Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2002 (17/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de noviembre de 2002

Que, el articulo 20º del dispositivo legal MORDAZA mencionado establece que estas exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, del Informe Tecnico del Pedido Nº 001-2002, que forma parte de la presente Resolucion, del Jefe del Departamento de Base de Datos del Servicio de Informatica de la Fuerza Aerea del Peru, se establece que el Servicio de Informatica de la Fuerza Aerea del Peru viene empleando las herramientas informaticas Oracle desde el ano de 1992, lo que le permite contar con el licenciamiento de dos (02) Oracle Database Enterprise Edition (24 usuarios cada uno), dos (02) OracIe Internet Developer Suite para un (01 usuario cada uno), asi como un (01) Internet Application Server Enterprise Edition (9ias) para (24 usuarios), herramientas que permiten brindar el servicio de Base de Datos a las diferentes Unidades de la FAP, compartiendo los datos, manteniendo la disponibilidad y proporcionando el respaldo y la preservacion de los mismos y obteniendo a traves de ellos la informacion que requieren los diferentes niveles de decision; para lo cual se requiere la renovacion del servicio de actualizacion y soporte a partir de su MORDAZA ano de instalacion a traves de la contratacion del mantenimiento y soporte tecnico de "Oracle Database Enterprise Edition, OracIe Internet Developer Suite e Internet Application Server Enterprise Edition" lo que permitira mantener la operatividad de los servicios de Base de datos y el desarrollo nuevos sistemas de Informacion por parte del Servicio de Informatica de la Fuerza Aerea; Que, el licenciamiento (propiedad del software) en el caso de los dos (02) Oracle Database Enterprise Edition de 24 usuarios cada uno y de los dos (02) OracIe Internet Developer Suite es MORDAZA, no siendo asi el caso del Internet Application Server Enterprise Edition (9ias) que es de dos anos, venciendose el 28 de febrero del 2003; pero que sin embargo el pago por el concepto de mantenimiento (actualizaciones del software) y soporte tecnico (asesoramiento y ayuda en caso de requerirse para solucionar problemas y/o desarrollar nuevas capacidades en el empleo de la herramienta) se realiza en forma anual, habiendose vencido su vigencia el 31 de diciembre del 2001, para los dos primeros productos indicados y el 28 de febrero del 2002 para el tercero, por lo que se requiere la renovacion del contrato de mantenimiento y Soporte Tecnico de todos los productos Oracle para el presente ano, siendo ademas el unico que puede brindar este servicio la empresa fabricante de los sistemas, y en el Peru, por intermedio de su representante exclusivo la empresa "Sistemas Oracle del Peru S.A."; y que para dicha contratacion que tiene como valor referencial un total de S/. 42,997.43 (cuarenta y dos mil novecientos noventa y siete con 43/100 nuevos soles) se cuenta con la respectiva partida presupuestal en los Recursos Ordinarios AF-2002 cadena de gasto 5.3.11.39. lo que permitira por un lapso de 13 meses efectuar consultas tecnicas a la mencionada empresa con la finalidad de solucionar problemas en los softwares indicados y la actualizacion de estos productos en forma inmediata a las ultimas versiones que salen al mercado; Que, del informe legal Nº 001-2002, que forma parte de la presente Resolucion, del Asesor legal del Servicio de Informatica de la Fuerza Aerea del Peru se comprueba que la solicitud de exoneracion por "servicio que no admite sustitutos" se encuentra enmarcada dentro de los alcances del articulo 19º, inciso f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisiciones y Contrataciones y el Director de Telematica de la Fuerza Aerea, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva por la causal de "servicio que no admite sustituto" la contratacion

del Mantenimiento y Soporte Tecnico de Oracle Database Enterprise Edition, OracIe Internet Developer Suite e Internet Application Server Enterprise Edition para el mantenimiento de los sistemas de informatica del Servicio de Informatica de la Fuerza Aerea del Peru por un valor referencial de S/. 42,997.43 (cuarenta y dos mil novecientos noventa y siete con 43/100 nuevos soles) con cargo al presupuesto "Recursos Ordinarios AF-2002", en la cadena de gasto 5.3.11.39. Articulo 2º.- Autorizar a la Fuerza Aerea del Peru a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comandante del Servicio de Informatica a efectuar los tramites administrativos que le correspondan, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Ministerial, asi como los informes tecnico y legal en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 20267

Autorizan viaje de oficiales del Ejercito para participar en el "Seminario de Derechos Humanos 2002" que se realizara en Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1757-DE/SG MORDAZA, 15 de noviembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 458/MAAG-ent de 12.NOV.2002, del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos, mediante el cual hace conocer al Secretario General del Ministerio de Defensa la invitacion para que participen dos Oficiales Superiores en el "Seminario de Derechos Humanos 2002" a realizarse en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Bolivia del 18 a 22.noviembre.2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja de Recomendacion Nº 047-SGMD/B03 del 13.noviembre.2002, el senor Vicealmirante AP Secretario General del Ministerio de Defensa, aprueba el viaje en comision de servicio del MORDAZA EP Edgard MORDAZA LARENAS y MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que participen el "Seminario de Derechos Humanos 2002" a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA - Bolivia del 18 a 22.noviembre.2002; toda vez que los Oficiales MORDAZA referidos participaron en los Seminarios anteriores sobre Derechos Humanos; Que, con el Oficio Nº 458/MAAG-ent de 12.noviembre.2002, se establece que los gastos de transporte aereo, hospedaje y alimentacion durante su estadia en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA - Bolivia seran cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, reglamentado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5.junio.2002, asi como los Decretos de Urgencia Nº 0302002 y Nº 033-2002, concordante con la Resolucion Suprema Nº 141-DE/SG de 24.julio.2002; Estando a lo aprobado por la Secretaria General del Ministerio de Defensa y con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Comision de Servicio, al MORDAZA EP Edgard MORDAZA LARENAS y MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en el "Seminario de Derechos Humanos 2002", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA - Bolivia del 18 al 22.noviembre.2002. Articulo 2º.- El gasto que irrogue la presente Resolucion, sera sufragado por el Ministerio de Defensa, de acuerdo al detalle siguiente: Impuesto Aeropuerto US$ 25.00 x 2 personas

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