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Pág. 16 PROYECTO Lima, sábado 12 de octubre de 2002 5.Autoridad Ambiental Sectorial .- Es el INRENA en su calidad de autoridad ambiental competente del Sector Agrario. 6.Certificación Ambiental .- Es la resolución expedida por la Autoridad Ambiental Sectorial para la aproba- ción de la Declaración de Impacto Ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado y el Estudio de Impacto Ambiental Detallado. 7.Consultor Ambiental .- Son las personas naturales o jurídicas que se encuentran debidamente inscri- tas en el Registro de Consultores Ambientales que administra la Dirección General de Asuntos Am- bientales del INRENA, y que se encuentran autorizadas para elaborar y suscribir Informes Ambienta- les, Declaraciones de Impacto Ambiental, Evaluaciones Ambientales Preliminares, Términos de Refe- rencia para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental, Resúmenes Ejecutivos, Estudios de Impacto Ambiental Semidetallados y Detallados, Programas de Adecuación y Manejo Ambiental, infor- mes de monitoreo y los que establezca la Autoridad Ambiental del Sector conforme a lo establecido en el presente Reglamento. 8.Daño Ambiental.- Efecto o impacto negativo sobre el ambiente, la salud pública y los recursos naturales renovables, que requiere la adopción de medidas de protección ambiental a fin de cumplir con lo previsto en la normatividad nacional vigente. 9.Declaración de Impacto Ambiental (DIA) .- Formato de compromiso ambiental con carácter de declara- ción jurada que presentan los titulares de proyectos, obras o actividades que generan impactos ambienta- les poco significativos, a fin de informar fundamentadamente que sus actividades no causarán impactos perjudiciales a los recursos naturales y el ambiente. 10.Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIAsd) .- Es el estudio multidisciplinario que se realiza con el objeto de identificar los posibles impactos ambientales de los proyectos comprendidos dentro del ámbito de competencias del Sector Agrario, cuya ejecución puede originar impactos ambientales modera- dos y cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medidas preventivas o mitigadoras principalmente. 11.Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIAd) .- Es el estudio multidisciplinario que se realiza con el objeto de identificar los posibles impactos ambientales de los proyectos comprendidos dentro del ámbito de competencias del Sector Agrario, cuyas características, envergadura y/o localización pueden producir im- pactos ambientales negativos, requiriendo un análisis cuantitativa o cualitativamente profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. 12.Evaluación de Riesgo Ambiental.- Evaluación que se realiza para determinar el nivel de riesgo o proba- bilidad de generación de daños al medio ambiente, la salud pública y los recursos naturales, que está asociado a una actividad, acción o producto. 13.Guía Ambiental .- Documento de orientación expedido por la Autoridad Ambiental Sectorial, que incluye los lineamientos aceptables a nivel nacional para el desarrollo sostenible de las actividades comprendidas dentro de las competencias del Sector Agrario. 14.Informe Ambiental .- Reporte obligatorio que debe ser presentado ante el INRENA en los plazos, condi- ciones y de acuerdo al formato que éste establezca por Resolución Jefatural, por los titulares de las actividades comprendidas dentro de las competencias del Sector Agrario. El Informe Ambiental puede ser requerido a fin de informar sobre los riesgos o impactos que se están generando sobre el ambiente y los recursos naturales renovables, así como para dar seguimiento a la DIA, EIAsd, EIAd o PAMA aproba- do por la Autoridad Ambiental Sectorial. 15.Matriz de Riesgo Ambiental .- Instrumento técnico de orientación que permite determinar el nivel de ries- go de una actividad en curso o a ejecutarse. 16.Prevención en la Gestión Ambiental .- Prácticas destinadas a reducir o eliminar la contaminación y los impactos negativos, en la fuente generadora, por medio del incremento de la eficiencia en el uso las mate- rias primas, insumos y la energía; la implementación de buenas prácticas, tecnología, métodos y procesos de producción limpios. 17.Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) Es el programa donde se describe el sistema de gestión que utilizará la empresa a fin de cumplir con los compromisos, acciones, medidas, políticas e inversiones necesarias para mejorar y adecuar la gestión ambiental de las actividades en curso a la fecha de aprobación del presente Reglamento y las normas que establezcan obligaciones que requieren una adecuación ambiental. El PAMA tiene por objeto evitar o minimizar la generación de residuos, en especial los de carácter peligroso; realizar acciones de reaprovechamiento de bienes o residuos para prevenir y reducir los riesgos e impactos negativos; recuperar los ecosistemas, hábitats y especies afec- tados; y, realizar las acciones de prevención, mitigación, compensación y mejora continua que se requie- ran para garantizar la sostenibilidad de las actividades comprendidas dentro de las competencias del Sector Agrario. 18.Protocolo .- Documento de orientación que establece una serie ordenada de pasos o acciones de estric- to cumplimiento, necesarios para evaluar una situación específica y obtener la información lograda a través del muestreo. 18060