mantienen deuda tributaria pendiente de pago por concep- to del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspon- dientes al ejercicio fiscal 2002. Artículo 2º.- BENEFICIOS La presente Ordenanza confiere los siguientes benefi- cios: a) Por el pago al contado del total de la deuda corres- pondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2002: 1. Condonación del 100% de interés moratorio de la deuda materia de acogimiento. 2. Condonación de las costas procesales y gastos admi- nistrativos de la deuda materia de acogimiento, que se en- cuentre en cobranza coactiva; a excepción de los casos que se encuentren en cobranza coactiva con medida cautelar. 3. Descuento del 2% de la deuda insoluta correspon- diente a los arbitrios municipales del cuarto trimestre del presente año. 4. Descuento por pago adelantado u oportuno que se establezca en la Ordenanza de arbitrios para el ejercicio fiscal 2003. b) Por el pago de alguna de las cuotas correspondien- tes a los trimestres del presente año obtendrá: 1. Condonación del 100% de interés moratorio de la deuda materia de acogimiento. 2. Condonación de las costas procesales y gastos ad- ministrativos de la deuda materia de acogimiento, que se encuentre en cobranza coactiva. No podrán acogerse a los beneficios contenidos en el presente artículo, aquellos contribuyentes cuya deuda materia de acogimiento se encuentre incluida en un con- venio de fraccionamiento. Artículo 3º.- REQUISITOS Para gozar de los beneficios otorgados en la presente Ordenanza, el contribuyente deberá: a) Efectuar el pago de la deuda materia del beneficio directamente en las cajas de la Municipalidad. b) Presentar previamente al pago, la solicitud de desis- timiento de cualquier medio impugnatorio que haya inter- puesto respecto a la deuda materia del beneficio.