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Pág. 231216 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, EMMAÜS INTERNATIONAL de Francia ha efec- tuado donaciones a favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia - PROSOI, consistentes en diversos bienes, que serán destinados a apoyar gratuitamente a través de diversas instituciones a las familias de menos recursos económicos del departamento de Piura, especialmente a madres, niños y ancianos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Go- bierno Peruano, las donaciones efectuadas por EMMAÜS INTERNATIONAL de Francia a favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia - PROSOI, consistentes en ropa, juguetes y zapatos, todos usados, según Car- tas de Donación sin fecha y un peso aproximado de 18 900 kgs., según Conocimientos de Embarque Nºs. ITAUMR 203370 y 70A016702 de Italia Di Navigazione. Soc. Per. Azioni y CSAV Compañía Sud Americana de Vapores S.A., respectivamente. Dichas donaciones se- rán destinadas a apoyar gratuitamente a través de diver- sas instituciones a las familias de menos recursos eco- nómicos del departamento de Piura, especialmente a madres, niños y ancianos. Artículo 2º.- Compréndanse a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Rela- ciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 18019 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 253-2002-EF Lima, 2 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Fundación Traperos de Emaus de Sarasa, Na- varra, España, ha efectuado donaciones a favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia - PROSOI, consistentes en diversos bienes, que serán destinados a apoyar gratui- tamente a través de diversas instituciones, a las familias de menos recursos económicos de los departamentos deLima y La Libertad, especialmente a madres, niños y an- cianos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobier- no Peruano, las donaciones efectuadas por la Fundación Traperos de Emaus de Sarasa, Navarra, España, a favor del Centro de Promoción Social de la Iglesia - PROSOI, consistentes en ropa, juguetes, sillas de ruedas y otros bie- nes con un valor aproximado de Pts. 600 000,00 (Seiscien- tos Mil y 00/100 Pesetas) según Certificados de Donación de fechas 27 y 28 de febrero de 2002 y un peso aproxima- do de 27 000 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº 57B105781 de CSAV Compañía Sud Americana de Vapo- res S.A. Dichas donaciones serán destinadas a apoyar gra- tuitamente a través de diversas instituciones, a las familias de menos recursos económicos de los departamentos de Lima y La Libertad, especialmente a madres, niños y an- cianos. Artículo 2º.- Compréndanse a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, la Mi- nistra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Eco- nomía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 18020 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 255-2002-EF Lima, 2 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, Verband Der Heimkehrer Kriegsgefangenen - und Vermiâten - Angehörigen Deutschlands e.V. Ortsverband Kaufbeuren/Allgäu KREIS de Alemania ha efectuado una donación a favor del Instituto para el Desarrollo y Apoyo Social "Jardines de Santa Rosa de Lima" - IDASOJASA- ROLI, consistente en diversos bienes, destinados a la po- blación más necesitada, dando prioridad a la niñez desam- parada, personas de la tercera edad y jóvenes que se en- cuentran dentro del ámbito geográfico de la provincia de Lima, distritos de Santa Rosa, Ancón, Los Olivos, San Martín de Porres y el Cono Norte en general y algunas en el interior del país;