Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2002 (12/10/2002)


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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 374-2002-JUS MORDAZA, 11 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de octubre de 2002

Vista la comunicacion de fecha 16 de septiembre de 2002 del Embajador Director de Derechos Humanos y Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, la Comision Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha comunicado a la Representacion Permanente ante la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), que en el curso de su 116º Periodo de Sesiones se convocaran audiencias sobre casos y asuntos relativos a nuestro MORDAZA, entre los que se encuentran cuestiones vinculadas con el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por la CIDH y sobre la situacion general de los derechos humanos en el Peru; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 198-2002-JUS se exceptuo a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos de lo dispuesto en el numeral 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, se ha designado a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, para que participe en las citadas audiencias, por lo que es necesario autorizar el viaje entre el 12 y el 16 de octubre de 2002; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y la Resolucion Suprema Nº 198-2002JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, a la MORDAZA de MORDAZA, D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, del 12 al 16 de octubre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, seran cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 937.90 Viaticos US$ 1,100.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago del impuesto o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 18092

ciada por el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, la Octava Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social financiada por FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 003-2001PRES y 013-2001-PRES establece que para los casos no previstos en el Reglamento y para aquellos que lo necesiten, FONCODES propondra las normas complementarias que permitan cumplir con el objeto de transferencia en propiedad de la infraestructura social y economica, las que se aprobaran por Decreto Supremo; Que, resulta necesario modificar el citado Reglamento con la finalidad de que la transferencia de Infraestructura Social financiada por FONCODES se realice teniendo en consideracion las distintas realidades sociales existentes en los diferentes ambitos del territorio del MORDAZA, asi como perfeccionar el procedimiento de transferencia a fin de hacerlo mas eficiente; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, publicada el 20 de MORDAZA del 2002, dispuso la desactivacion y extincion del Ministerio de la Presidencia para todos sus efectos, a mas tardar el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Ley Nº 27793, publicada el 25 de MORDAZA del 2002, se aprobo la Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, incluyendose al Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, como uno de los Organismos Publicos Descentralizados de dicho Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27779 y Ley Nº 27793; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de los Articulos 7º, 8º, 11º, 14º, 16º, 20º, 34º y MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27171, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 003-2001-PRES y 013-2001-PRES. 1.1 Sustituyase el MORDAZA parrafo del Articulo 7º del Reglamento por el siguiente texto: "Para este caso y para el referido a las Entidades del Sector Publico que recibieron infraestructura social y economica financiada por FONCODES para su administracion y mantenimiento, conforme lo establecido en el Articulo 15º del presente Reglamento, el representante es el Titular del Pliego, o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad Publica en el ambito geografico donde se encuentre ubicada fisicamente la obra, o a quienes estos funcionarios deleguen su representacion; insertandose al Acta de Transferencia MORDAZA certificada del instrumento que acredite su representacion". 1.2 Sustituir los incisos a) y b) del Articulo 8º del Reglamento por el siguiente texto: "a) Para el caso de los Gobiernos Locales, el MORDAZA o su representante designado por el respectivo Acuerdo de Concejo, cuya MORDAZA certificada por el Secretario General del Concejo, Notario Publico, Juez de Paz o Fedatario de FONCODES, se insertara al Acta de Transferencia. b) Para el caso de las Comunidades Campesinas y Nativas, el Presidente de la Directiva Comunal de la Comunidad Campesina o de la Comunidad Nativa. Para tal efecto debera insertarse al Acta de Transferencia la MORDAZA certificada por el Secretario de la Comunidad, Notario Publico, Juez de Paz o Fedatario de FONCODES del Acta de la Asamblea General de designacion." 1.3 Sustituir el Articulo 11º del Reglamento por el siguiente texto: "Son transferibles a las Direcciones Regionales y Subregionales de Educacion, Direcciones Regionales y Subregionales de Salud, Unidades de Servicios Educativos, Areas de Desarrollo Educativo, Unidades Territoriales de Salud, Servicios Basicos de Salud, Hospitales, Centros de Salud o a cualquier otra area de Educacion y Salud que cuenten con una unidad contable operativa, asi como a las

MIMDES
Modifican el Reglamento de la Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social financiada por el FONCODES
DECRETO SUPREMO Nº 010-2002-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27171 se aprobo la Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social finan-

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