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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (13/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 231274 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de octubre de 2002 dente de la República, en forma excepcional, la concesión de indulto y derecho de gracia, para quienes se encuen- tren condenados por delito de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgó al Consejo Na- cional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Con- mutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesión del indulto a favor del citado ciudadano, por encontrarse su solicitud dentro de los al- cances del artículo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prisión constituye una situación que debe ser remediada con la restitución de la libertad individual, dejando a salvo el de- recho de los solicitantes a recuperar sus demás derechos y, en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el daño sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conceder INDULTO a PERCY GE- RARDO URBINA YACILA, quien se encuentra en el Estable- cimiento Penitenciario de Procesados de Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 18133 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 224-2002-JUS Lima, 11 de octubre de 2002 Vista la solicitud presentada por Níger Gonzáles Gue- rra, así como el Informe de la Comisión de Indulto, Dere- cho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, de fecha 24 de abril del 2002, que recomienda la concesión del Indulto; CONSIDERANDO: Que el artículo 1º de la Constitución Política del Perú consagra la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y del Esta- do; Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presi- dente de la República, en forma excepcional, la concesión de indulto y derecho de gracia, para quienes se encuen- tren condenados por delito de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgó al Consejo Na- cional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Con- mutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesión del indulto a favor del citado ciudadano, por encontrarse su solicitud dentro de los al- cances del artículo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prisión constituye una situación que debe ser remediada con la restitución de la libertad individual, dejando a salvo el de- recho de los solicitantes a recuperar sus demás derechosy, en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el daño sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conceder INDULTO a NÍGER GON- ZALES GUERRA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Picsi - Chiclayo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 18134 MIMDES Aprueban donaciones efectuadas a fa- vor de diversas instituciones religiosas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 577-2002-MIMDES Lima, 10 de octubre de 2002 Vistos el Certificado de Donación de fecha 24 de enero de 2002, emitido por la Institución “Canadian Food for Chil- dren”, con Sede en la ciudad de Toronto, Canadá, a favor de Cáritas del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, la Institución “Canadian Food for Children”, con Sede en la ciudad de Toronto, Canadá, ha efectuado la donación consistente en 100 (CIEN) sacos de arvejas, 1 (UNA) caja grande de ja- bón, 8 (OCHO) baldes de aceite vegetal, 80 (OCHENTA) cajas de jugo de fruta, 72 (SETENTA Y DOS) cajas de ga- lletas de nutrición, 67 (SESENTA Y SIETE) cajas de cerea- les, 80 (OCHENTA) cajas de galletas, 93 (NOVENTA Y TRES) cajas y baldes de alimentos diversos y 116 (CIEN- TO DIECISÉIS) cajas y sacos de ropa, con un peso bruto aproximado de 10,621.00 Kgs. y un valor C&F de CANA- DIAN $ 3,423.00 (TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTI- TRÉS Y 00/100 DOLARES CANADIENSES) a favor de Cáritas del Perú, amparados, entre otros documentos, en el Conocimiento de Embarque Nº MSCUM1533969, Certificado de Inspección Sanitaria de fecha 25 de enero de 2002 y Certificado Fitosanitario Nº 2002-00004-0445582; Que, la entidad solicitante es una Institución Religiosa registrada como una “Institución Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Carácter Asistencial o Edu- cacional Provenientes del Exterior”, asimismo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta, aprobado por Resolución de Intendencia Sunat Nº 021-5-001509; Que, la donación será distribuida a través de Cáritas Diocesana de Abancay en beneficio de las personas más necesitadas de la referida localidad; Que, la Oficina de Cooperación Internacional, con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano, recomienda que se emita el proyecto de Resolución de Aprobación de Donación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27793, Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 809, Decre- to Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Supremo Nº 29-94- EF, modificado por Decreto Supremo Nº 112-2002-EF; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por la Ins- titución “Canadian Food for Children”, con Sede en la ciu- dad de Toronto, Canadá, consistente en 100 (CIEN) sacos de arvejas, 1 (UNA) caja grande de jabón, 8 (OCHO) bal-