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Pág. 233423 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de noviembre de 2002 SEÑOR EDUARDO BRANDES SALAZAR Pasajes US$ 720,98 Viáticos US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 SEÑORA ELVA RODRÍGUEZ PASTOR Pasajes US$ 720,98 Viáticos US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 SEÑOR LUIS MESÍAS CHANGA Pasajes US$ 720,98 Viáticos US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes a la realización del viaje, los funcionarios autori- zados mediante el Artículo 1º, presentarán al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunión a la que asistan. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 20329 INTERIOR Declaran fundada en parte impugnación contra resolución que sancionó con multa a la EVP. SECOPER S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1930-2002-IN/1704 Lima, 14 de octubre del 2002 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por la EVP. SECOPER S.A., presentada por su Representante legal Sr. Jorge Luis SÁNCHEZ ROMERO, contra la R.D. Nº 1094- 2002-IN-1704 del 12.JUN.2002. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1094-2002-IN- 1704, del 12.JUN.2002, se resuelve declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la EVP. SECOPER S.A., contra la R.D. Nº 368-2002-IN/1704 del 1.MAR.2002, que le impone multa de una (1) UIT, por infracción al Art. 91º inciso h) y Art. 90º inciso l) del Reglamento de Servicios de Seguri- dad Privada, al realizar servicios de seguridad sin comunicar a la DICSCAMEC la celebración de los correspondientes con- tratos; asimismo, por no haber comunicado de inmediato el hurto de dos computadoras portátiles el día 8.NOV.2001, cuando pres- taba servicios el vigilante Alberto César DELGADO GUTIÉ- RREZ, en el Colegio de Arquitectos; Que, con fecha 22.JUL.2002, la aludida Empresa de Vigilancia Privada interpone recurso de apelación contra la R.D. Nº 1094-2002-IN-1704, argumentando entre otros, que si bien no han aportado pruebas materiales, la DICS- CAMEC como autoridad administrativa ha debido agotar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los adminis- trados, conforme al Principio de Verdad Material contenido en el Título Preliminar de la Ley Nº 27444, y que la verdad de sus dificultades y su defensa se encuentran expresadas en el texto de su recurso de reconsideración el mismo que entre algunos aspectos reitera, que el Colegio de Arquitec- tos es su cliente y éste no ha sido afectado, habiendo cum- plido a satisfacción su labor no teniendo nada que reportar, por corresponder a la Empresa SAFE SOLUTIONS la de- nuncia del hecho por ser la perjudicada con el hurto de dos computadoras portátiles;Que, de la información solicitada con el Informe Nº 4813- 2002-IN-0204 del 7.AGO.2002, se desprende que sobre los hechos materia de denuncia policial, no se ha llegado a determinar quién o quiénes sean los autores del Delito con el Patrimonio (hurto de especies) en agravio de Daniel An- tonio SERRANO TORRES, Gerente Administrativo y Fi- nanciero de la Empresa SAFE SOLUTIONS, continuando las investigaciones para la identificación, ubicación y cap- tura de los presuntos autores; Que, verificados los hechos en aplicación del principio de verdad material, los argumentos esgrimidos por la EVP. recurrente, desvirtúan en parte los motivos que dieron lu- gar a la Resolución impugnada, toda vez que en el Parte Policial, cuya copia obra a folios 47 y 48 del expediente, se desconoce a los autores del ilícito penal materia de inves- tigación, no existiendo en consecuencia motivación alguna para que dicha empresa hubiera tenido que cumplir con comunicar a la DICSCAMEC la presunta comisión de deli- to o falta por parte del vigilante Alberto César DELGADO GUTIÉRREZ, en los hechos denunciados. La empresa no ha desvirtuado su infracción al Art. 91º inciso h) del Regla- mento de Servicios de Seguridad Privada, la misma que constituye infracción grave por lo que en estricta aplica- ción del Art. 95º del citado Reglamento se debe mantener la multa impuesta; Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 5324- 2002-IN-0204 del 4.SET.2002; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar FUNDADO EN PARTE el Re- curso de Apelación interpuesto por la EVP. SECOPER S.A., contra la Resolución Directoral Nº 1094-2002-IN-1704 del 12.JUN.2002, quedando subsistente el Art. 91º inciso h), así como la sanción impuesta por ser la mínima que co- rresponde de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 18347 Autorizan viaje de funcionarios de la DIGEMIN para participar en la III Re- unión del Comité de Fronteras Perú- Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1931-2002-IN/1601 Lima, 14 de octubre del 2002 Visto, el Oficio Nº 2339-2002-IN-1601 del 3.Oct.2002 de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, mediante el cual se remite un proyecto de Resolución Mi- nisterial autorizando el viaje de funcionarios de dicha Di- rección General a la ciudad de Arica - Chile, en comisión de servicio. CONSIDERANDO: Que, con Of. Re (ODF-DEF) Nº 22-6-BB/49 del 27.Set.2002 el Embajador Sr. GILBERT CHAUNY Di- rector Nacional de Desarrollo Fronterizo del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica a la Dirección Ge- neral de Migraciones y Naturalización, la convocatoria a la III Reunión del Comité de Frontera Perú - Chile a realizarse en la ciudad de Arica - Chile, los días 10 y 11 de octubre de 2002, para lo cual solicita la designa- ción de representantes que participarán en dicha re- unión binacional; Que, mediante Of. Nº 1414-200-IN-1607 del 2.oct.2002 cursado por el Director General de Migraciones y Naturali- zación al Director Nacional de Desarrollo Fronterizo, co- munica la designación de los funcionarios Percy NEYRA MALDONADO Director de Control Migratorio y Óscar ZU- BIETA KOLÁN Jefe de Migraciones de Tacna, como repre- sentantes para que asistan al evento citado en el conside- rando anterior;