Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2002 (07/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de noviembre de 2002

ca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar certificados de deposito negociables o no negociables; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, mediante Resolucion SBS Nº 444-2001 del 7 de junio del 2001, se emitio opinion favorable para que Citibank, N.A. Sucursal de MORDAZA realice la emision de Certificados de Depositos Negociables a traves de un programa de emision denominado Primer Programa de Certificados de Depositos Negociables del Citibank, N.A. Sucursal de MORDAZA, hasta por la suma de US$ 50 000 000.00 (cincuenta millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en moneda nacional, a diferentes plazos de hasta 360 dias no renovables; Que, la emision mencionada en el parrafo anterior no ha sido inscrita en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en Acuerdo de Gerencia General de fecha 3 de MORDAZA de 2002, se aprobo el Primer Programa de Certificados de Depositos Negociables de Citibank, N.A. Sucursal de MORDAZA, hasta por un importe MORDAZA en circulacion de US$ 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles, hasta por un plazo de vencimiento MORDAZA de cinco (5) anos contados a partir de la fecha de emision de cada serie; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C" mediante Informe Nº DESF "C" 119-OT/2002, y con los vistos buenos de la Gerencia de Estudios Economicos, la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la opinion favorable emitida mediante Resolucion SBS Nº 444-2001 del 7 de junio del 2001, para que Citibank, N.A. Sucursal de MORDAZA realice la emision de Certificados de Depositos Negociables a traves de un programa de emision denominado Primer Programa de Certificados de Depositos Negociables del Citibank, N.A. Sucursal de MORDAZA, hasta por la suma de US$ 50 000 000.00 (cincuenta millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en moneda nacional, a diferentes plazos de hasta 360 dias no renovables. Articulo Segundo.- Opinar favorablemente para que Citibank, N.A. Sucursal de MORDAZA realice la emision de Certificados de Depositos Negociables a traves de un programa de emision denominado "Primer Programa de Certificados de Depositos Negociables de Citibank, N.A. Sucursal de Lima", hasta por un importe MORDAZA de US$ 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles, debiendose adecuar a la Ley del MORDAZA de Valores. Articulo Tercero.- Cada una de las emisiones del Programa mencionado en el Articulo MORDAZA no podra exceder de US$ 50 000 000.00 (cincuenta millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles, debiendo informar previamente a esta Superintendencia el monto a ser emitido en cada una de las emisiones. Articulo Cuarto.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la Escritura Publica correspondiente para su posterior inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 19628

UNIVERSIDADES
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de alimentos destinados al comedor universitario de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA

RESOLUCION Nº R-1529-A-2002-UNSAAC
MORDAZA, 24 de octubre del 2002 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL CUSCO: VISTO, el Oficio Nº 0886-2002-AASA-VRAD signado con el expediente Nº SG 001303 cursado por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, mediante el cual solicita se declare en situacion de urgencia para la adquisicion de bienes: Alimento para Personas con destino al Comedor Universitario de la UNSAAC; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion R.1413-2002-UNSAAC de fecha 03 de octubre del 2002 se aprobo la convocatoria del MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Nacional Nº 0042002-UNSAAC Para la Adquisicion de Alimentos para Personas con destino al Comedor Universitario (Perayoq-Kayra), con un valor referencial de S/.792,269.00, de los cuales el importe de S/. 444,867.00 sera financiado con Recursos Ordinarios y el importe de S/.347.402.00 financiado con Recursos Directamente Recaudados, asimismo, se designo el Comite Especial presidido por el Ing. MORDAZA Yanez Herbozo, Jefe de la Oficina de Bienestar Universitario; Que, conforme a lo dispuesto en la referida Resolucion, mediante el documento del Visto, el Jefe del Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares hace de conocimiento de la Autoridad Universitaria que mediante el Informe Nº 087.2002-UC-AASA emitido por el Jefe de la Unidad de Compras, comunica que la autorizacion de calendario de presupuesto correspondiente al MORDAZA trimestre ha sido aprobado el 30 de septiembre del 2002, (SIAF 01 de octubre del 2002), determinandose el monto total para la adquisicion de alimentos para el Comedor Universitario a nivel de MORDAZA de financiamiento. Se destaca que el monto consignado en el Presupuesto es significativamente diferente del definitivamente aprobado. Que, asimismo manifiesta que la adquisicion de alimentos para personas con destino al Comedor Universitario bajo la modalidad de Licitacion Publica, cuyo valor referencial asciende al importe de S/. 792,269.00, requiere de un tiempo para su implementacion hasta el ingreso de los bienes al almacen aproximadamente cuarenta y cinco (45) dias, sin embargo, es imprescindible la continuidad del servicio del Comedor Universitario el mismo que para la Institucion tiene caracter de esencial para el cumplimiento de sus fines, metas y objetivos. Por esta consideracion, es de urgencia y necesidad inmediata e impostergable la adquisicion de alimentos durante el tiempo que dura la implementacion del MORDAZA aprobado. Reiterando que fue materialmente imposible implementar MORDAZA alguno con mayor anticipacion por lo senalado lineas arriba. Que, conforme al parrafo anterior senala que se ha procesado los requerimientos para el funcionamiento del Comedor Universitario durante el lapso de tiempo MORDAZA referido habiendose emitido los Informes contenidos en los Oficios Nº 192-2002-ACU-UNSAAC del Administrador del Comedor Universitario de Perayoq y el Oficio Nº 060-2002CUGK del Administrador del Comedor Universitario de Kayra, habiendose determinado los montos referenciales de S/. 120,606.99 y S/. 38,729.27 respectivamente, financiados con Recursos Ordinarios, con lo que debe lograrse continuidad del funcionamiento de los referidos Comedores y consiguientemente atencion y servicio ininterrumpido a favor del estudiante antoniano, garantizandose a su vez la eficaz prestacion del servicio educativo al cual se debe la UNSAAC. Que, acorde con lo senalado el Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

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