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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (07/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 232754 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de noviembre de 2002 ca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emi- tir y colocar certificados de depósito negociables o no ne- gociables; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos financieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pú- blica, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, mediante Resolución SBS Nº 444-2001 del 7 de junio del 2001, se emitió opinión favorable para que Citi- bank, N.A. Sucursal de Lima realice la emisión de Certifi- cados de Depósitos Negociables a través de un programa de emisión denominado Primer Programa de Certificados de Depósitos Negociables del Citibank, N.A. Sucursal de Lima, hasta por la suma de US$ 50 000 000.00 (cincuenta millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional, a diferentes plazos de hasta 360 días no renovables; Que, la emisión mencionada en el párrafo anterior no ha sido inscrita en el Registro Público del Mercado de Valo- res; Que, en Acuerdo de Gerencia General de fecha 3 de julio de 2002, se aprobó el Primer Programa de Certifi- cados de Depósitos Negociables de Citibank, N.A. Su- cursal de Lima, hasta por un importe máximo en circu- lación de US$ 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nue- vos soles, hasta por un plazo de vencimiento máximo de cinco (5) años contados a partir de la fecha de emi- sión de cada serie; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "C" mediante Informe Nº DESF "C" 119-OT/2002, y con los vistos buenos de la Gerencia de Estudios Económicos, la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la opinión favora- ble emitida mediante Resolución SBS Nº 444-2001 del 7 de junio del 2001, para que Citibank, N.A. Sucursal de Lima realice la emisión de Certificados de Depósitos Ne- gociables a través de un programa de emisión deno- minado Primer Programa de Certificados de Depósitos Negociables del Citibank, N.A. Sucursal de Lima, hasta por la suma de US$ 50 000 000.00 (cincuenta millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en mone- da nacional, a diferentes plazos de hasta 360 días no renovables. Artículo Segundo.- Opinar favorablemente para que Citibank, N.A. Sucursal de Lima realice la emisión de Cer- tificados de Depósitos Negociables a través de un progra- ma de emisión denominado "Primer Programa de Certifi- cados de Depósitos Negociables de Citibank, N.A. Sucur- sal de Lima", hasta por un importe máximo de US$ 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares ameri- canos) o su equivalente en nuevos soles, debiéndose ade- cuar a la Ley del Mercado de Valores. Artículo Tercero.- Cada una de las emisiones del Programa mencionado en el Artículo Segundo no po- drá exceder de US$ 50 000 000.00 (cincuenta millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nue- vos soles, debiendo informar previamente a esta Superintendencia el monto a ser emitido en cada una de las emisiones. Artículo Cuarto.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 19628UNIVERSIDADES Declaran en situación de urgencia la adquisición de alimentos destinados al comedor universitario de la Universi- dad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-1529-A-2002-UNSAAC Cusco, 24 de octubre del 2002 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Oficio Nº 0886-2002-AASA-VRAD signado con el expediente Nº SG 001303 cursado por el Ing. Félix Arellano Choque, Jefe del Área de Abastecimiento y Servi- cios Auxiliares, mediante el cual solicita se declare en si- tuación de urgencia para la adquisición de bienes: Alimen- to para Personas con destino al Comedor Universitario de la UNSAAC; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución R.1413-2002-UNSAAC de fecha 03 de octubre del 2002 se aprobó la convocatoria del Proceso de Selección de Licitación Publica Nacional Nº 004- 2002-UNSAAC Para la Adquisición de Alimentos para Per- sonas con destino al Comedor Universitario (Perayoq-Ka- yra), con un valor referencial de S/.792,269.00, de los cua- les el importe de S/. 444,867.00 será financiado con Recur- sos Ordinarios y el importe de S/.347.402.00 financiado con Recursos Directamente Recaudados, asimismo, se designó el Comité Especial presidido por el Ing. Edilberto Yánez Her- bozo, Jefe de la Oficina de Bienestar Universitario; Que, conforme a lo dispuesto en la referida Resolución, mediante el documento del Visto, el Jefe del Área de Abas- tecimiento y Servicios Auxiliares hace de conocimiento de la Autoridad Universitaria que mediante el Informe Nº 087.2002-UC-AASA emitido por el Jefe de la Unidad de Compras, comunica que la autorización de calendario de presupuesto correspondiente al cuarto trimestre ha sido aprobado el 30 de septiembre del 2002, (SIAF 01 de octu- bre del 2002), determinándose el monto total para la ad- quisición de alimentos para el Comedor Universitario a ni- vel de fuentes de financiamiento. Se destaca que el monto consignado en el Presupuesto es significativamente dife- rente del definitivamente aprobado. Que, asimismo manifiesta que la adquisición de alimen- tos para personas con destino al Comedor Universitario bajo la modalidad de Licitación Pública, cuyo valor referen- cial asciende al importe de S/. 792,269.00, requiere de un tiempo para su implementación hasta el ingreso de los bie- nes al almacén aproximadamente cuarenta y cinco (45) días, sin embargo, es imprescindible la continuidad del ser- vicio del Comedor Universitario el mismo que para la Insti- tución tiene carácter de esencial para el cumplimiento de sus fines, metas y objetivos. Por esta consideración, es de urgencia y necesidad inmediata e impostergable la adqui- sición de alimentos durante el tiempo que dura la imple- mentación del Proceso aprobado. Reiterando que fue materialmente imposible implementar proceso alguno con mayor anticipación por lo señalado líneas arriba. Que, conforme al párrafo anterior señala que se ha pro- cesado los requerimientos para el funcionamiento del Co- medor Universitario durante el lapso de tiempo antes referi- do habiéndose emitido los Informes contenidos en los Ofi- cios Nº 192-2002-ACU-UNSAAC del Administrador del Co- medor Universitario de Perayoq y el Oficio Nº 060-2002- CUGK del Administrador del Comedor Universitario de Ka- yra, habiéndose determinado los montos referenciales de S/. 120,606.99 y S/. 38,729.27 respectivamente, financiados con Recursos Ordinarios, con lo que debe lograrse continui- dad del funcionamiento de los referidos Comedores y consi- guientemente atención y servicio ininterrumpido a favor del estudiante antoniano, garantizándose a su vez la eficaz pres- tación del servicio educativo al cual se debe la UNSAAC. Que, acorde con lo señalado el Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del