Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2002 (13/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 13 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
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exclusivamente, los recursos del BFH se invertiran en la adquisicion, construccion o mejoramiento de Vivienda unica, segun la definicion contenida en el articulo 1º del presente Reglamento. Si se demostrase que los recursos del BFH han sido utilizados para cualquier otro fin, la Comision de Transparencia y Fiscalizacion exigira la devolucion de la totalidad del importe con los intereses legales correspondientes, sin perjuicio de que el FMV inicie las acciones legales a que hubiere lugar, hasta recuperar integramente dichos recursos. CAPITULO VII DISPOSICIONES FINALES Articulo 47º.- Muerte del Postulante o Beneficiario En caso de fallecer el Postulante MORDAZA de la publicacion del listado de Beneficiarios definitivos, la Postulacion quedara sin efecto. Si el fallecimiento de un Beneficiario se produjere con posterioridad a la publicacion del listado mencionado, su grupo familiar retendra el derecho al BFH. Al efecto, la capacidad crediticia del grupo familiar habra de ser reevaluada por una IFI a fin de determinar a que Vivienda puede aspirar el grupo familiar como resultado de su nueva situacion. Articulo 48º.- Postulacion para una Vivienda recuperada, vendida o transferida MORDAZA del plazo de prohibicion de enajenacion En el caso de postular para una Vivienda recuperada, el Postulante cumplira con todos los requisitos del presente Reglamento, y, de ser posible, indicara en su Postulacion la Vivienda recuperada que desea adquirir. Articulo 49º.- Adquisicion de una Vivienda Recuperada Para que opere la transferencia de una Vivienda recuperada, se cumpliran las siguientes condiciones: a) Que no hayan transcurrido los plazos de prohibicion para enajenar la Vivienda adquirida o construida con el BFH, previstos en el articulo 45° del presente Reglamento; y, b) Que el propietario de la Vivienda obtenga del FMV la autorizacion de transferencia. En la autorizacion del FMV constara expresamente la orden de hacer constar en escritura publica la transferencia de dominio. Articulo 50º.- Convenios Operativos Para el manejo operativo de los procesos del programa, cuando el caso lo amerite, el FMV podra celebrar convenios con entidades u organismos del sector privado o publico. Articulo 51º.- Material Informativo y Formatos El FMV elaborara el material informativo, formatos y cualquier otro documento que se mencione en el presente Reglamento y fuera necesario para su adecuada aplicacion. 18146

La Resolucion de inscripcion provisional Nº 1462002-LC-JEELS de fecha veintisiete de agosto del dos mil dos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 146-2002-LC-JEELS de fecha veintisiete de agosto del dos mil se inscribio provisionalmente la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, de la organizacion politica nacional "Partido Democratico Somos Peru"; Que, con fecha seis de setiembre del presente ano fue publicada en el diario Correo la resolucion mencionada en el considerando anterior; Que, mediante Resolucion Nº 264-2002-T-JEELS de fecha doce de setiembre del dos mil dos se declaro infundada la tacha presentada contra el senor MORDAZA MORDAZA Dargent Chamot candidato a MORDAZA para el Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, por la organizacion politica nacional "Partido Democratico Somos Peru" sin haberse interpuesto apelacion alguna, por lo que debe procederse a la inscripcion definitiva conforme lo establecido en la legislacion vigente; Por estas consideraciones, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur en cumplimiento con lo senalado en el articulo 36º inciso a) de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en forma definitiva la lista de candidatos para el Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica nacional denominada "Partido Democratico Somos Peru" a fin de participar en las Elecciones Municipales, convocadas para el MORDAZA 17 de noviembre del ano 2002, la cual esta integrada de la siguiente manera: PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA DE MORDAZA
MORDAZA Sr. DARGENT CHAMOT, MORDAZA MORDAZA REGIDORES 1.- MARTINELLI FREUNDT, MORDAZA MORDAZA 2.- MORDAZA ANCHORENA, MORDAZA MORDAZA 3.- SAKUMA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 4.- MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 5.- MASSA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6.- MORDAZA PAZ, MORDAZA MORDAZA 7.- CROQUET CHANSON, MORDAZA 8.- MORDAZA MORDAZA DE CAMOGLIANO, MORDAZA MORDAZA 9.- MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10.- GRANDA MORDAZA, EVELIN MORDAZA MORDAZA 11.- ASCENZO ROSENTHAL DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DNI 08776806 08773791 07839204 10312511 09389655 07225492 08783193 07848040 08781692 C.E. 87055 07825964 07783865

ORGANISMOS AUTONOMOS
JURADOS ELECTORALES ESPECIALES
Inscriben en forma definitiva lista de candidatos presentada por el Partido Democratico Somos Peru al Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL - MORDAZA SUR RESOLUCION Nº 422-2002-RDLC-JEELS Exp. Nº 111-2002 San MORDAZA, 24 de setiembre del 2002

Articulo Segundo.- Remitase la presente resolucion al MORDAZA Nacional de Elecciones, con conocimiento de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales. Registrese, publiquese y comuniquese. SS. MORDAZA MORDAZA GILBONIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANCHANTE MORDAZA Secretaria 18079

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