Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (09/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 232867 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de noviembre de 2002 Que, siendo la Adq uisición de estos equipos impres- cindibles, para atender la acreditación de la Facultad de Medicina Humana de la U.N.ICA; puesto que uno de los requisitos que solicita la Asociación Peruana de Faculta- des (ASPEFAM), es que la Facultad debe contar con una Biblioteca Virtual requiriendo para ello la Adquisición de 01 Hub Switch de 24 puertos, que es un dispositivo por el cual se puede interconectar la red de Computadoras para la Biblioteca Virtual, considerado en el Item 9. Que, la Comisión de Admisión 2001-I, requiere la ad- quisición de Equipos de Computo descritos en los Items 1, 2, 3 y 4, a fin de cumplir con la realización del Examen de Admisión programado para el día 15 de Setiembre del 2002, ya que para llevar a cabo este examen se requiere de un Proceso de identificación automatizada, implemen- tando el sistema de Control de identificación basada en las Huellas digitales, lo que permitiría la identificación de cualquier persona que intervenga en este examen de admisión, siendo necesario que el usuario sólo presione uno de sus dedos sobre el Lector de huella. Que, la tarjeta capturadora Pixell view meeting Pack Lite Prolink, captura imágenes a través de una Cámara de video y el lector de Código de Barras lee los códigos de los Carnés de identificación que se entrega a cada Postulante, asimismo la impresora que permite imprimir textos, gráficos y códigos de barras. Que, de no adquirirse estos equipos significaría poster- gar la fecha de Convocatoria del Examen de Admisión y traería como consecuencia una reprogramación de acti- vidades trayendo un desembolso mayor de egresos y adi- cionalmente se perdería la imagen y credibilidad de la U.N.ICA, en la realización de procesos de admisión. Que, no habiendo plazo para Convocar a otro Proce- so de Adjudicación , puesto que el día 30 es feriado y una 2da Convocatoria requeriría un plazo mínimo de 10 días y de no efectuarse la Adquisición pondría en riesgo la Ejecución del Calendario de Compromisos del mes de Agosto del 2002. De conformidad con el Artículo 19º inciso (c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y en uso de las atribuciones conferi- das al Rector, por Ley Nº 23733 y el Estatuto Univer- sitario. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Adquisición de Bienes de Ca- pital por SITUACIÓN DE URGENCIA, para la Comisión Ejecutiva de Admisión y la Facultad de Medicina Huma- na, por un monto de S/. 12 374,00 Nuevos Soles, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Re- caudados. Artículo 2º.- Exonerar de la Convocatoria de Adjudi- cación Directa Selectiva para la Adquisición de Equipos de Computo para las dependencias antes señaladas, por haber quedado desierto en la Adjudicación Directa Se- lectiva Nº 0014-2002-UNICA. Artículo 3º.- Disponer la Publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión de una copia de la misma y del informe que la sustenta a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días calendarios siguientes a la fecha de apro- bación. Regístrese, comuníquese y archívese. RAFAEL CAPARO HIDALGO Rector 19841 UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN LUIS GONZAGA" DE ICA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 861-R-UNICA-2002 Ica, 30 de Setiembre del 2002 VISTO: El Informe Técnico de fecha 27 de Setiembre del 2002, presentado por los representantes del Centro Pre Uni-versitario-CEPU, Facultad de Farma cia y Bioquímica, Se- cretaría General y la Facultad de Medicina Veterinaria, sobre la Adquisición de Bienes de Capital, por motivo de Urgencia. CONSIDERANDO: Que, la Universidad ha recuperado su plena autono- mía Académica, Administrativa, Económica y normativa dentro del marco de la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la U.N.ICA y la Constitución Política del Es- tado; Que, por Resolución del Titular del Pliego Nº 093-R- UNICA-2001, de fecha 28 de Diciembre del 2001, se aprue- ba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Plie- go Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica, a ni- vel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprogra- ma, Actividades y Proyectos, Categoría y Grupo Genéri- co de gasto, ascendente a la suma de CUARENTISIETE MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS CINCUENTIDÓS Y 00/100 NUEVOS SOLES. (S/ 47 710 652,00), por toda Fuente de Financiamiento; Que, de acuerdo a la Ley Nº 26850 se aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Que, con los Decretos Supremos Nº 012-2001-PCM , 013-2001-PCM y 079-2001-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su modi- ficatoria respectivamente. Que, habiéndose convocado a la Adjudicación Directa Selectiva ADS Nº 0015-2002-UNICA, el 26 de Setiembre del 2002, una vez instalado el Comité Especial con la par- ticipación de los Postores asistentes y la presencia de la Notario Público Dra. Ana Ethel del Rosario Jara Velásquez, se procedió a la apertura de sobres y efectuada la Evalua- ción de las propuestas Técnicas y Económicas; quedaron desiertos los Items 1, 2, 5, 7 y 9 debido a que no se pre- sentó ningún Postor. Que, la Universidad después de haber evaluado el In- forme Técnico suscrito por las áreas responsables y al amparo de los Artículos 21º y 108º de los Decretos Supre- mos Nº 012-2001-PCM y 013-2001-PCM respectivamente; requiere con carácter de Urgencia para el normal desen- volvimiento de las actividades Académicas y Administrati- vas la Adquisición de Bienes de Capital para el Centro de Estudios Pre Universitarios - Cepu (Items: 1,2), Facultad de Farmacia y Bioquímica (Items: 5,7), Secretaría General y Facultad de Medicina Veterinaria (Item 9), por un monto de Veinte mil Doscientos y 05/100 Nuevos Soles. Que, de no llevarse a cabo dicha Adquisición pondría en riesgo la realización de la Prueba de Avance del Cepu, programada para los Primeros días del mes de Octubre, puesto que los Equipos declarados desiertos deben ser utilizados para las evaluaciones, Sistemas de control e iden- tificación basada en las Huellas digitales, así como la im- presión de las imágenes a color para identificar a los alum- nos. Que, los Items 2, 5 y 7 de la Facultad de Farmacia, Secretaría General y Veterinaria, son imprescindibles para garantizar actividades Académicas (evaluaciones), así como en la impresión de Resoluciones y otros documentos Administrativos referentes al ámbito Universitario. Que, una 2da. Convocatoria para la Adquisición de es- tos Equipos requeriría un plazo mínimo de 10 días, lo que pondría en riesgo la Ejecución del Calendario de Com- promisos del mes de setiembre. De conformidad con el Artículo 19º inciso (c ) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y en uso de las atribuciones conferidas al Rector, por Ley Nº 23733 y Estatuto Universitario. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Adquisición de Bienes de Ca- pital por SITUACIÓN DE URGENCIA para las diferentes dependencias Académicas y Administrativas señaladas en la parte considerativa, por un monto de Veinte Mil Doscien- tos Veintidós y 05/100 Nuevos Soles (S/ 20 222,05), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recau- dados. Artículo 2º.- Exonerar de la Convocatoria de Adjudica- ción Directa Selectiva para la Adquisición de Equipos para el Centro Pre Universitario- Cepu, Facultad de Farmacia, Secretaría General y Veterinaria , que quedaron desier-