Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2002 (20/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, miercoles 20 de noviembre de 2002 Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 20344 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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RESOLUCION Nº 177-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 7 de noviembre de 2002 Visto el Expediente Nº 102-2002/SBN-JAR, que contiene los antecedentes de la afectacion en uso del terreno de 2 673,20 m2, ubicado dentro del Proyecto de Remodelacion de la Supermanzana F del Conjunto Habitacional Las MORDAZA de San MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 478-87-VC5600, de fecha 27 de noviembre de 1987, se dispuso la afectacion en uso a favor del Arzobispado de MORDAZA del terreno de 2 673,20 m2, ubicado dentro del proyecto de Remodelacion de la Supermanzana F del Conjunto Habitacional Las MORDAZA de San MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para la construccion de una Capilla, servicios religiosos-patronales, velatorio y otros; Que, el area afectada en uso a favor del Arzobispado de MORDAZA responde a la sumatoria de terrenos colindantes de propiedad del Estado de 2 033,20 m2 y 640,00 m2 inscritos en las fichas No. 1705147 y 1705148 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y en los asientos 2344 y 2345 del Sistema Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal correspondiente al departamento de MORDAZA, respectivamente; Que, efectuada la inspeccion tecnica con fecha 26 de setiembre de 2002, se ha verificado que la afectataria no ha cumplido con la finalidad de la afectacion en uso; al haberse constatado que el terreno de 2 673,20 m2 esta ocupado por instalaciones del Asentamiento Humano San MORDAZA MORDAZA, constituidas por viviendas consolidadas de material noble, un local de uso comunal destinado a culto, una losa deportiva y vias; Que, en tal sentido, habiendose incumplido con el fin de la afectacion en uso, procede la desafectacion, conforme a lo establecido por el inciso c) del articulo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y numeral 3.3.5 de la Directiva Nº 005-2002/SBN, aprobada mediante Resolucion Nº 022-2002/SBN; Que, los incisos f) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a desafectar los inmuebles de propiedad estatal y emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, la Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolucion Nº 315-2001/SBN y Directiva Nº 005-2002/SBN, aprobada mediante Resolucion Nº 022-2002/SBN y estando a lo expuesto en los Informes Tecnicos Legales Nº 03352002/SBN-GO-JAR y 336-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 23 de octubre de 2002;

Articulo 1º.- Declarar la desafectacion a favor del Estado del terreno de 2 673,20 m2, conformado por los predios de 2 033,20 m2 y 640,00 m2, inscritos en las Fichas Nºs. 1705147 y 1705148 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, respectivamente, ubicado dentro del proyecto de Remodelacion de la Supermanzana F del Conjunto Habitacional Las MORDAZA de San MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que fuera afectado en uso al Arzobispado de MORDAZA por Resolucion Ministerial Nº 478-87-VC-5600, de fecha 27 de noviembre de 1987, para la construccion de una Capilla, servicios religiosospatronales, velatorio y otros. Articulo 2º.- El Registro de la Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion inscribira la correspondiente desafectacion a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 20345 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 178-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 7 de noviembre del 2002 Visto el Expediente Nº 022-2001/SBN-JAR, que contiene los antecedentes de la afectacion en uso del terreno de 789,50 m2, ubicado en el Lote 10 de la manzana "Y7", MORDAZA A, sector 11 de MORDAZA del Asentamiento Humano Ano MORDAZA, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, el Estado Peruano - Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal, es propietario del terreno de 789,50 m2 ubicado en el Lote 10 de la manzana "Y7", MORDAZA A, sector 11 de MORDAZA del Asentamiento Humano Ano MORDAZA, distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA inscrito en el Registro Predial MORDAZA con el Codigo de Predio Nº P01223851 y registrado en el Sistema Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal con el Asiento Nº 7267 correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante titulo de afectacion en uso de fecha 13 de marzo del 2000, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal afecto en uso el citado predio a favor del Asentamiento Humano Ano MORDAZA, MORDAZA A, Sector 11 de MORDAZA para destinarlo a la construccion de un Local Comunal; Que, efectuada la inspeccion tecnica con fecha 17 de MORDAZA de 2002, se ha verificado que el terreno materia de inspeccion se encuentra libre de edificacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 63º del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC "Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de COFOPRI" establece la facultad de la Superintendencia de Bienes Nacionales para declarar la reversion de la afectacion en uso realizada por COFOPRI e incorporar el inmueble a la administracion del Estado, de acuerdo a los procedimientos y normas vigentes; Que, en tal sentido, no habiendose destinado el predio al fin de la afectacion en uso, procede su desafectacion, conforme a lo establecido por el inciso c) del articulo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento Gene-

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