Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2002 (12/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de octubre de 2002

sexual a efecto de promover su recuperacion psicologica y academica. Articulo 3º.- Para efecto de la recuperacion fisica de los estudiantes que resultasen perjudicados por acciones de maltratos o atentados a que se refiere la presente Resolucion; los Organos Intermedios coordinaran sus acciones con los organos homologos del Sector Salud. Registrese y comuniquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 18033

MORDAZA de algunos tramos de la LT 220 kV SE Oroya Nueva SE Carhuamayo Nueva - SE Paragsha - Derivacion Antamina (SE Vizcarra), de las servidumbres constituidas mediante dicha Resolucion Ministerial, quedando dichos tramos comprendidos en la misma. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 17855

ENERGIA Y MINAS
Dejan sin efecto articulo de la R.M. Nº 274-2002-EM/DM, referida a la exclusion de tramos de linea de transmision de diversas servidumbres
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 447-2002-EM/DM MORDAZA, 27 de setiembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 21122602 organizado por Interconexion Electrica ISA Peru S.A. sobre imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la LT 220 kV SE Oroya Nueva - SE Carhuamayo Nueva - SE Paragsha - Derivacion Antamina (SE Vizcarra), y la solicitud presentada por la concesionaria el 25 de MORDAZA de 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 274-2002-EM/DM, publicada el 13 de junio de 2002, se impuso a favor de Interconexion Electrica ISA Peru S.A., las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la LT 220 kV SE Oroya Nueva SE Carhuamayo Nueva - SE Paragsha - Derivacion Antamina (SE Vizcarra), ubicada en los departamentos de MORDAZA, Pasco, MORDAZA y MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos obrantes en el Expediente, con exclusion de algunos tramos a solicitud de la concesionaria; Que, la exclusion de los tramos a que se refiere el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 274-2002-EM/DM obedecio a que a la fecha de expedicion de la indicada Resolucion Ministerial, la concesionaria no habia cumplido con todos los requisitos exigidos sobre los derechos de servidumbre de las areas afectadas para efectos de la imposicion de las servidumbres mencionadas en dichos tramos; Que, con fecha 25 de MORDAZA de 2002, Interconexion Electrica ISA Peru S.A. solicita la modificacion de la Resolucion Ministerial Nº 274-2002-EM/DM y dejar sin efecto la exclusion de los tramos a que se refiere el articulo 2º de dicha Resolucion Ministerial, exponiendo como sustento que han cumplido con todos los requisitos en los tramos excluidos, para lo cual adjuntan la respectiva documentacion sustentatoria; Que, la Direccion General de Electricidad luego de haber verificado que la peticionaria ha acreditado que han sido removidas las causas que justificaron la exclusion de los tramos a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 274-2002-EM/DM, considera que procede acceder a lo solicitado y dejar sin efecto dicha exclusion, por lo que ha emitido el Informe Nº 090-2002-EM/DGE del 9 de setiembre de 2002; Estando a lo dispuesto en el articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 274-2002-EM/DM, referida a la exclu-

INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra representantes de empresa por presuntas irregularidades en el internamiento de bienes en el Frente Policial MORDAZA - Huancavelica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1879-2002-IN/PNP MORDAZA, 26 de setiembre del 2002 Visto, el Parte Nº 52-2001-DIRLOG-PNP/INSP/INV.2 de 29OCT2001 formulado por la Inspectoria de la Direccion de Logistica de la PNP, con relacion a las irregularidades en el internamiento efectuado por la Empresa "NEGOCIACIONES MORDAZA IMPORTADORA E.I.R.L." en el Frente Policial MORDAZA - Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, con fechas 6JUN98 y 11FEB99 la Empresa "NEGOCIACIONES MORDAZA IMPORTADORA E.I.R.L.", interna directamente repuestos en el Frente Policial MORDAZA Huancavelica, presentando la Guia de Remision Nº 01591 y un formulario de Pedido Comprobante de Salida (PECOSA) que es de uso exclusivo de la Division de Almacenes de la DIRLOG PNP, habiendose formulado luego las Ordenes de Compra - Guia de Internamiento Nºs. 5660, 5661 y 5662 de fechas 30DIC99 a efecto de regularizar el mencionado internamiento; Que, al efectuarse luego la verificacion y contrastacion de los bienes internados, el Organo de Control del Frente Policial MORDAZA formula el Acta de Verificacion del 13SET2000 en la cual da cuenta que en su mayoria no coinciden con las caracteristicas descritas en las Ordenes de Compra - Guia de Internamiento Nºs. 5660, 5661 y 5662 de fechas 30DIC99, deficiencias que se encuentran consignadas en el Informe Nº 48-2000-DIRLOG.PNP/DIVALM.ALM.2.RPTOS/CD de 24OCT2000; Que, la Empresa "NEGOCIACIONES MORDAZA IMPORTADORA E.I.R.L.", actuo en forma dolosa, con el proposito de obtener un beneficio economico en detrimento de la PNP toda vez que irregularmente interno directamente bienes en el Frente Policial MORDAZA - Huancavelica utilizando documentos que son de uso exclusivo de la Division de Almacenes de la DIRLOG.PNP, a efectos de cobrar el importe de las referidas Ordenes de Compra; Que, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru para que interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA representantes legales de la Empresa "NEGOCIACIONES MORDAZA IMPORTADORA E.I.R.L." de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Logistica PNP, en el Dictamen Nº 19242001-DIRLOG-PNP/OAJ del 27NOV2001; y, Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru;

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