Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2002 (20/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de noviembre de 2002

Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 359 232,33 m2, descrito en el considerando precedente, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral IX -Lima, mediante Oficio Nº 2468-2002-SUNARP-Z.R.Nº IX/GPI, de fecha 30 de octubre del 2002, senala de conformidad con el Informe Tecnico Nº 5188-2002-SUNARP-Z.R.IX/ OC, que el terreno de 359 232,33 m2, se encuentra comprendido en ambito de cerros donde no se visualiza inscripcion y colindante con predios inscritos; Que, mediante Oficio Nº 2925-2001-RPU/GOD.1, de fecha 6 de diciembre de 2001, el Registro Predial MORDAZA, sobre la base del Informe Tecnico Nº 6191-2001, expedido por su Oficina de Catastro, senala que el terreno materia de consulta no se halla dentro de su competencia y por tanto no presenta antecedentes en el citado Registro; Que, mediante Oficio Nº 159-2002-AG-PETT/OPERLC, de fecha 24 de enero de 2002, la Jefatura PETT Ejecucion Regional MORDAZA - Callao, remite el Informe Tecnico Nº 19772001-AG-PETT-OPERLC/SF, a traves del cual se indica que el area solicitada esta constituida por terrenos eriazos y dentro de ellas no se encuentran denuncios o concesiones vigentes para fines agricolas; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como tambien, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 1312001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 297-2002/SBN-GO-JAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 359 232,33 m2, ubicado al Noroeste del Balneario de Naplo, en la MORDAZA sur de Lobo Varado y hacia los acantilados de los cerros eriazos de Naplo, distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Registro de la Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral IX - MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 20343

Visto el Expediente Nº 049-2002/SBN-JAR, correspondiente al tramite de desafectacion del terreno de 709,00 m2, ubicado en la interseccion de la MORDAZA MORDAZA y Pasaje 5, del Pueblo Joven Nosiglia II, distrito de Brena, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, el Estado Peruano - Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal, es propietario del terreno de 709,00 m2, ubicado en la interseccion de la MORDAZA MORDAZA y Pasaje Nº 5 del Pueblo Joven Nosiglia II, distrito de Brena, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en el Registro Predial MORDAZA con el Codigo de Predio Nº P02116444 y registrado en el Sistema Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal con el Asiento Nº 4674 correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante titulo de afectacion en uso de fecha 26 de febrero de 1998, la Comision de Formalizacion de Propiedad Informal afecto en uso el citado predio al Ministerio de Educacion con el objeto de que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones; Que, efectuada la inspeccion tecnica con fecha 16 de MORDAZA de 2002, se ha verificado que el inmueble cuenta con una MORDAZA deportiva cercada con mallas de alambre, la misma que esta siendo administrada por la Municipalidad de Brena en coordinacion con los vecinos del lugar; Que, con oficio Nº 4834-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 22 de MORDAZA del 2002, se ha comunicado los hechos MORDAZA expuestos a la Oficina de Infraestructura del Ministerio de Educacion requiriendo su pronunciamiento, sin haber obtenido respuesta; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 63º del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC "Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de COFOPRI" establece la facultad de la Superintendencia de Bienes Nacionales para declarar la reversion de la afectacion en uso realizada por COFOPRI e incorporar el inmueble a la administracion del Estado, de acuerdo a los procedimientos y normas vigentes; Que, en tal sentido, habiendose incumplido con el fin de la afectacion en uso del inmueble MORDAZA indicado, procede su desafectacion, conforme a lo establecido por el inciso b) del articulo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y numeral 3.3.5 de la Directiva Nº 005-2002/SBN, aprobada mediante Resolucion Nº 022-2002/SBN; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, la Ley 27395, Decreto de Urgencia 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolucion Nº 315-2001/ SBN y Directiva Nº 005-2002/SBN aprobada mediante Resolucion Nº 022-2002/SBN y estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 348- 2002/SBN-GO-JAR, de fecha 31 de octubre de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la desafectacion a favor del Estado del predio de 709,00 m2, ubicado en la interseccion de la MORDAZA MORDAZA y pasaje 5, Pueblo Joven Nosiglia II, distrito de Brena, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito con el Codigo de Predio Nº P02116444 del Registro Predial MORDAZA, que fuera afectado en uso al Ministerio de Educacion con titulo de afectacion en uso de fecha 26 de febrero de 1998, expedido por la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal, con el objeto de que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones. Articulo 2º.- Por el merito de la presente Resolucion el Registro Predial MORDAZA - Zonal Este de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira la correspondiente desafectacion a favor del Estado.

Declaran la desafectacion a favor del Estado de inmuebles ubicados en los distritos de Brena, San MORDAZA y Comas de la provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 176-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 7 de noviembre de 2002

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