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Pág. 233596 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de noviembre de 2002 ciones y Adquisiciones del Estado y mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM su Reglamento, que estable- cen las normas que deberán observar las entidades del sector público nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las entidades del sector público deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el tipo de bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal así como el monto del presupuesto requerido para su contratación o adquisición, plan anual que debe ser aprobado por el Titular del Pliego; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 006-CND- P-2002, de fecha 4 de octubre 2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Descentralización; Que, el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado establece que dicho plan debe contener de manera obligatoria las Licitaciones Pú- blicas, Concursos Públicos y las Adjudicaciones Directas que se realicen durante el año fiscal; Que, de acuerdo con los nuevos requerimientos surgidos en la Institución, el Área de Administración y Finanzas ha pro- puesto la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones para el año 2002, incluyendo y excluyendo los pro- cesos de selección que llevará a cabo la Entidad; Que, de conformidad con los artículos 7º y 8º, el Plan Anual de Adquisiciones puede ser modificado por el Titular del Pliego, según la asignación presupuestal o la reprogra- mación de las metas propuestas; En uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado", Ley Nº 27573 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, y en concordancia con los artículos 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Consejo Nacional de Descentralización para el ejercicio presupuestal 2002, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución en el cual se detallan los bienes y servicios incluidos o excluidos. Artículo 2º.- Se deberá cumplir con publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- En igual plazo, el Plan Anual deberá ser remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Pro- moción de la Pequeña y Micro Empresa PROMPYME. Artículo 4º.- El Plan Anual de Adquisiciones estará a disposición de los interesados en el local del Consejo Na- cional de Descentralización, sito en calle Los Incas Nº 172, 4to. piso, San Isidro Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DIAZ Presidente 20425 Aprueban adquisición de mobiliario para oficinas y contratación de servi- cio de cableado estructurado mediante procesos de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 016-CND-P-2002 San Isidro, 14 de noviembre de 2002 VISTO: El Informe Nº 003-2002-CND-GAF, del Área de Admi- nistración y Finanzas, en la cual se solicita exonerar deLicitación Pública, por situación de urgencia, la adquisición de muebles de oficina para la implementación del Consejo Nacional de Descentralización; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralización", el Consejo Nacional de Descentrali- zación es un organismo independiente y descentralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros cuya principal función es dirigir y conducir el proceso de des- centralización; Que, la citada norma creó el Consejo Nacional de Des- centralización, con fecha 20 de julio del 2002, iniciando sus actividades el 5 de setiembre del año en curso, con la de- signación de sus funcionarios responsables; Que, para el cumplimiento de sus funciones, el Conse- jo Nacional de Descentralización requiere complementar la adquisición de bienes con los que se implementará ini- cialmente, así como la contratación de los servicios nece- sarios; Que, mediante Ley Nº 27683 "Ley de Elecciones Regio- nales", se convocó a las elecciones regionales para el do- mingo 17 de noviembre del presente año; Que, en el contexto antes descrito y ante la proximidad de las elecciones regionales, es urgente dotar de los re- cursos que permitan al Consejo Nacional de Descen- tralización el cumplimiento de las funciones encomenda- das por Ley; Que, para dicho fin, se requiere contratar la adquisición de mobiliario para todas las oficinas del Consejo Nacional de Descentralización, los mismos que contribuirán a brin- dar un ambiente de trabajo adecuado para el desarrollo y cumplimiento de las labores administrativas encomenda- das a la Entidad; Que, el valor referencial del mobiliario de oficina as- cenderá a S/. 440,000.00 (Cuatrocientos Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), que de conformidad con la Ley del Presupuesto para el año 2002, correspondería la realización de una Licitación Pública; sin embargo, los plazos establecidos para dicho proceso de selección no permitirían la implementación de la Entidad a tiem- po oportuno; Que, según el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exonerar la realización de un Concurso Público o Licitación Pública por situación de urgencia; Que, es evidente que la carencia de mobiliario de ofici- na en el Consejo Nacional de Descentralización compro- mete en forma directa e inminente la continuidad de sus servicios y actividades funcionales; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar la adquisición de mobiliario de oficina destinado al Consejo Nacional de Descentralización, de la realización de una Licitación Pública; Que, el artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el artículo 108º de su Reglamento, establecen que se configura situa- ción de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio comprome- te en forma directa e inminente la continuidad de los ser- vicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisición de los bienes, servicios u obras, según sea el caso; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 23º de la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralización" en concordancia con lo dispuesto por el artículo 4º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, el Presidente del Consejo Nacional de Descentralización, es el titular del Pliego Presupuestario, por lo que le corres- ponde autorizar la mencionada exoneración; Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 sobre medi- das complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, dispone que las ad- quisiciones y contrataciones que efectúen las entidades públicas, mayores a 3 UIT serán aprobadas mediante Re- solución de su Titular;