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Pág. 232864 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de noviembre de 2002 partir del 6 de noviembre del año en curso y mientras dure la diligencia en mención. - Lic. Flavio Estrada Moreno, Perito Arqueólogo de la División de Exámenes Auxiliares de Lima, a partir del 6 de noviembre del año en curso y mientras dure la diligen- cia en mención. - Sr. Roberto Parra Chinchilla, Asistente, Bachiller en Antropología, de la División de Exámenes Auxiliares de Lima, a partir del 6 de noviembre del año en curso y mien- tras dure la diligencia en mención. - Dr. Luis Castillejo Melgarejo, Perito Médico Legista de la División Médico Legal de Ayacucho, a partir del 6 de noviembre del año en curso y mientras dure la diligencia en mención. - Srta. Claudia Alva Linares, Asistente en Fotografía de Lima, a partir del 6 de noviembre del año en curso y mien- tras dure la diligencia en mención. - Sr. Jesús Ernesto Heredia Vela, Asistente Camaró- grafo, a partir del 6 de noviembre del año en curso y mien- tras dure la diligencia en mención. - Sr. Jorge Gallardo Ascurra, Chofer, a partir del 6 de noviembre del año en curso y mientras dure la diligencia en mención. - Víctor Núñez Terrones, Chofer, a partir del 6 de noviem- bre del año en curso y mientras dure la diligencia en men- ción. Artículo Segundo.- Modificar el Artículo Tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1895-2002-MP- FN de fecha 4 de noviembre del año en curso, en los térmi- nos siguientes: Artículo Tercero.- Incorporar a los Peritos y personal asistente designados por la Comisión de la Verdad y Reconciliación que tomarán parte en la referida diligencia de exhumación, conforme se señala a continuación: - Sra. Mercedes Salado, Perito Antropóloga Forense. - Sr. Luis Fondebrider, Arqueólogo Forense, en calidad de Monitor Internacional. - Cirilo Vivanco Pomacanchari, Asistente. - Sra. Marcela Ramírez Ruiz, Asistente. - Sra. María Godoy Allende, Asistente. - Sr. Fidel Fajardo Ríos, Asistente. La participación de los mencionados Peritos y personal asistente, no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Mi- nisterio Público. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Comisión de la Verdad y Reconciliación, al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ayacu- cho, y a los funcionarios y personal administrativo mencio- nados en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 19813 Autorizan viaje de la Fiscal de la Na- ción a la ciudad de Fort de France-La Martinica, para participar en el semi- nario "Lucha contra el lavado de dine- ro y la corrupción" RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1917-2002-MP-FN Lima, 8 de noviembre de 2002 VISTA Y CONSIDERANDO: La Nota 01/02 de fecha 3 de octubre de 2002, por la que el señor Eric Mingant, Agregado de Policía de la Em- bajada de Francia en el Perú, comunica que la Delega- ción del Servicio de Cooperación Técnica Internacional de Policía (SCTIP) francesa en Colombia y la Delegación de la Cooperación de Bogotá, en asociación con la OEA/CICAD, han organizado el Seminario Regional sobre el tema "LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y LA CORRUPCIÓN", a realizarse del 11 al 15 de noviembre de 2002, en el centro de formación antidroga (CIFAD) en Fort de France - La Martinica; y dado que dicho evento congregará a funcionarios de alto nivel de las fiscalías, servicios de policía y de la administración de los países de la región andina, hacen extensiva dicha invitación a la señora Fiscal de la Nación; Estando a lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje a la ciudad de Fort de France - La Martinica, a la señora doctora Nelly Calde- rón Navarro, Fiscal de la Nación, para participar en el Se- minario Regional denominado "LUCHA CONTRA EL LA- VADO DE DINERO Y LA CORRUPCIÓN", del 10 al 16 de noviembre de 2002, en el centro de formación antidroga (CIFAD). Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fis- calía de la Nación a la doctora Gladys Margot Echaiz Ra- mos, Fiscal Suprema Titular de la Primera Fiscalía Supre- ma en lo Penal, mientras dure la ausencia de la titular. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente Re- solución no irrogará gastos al Presupuesto del Ministerio Público. Artículo Cuarto.- Hágase de conocimiento de la Ge- rencia General, Oficina de Registros de Fiscales y Fiscal Suprema mencionada, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 19814 Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Gerencia General para el ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1924-2002-MP-FN Lima, 8 de noviembre de 2002 VISTOS: El Oficio Nº 1309-2002-MP-FN-GG y el Informe Nº 062- MP-FN-GECLOG de la Gerencia Central de Logística; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado de la actualización de valores re- ferenciales de la obra correspondiente a la "1ª Etapa de la Sede del Distrito Judicial de Cusco", se estima que su cos- to total ascienda a la suma de S/. 1,940,007.00 Nuevos Soles, cantidad mayor a los S/. 1,452,518.00 Nuevos So- les, que se tenía previsto, antes de la actualización indica- da; Que, para el financiamiento de la citada obra, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2002 se tenía previsto la asignación de S/. 290,172.00 Nuevos Soles en el 2002 y S/. 1'162,346.00 Nuevos Soles en el ejercicio 2003; pero como consecuencia de lo indicado en el párrafo anterior y de las reasignaciones presupuestales, se requiere modificar el financiamiento de la obra "1ª Etapa de la Sede del Distrito Judicial de Cusco", la cual se realizará con una asignación de S/. 1'037,805 Nuevos Soles en el año 2002 y S/. 902,202 Nuevos Soles en el ejercicio 2003, que tota- liza la suma de S/. 1,940,007 Nuevos Soles, que es su va- lor referencial actualizado; Que, como consecuencia del incremento en el va- lor referencial de la obra mencionada en los párrafos anteriores, el costo de supervisión de dicha obra que estaba estimada en S/. 69,757 Nuevos Soles, se debe actualizar a S/. 97,000 Nuevos Soles; dicho monto es conforme a lo dispuesto en el Artículo 148º, del De- creto Supremo Nº 079-2001-PCM, que establece la obligatoriedad de contar con un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al mon-