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Pág. 231262 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de octubre de 2002 Que, los Artículos 7º y 8º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001- PCM, dispone que las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, deberán ser apro- bados por el Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Admi- nistrativa de la Entidad, según corresponda, para su inclu- sión en el mismo; Que, estando en concordancia con el Artículo 14º de la Directiva Nº 001-2002-EF/76.01, Directiva para la Ejecu- ción y Control del Proceso Presupuestario del Sector Pú- blico para el Año Fiscal 2002, establece entre otras, que la Programación del gasto debe efectivizar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, mediante Informe Nº 211-2002-20-UABA/MSI de fecha 7 de agosto de 2002, la Unidad de Abasteci- miento solicita se incluyan en el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Municipalidad de San Isidro para el Año Fiscal 2002, las adquisiciones que se detalla en Cuadro adjunto; y que están contempla- das dentro de los objetivos generales trazados por la Alta Dirección en el presupuesto de la Municipalidad de San Isidro, para el ejercicio fiscal 2002, según dis- ponibilidad presupuestal; En uso de las facultades delegadas mediante Resolu- ción de Alcaldía Nº 007-2002-ALC/MSI, el Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y en aplicación de la Resolución Nº 200-2001-CONSUCO- DE/PRE que aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSU- CODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboración e información que debe contener el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Públi- co; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de San Isidro para el año 2002, aproba- do por Resolución Directoral Nº 1125-2001-09-DM/MSI, la Contratación y Adquisición que se detalla en el Cua- dro adjunto que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Unidad de Abas- tecimiento, remita copia de la presente Resolución, al Con- sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la aprobación de la mis- ma, conforme lo dispone el Artículo 8º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Direc- toral Nº 687-2002-09-DM/MSI, de fecha 12 de agosto de 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR BLONDET SABROSO Director Municipal 18074 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan celebración de matrimonio civil comunal en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2002-MSS Santiago de Surco, 10 de octubre de 2002EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 4º de la Constitu- ción Política del Perú, la Comunidad y el Estado protegen especialmente a la familia, promueven el Matrimonio y los reconocen como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 233º del Código Civil, la regulación jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamadas en nues- tra Constitución; Que, en la jurisdicción de Santiago de Surco existe un alto índice de parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tie- ne el deber de proteger a la familia y promover el Matrimo- nio como Institución Natural y Fundamental de la Socie- dad, cautelando de esta manera su legalidad y seguridad jurídica; Que, por Ordenanza Nº 94-MSS del 11 de febrero del 2002, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) se establece en el numeral 1.05, lite- ral I que el pago por concepto de matrimonio civil comunal será aprobado por Decreto de Alcaldía; De conformidad con lo dispuesto en el Libro de Familia, del Código Civil, artículos 233º, 234º y 248º; En uso de las facultades que se confieren en los inci- sos 6) y 17) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalida- des; DECRETA: 1.- AUTORIZAR la celebración del II Matrimonio Civil Comunal 2002 en conmemoración al "Aniversario del Dis- trito", a llevarse a cabo el sábado 21 de diciembre de 2002, a horas 11.00 a.m., en la Plaza Mayor de Santiago de Sur- co. 2.- Disponer la exoneración de los plazos legales para la referida celebración. 3.- Disponer como único pago por todo concepto la can- tidad de S/. 95.00 (Noventicinco y 00/100 Nuevos Soles), debiendo presentar los contrayentes los siguientes docu- mentos: a) Certificado médico gratuito y constancia de haber recibido consejería preventiva de ETS, VIH y SIDA, otorga- dos por el Policlínico de la Municipalidad de Santiago de Surco. b) Partidas de nacimiento originales de ambos contra- yentes o dispensa judicial (de reciente expedición). c) Fotocopia simple de los Documentos de Identidad (previa presentación del documento original). d) Declaración Jurada de domicilio de ambos contra- yentes (o del que vive en Santiago de Surco). e) Una foto tamaño carné de cada contrayente. f) Un testigo mayor de edad por cada contrayente, debi- damente identificado. g) Publicación del Edicto Matrimonial (por cuenta de los contrayentes). 4.- La Unidad de Registros Civiles, verificará la docu- mentación exigida que adjunten los interesados, y publica- rá los avisos durante 8 días en la vitrina de la referida de- pendencia. 5.- Encargar a Secretaría General, a través de la Uni- dad de Registros Civiles el cumplimiento del presente De- creto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 17984