Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2002 (12/10/2002)


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PROYECTO

MORDAZA, sabado 12 de octubre de 2002

sectorial y las normas de proteccion ambiental y conservacion de los recursos naturales renovables y la diversidad biologica. En particular, el uso de instrumentos economicos esta orientado a: 1. Promover un cambio en la conducta de las personas que realicen inversiones, a fin de articular sus intereses particulares con los intereses publicos de proteccion ambiental y desarrollo sostenible. 2. Promover medidas e inversiones de prevencion en la gestion ambiental y manejo sostenible de los recursos naturales renovables. 3. Fomentar la generacion, sistematizacion y homologacion de informacion confiable y actualizada sobre el estado de los recursos naturales renovables. 4. La internalizacion de costos ambientales y mayor equidad social en la distribucion de los beneficios derivados del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y la diversidad biologica. 5. Identificar, inventariar y recuperar el conocimiento tradicional, las innovaciones y practicas relevantes para la conservacion y aprovechamiento sostenible de la diversidad biologica; asi como su efectiva proteccion y aplicacion. 6. La investigacion, desarrollo y aplicacion biotecnologica. 7. El desarrollo de bioindicadores y otras medidas permanentes para el monitoreo de genes, especies, poblaciones y ecosistemas claves. 8. La promocion del biocomercio como una estrategia para alcanzar el desarrollo sostenible nacional. 9. El manejo integrado de cuencas y el uso racional y eficiente de los recursos hidricos. Articulo 50º.- Conductas que son objeto de incentivos Constituyen conductas susceptibles de ser premiadas con incentivos, aquellas medidas, procesos o inversiones que por iniciativa del titular de las actividades bajo competencia del Sector Agrario, son ejecutadas con la finalidad de reducir y/o prevenir la contaminacion ambiental y los impactos negativos sobre los recursos naturales renovables por encima de las exigencias establecidas en la normatividad sectorial o por el INRENA. Articulo 51º.- Modalidades El INRENA podra utilizar instrumentos economicos para promover el adecuado cumplimiento de la normatividad vigente, considerando medidas tales como la reduccion de cargas administrativas, la realizacion menos periodica de monitoreos y auditorias ambientales ordinarias, la difusion de informacion relativa al buen desempeno ambiental de las entidades comprendidas en su ambito de influencia, entre otras. Capitulo 2 De las Medidas de Seguridad, Infracciones y Sanciones Articulo 52º.- Alcances de la responsabilidad La responsabilidad administrativa por infracciones al presente Reglamento, no excluye el inicio de las acciones de responsabilidad civil o penal que resulten exigibles al autor o los responsables de las acciones u omisiones que generan la infraccion. Articulo 53º.- Aplicacion de medidas de seguridad Sin perjuicio de las sanciones que corresponda aplicar, el INRENA podra disponer la adopcion inmediata de medidas de seguridad en aquellos casos en que las operaciones de los titulares de actividades bajo competencia del Sector Agrario, representen riesgos significativos para la salud de las personas o el ambiente, los ecosistemas y la conservacion de los recursos naturales renovables y la diversidad biologica, tales como: 1. 2. 3. 4. Aislamiento de areas o instalaciones. Suspension parcial o total de actividades o procesos. Decomiso. Alerta a traves de medios de difusion masiva.

Articulo 54º.- De las infracciones y sanciones Mediante Decreto Supremo se establecera un Regimen de Incentivos, Infracciones y Sanciones de la Gestion Ambiental en Actividades Bajo Competencia del Sector Agrario, conforme al cual el INRENA otorgara incentivos y aplicara las sanciones correspondientes a las infracciones al presente Reglamento. Articulo 55º.- Publicacion por cuenta del infractor El INRENA publicara en medios de difusion masiva, por cuenta del infractor, las medidas de seguridad y sanciones que se vea precisada a imponer. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES PRIMERA.- Reorganizacion del Registro de Empresas Calificadas para realizar EIA Declarese en reorganizacion el Registro de Empresas e Instituciones Publicas o Privadas calificadas para realizar Estudios de Impacto Ambiental en el Sector Agrario, creado por Resolucion Jefatural Nº 163-94-

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