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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 233592 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de noviembre de 2002 cargo al Convenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/ OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 22823-2002 y comunicación de no objeción del Banco In- teramericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Co- ordinación de Préstamos Sectoriales - MEF, debiendo asu- mir esta Superintendencia los gastos por concepto de im- puestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto co- rrespondiente al ejercicio 2002; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2002, Nº SBS-DIR-ADM-085-02; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Elio Ja- vier Sánchez Chávez, Jefe de la Unidad de Coordinación, a la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 17 al 21 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca y Se- guros un informe detallado describiendo las acciones rea- lizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autori- zado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pasa- jes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Conve- nio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE, debien- do asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 151,08 Tarifa CORPAC 25,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua- na de cualquier clase o denominación a favor del funciona- rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 20347 Declaran adjudicatario de buena pro del concurso público para la transferencia en fideicomiso de activos y pasivos de ope- raciones de arrendamiento financiero de Latino Leasing S.A. en Liquidación RESOLUCIÓN SBS Nº 1154-2002 Lima, 15 de noviembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 671-2002 del 17 de julio de 2002 se declaró la disolución y el inicio del proceso liquidatorio de Latino Leasing S.A., y se inició el respectivo proceso de liquidación de la indicada empresa; Que, mediante Resolución Nº 825-2002 del 27 de agosto de 2002, se aprobaron las Bases para el concurso público mediante el cual se seleccionaría a la empresa del siste- ma financiero para transferir en calidad de fideicomiso los activos y pasivos vinculados a operaciones de arrenda- miento financiero de Latino Leasing S.A. en Liquidación; Que, en primera convocatoria fue declarado Desierto el concurso por no presentarse postor alguno al Acto Pú-blico de Recepción de Propuestas y apertura del Sobre Nº 1, celebrado el 23 de septiembre de 2002, conforme lo se- ñalaban las Bases; Que, mediante Resolución SBS Nº 1026-2002 del 17 de octubre de 2002, se aprobaron las bases de la segunda convocatoria del concurso público mediante el cual se se- leccionará a la empresa del sistema financiero a la que se transferirá en fideicomiso los activos y pasivos vinculados a operaciones de arrendamiento financiero de Latino Lea- sing S.A. en Liquidación; Que, habiéndose realizado el referido concurso, el Co- mité de Evaluación designado por la Superintendencia de Banca y Seguros, en cumplimiento de lo dispuesto en las bases del concurso, ha proclamado al Banco Internacional del Perú - Interbank, como ganador de la buena pro, en segunda convocatoria; Contando con la visación de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 118º y por el numeral 18 del artículo 349º de la Ley Gene- ral y de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros aprobado por la Resolución SBS Nº 455-99 y sus mo- dificatorias; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar como adjudicatario de la bue- na pro, en segunda convocatoria, del concurso público mediante el cual se seleccionará a la empresa del sistema financiero a la que se transferirá en fideicomiso los activos y pasivos vinculados a operaciones de arrendamiento fi- nanciero de Latino Leasing S.A. en Liquidación, al Banco Internacional del Perú - Interbank. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 20384 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS A P C I Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la APCI AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 095-2002/APCI-DE Lima, 29 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional creó el pliego Pre- supuestario Agencia Peruana de Cooperación Inter- nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0661-2002-RE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 117-2002-EF se aprobó una transferencia de partidas, constituyendo el Pre- supuesto Institucional de Apertura del Pliego 080 - Agen- cia Peruana de Cooperación Internacional, correspondiente al año fiscal 2002; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, en su artículo 7º señala que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones Contrata- ciones, el mismo que debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal, cuyo do- cumento será aprobado por el Titular del Pliego;