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Pág. 231286 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de octubre de 2002 El formulario constará de una sección de información requerida para la Postulación y de un componente desglo- sable. A la entrega del formulario por el Postulante, el com- ponente desglosable será sellado y obrará como constan- cia de entrega para el Postulante. Artículo 28º.- Postulación El FMV procesará los datos registrados en el formula- rio de Postulación mediante un sistema computarizado que otorgará automáticamente la puntuación respectiva. De querer verificar su ingreso al sistema del Programa, el Postulante podrá ingresar a la página web del Programa y confirmar su inclusión. A efectos de dicha verificación, y en adelante durante todo el proceso de Postulación, el Pos- tulante será identificado en el sistema por su número de DNI, LE o CIP. En caso que un Postulante no resulte favorecido con el BFH en una convocatoria determinada, podrá postular nue- vamente. De hacerlo, será su responsabilidad el actualizar todo dato y documento de Postulación que hubiere queda- do desactualizado. No se aceptará más de una Postulación por cada GFP por convocatoria, sea individual o conjunta. Si se infringie- re esta prohibición, sólo será procesada la primera Postu- lación presentada. Si se detectara la duplicidad con poste- rioridad a la asignación del BFH, el FMV exigirá la restitu- ción del total del importe del mismo más los intereses le- gales correspondientes. Artículo 29º.- Inconsistencias De encontrarse inconsistencias en la información pro- porcionada por un Postulante potencialmente Beneficiario, se le requerirá información adicional. Si el Postulante no lograra aclarar la inconsistencia, será declarado inelegible para la asignación provisional del BFH. Artículo 30º.- Beneficiarios Provisionales Una vez calificadas las Postulaciones declaradas ap- tas, el FMV designará como Beneficiarios provisionales del BFH a aquellos Postulantes con mejor puntaje, según los criterios de puntuación enunciados en el presente Regla- mento. El FMV consolidará automáticamente la información que haya procesado. La consolidación de esa información pro- ducirá la lista de los Beneficiarios provisionales del BFH. La lista de Beneficiarios provisionales del BFH será pu- blicada en diarios de circulación nacional y estará disponi- ble en las IFI, en los locales o entidades que se designe y en la página web del Programa. Igualmente, se publicará el cronograma de visitas de verificación que le serán hechas a los Beneficiarios provisionales. Artículo 31º.- Presentación de Documentos Susten- tatorios por los Beneficiarios Provisionales Todo Postulante será informado acerca de los documen- tos que habrá de presentar para sustentar la información contenida en el formulario de Postulación. La obtención de dichos documentos será responsabilidad de cada Postu- lante, el mismo que habrá de contar con todos ellos en caso de ser calificado como Beneficiario provisional, a fin de entregarlos durante la respectiva visita de verificación. Artículo 32º.- Documentos a ser Verificados Antes del Otorgamiento Definitivo del BFH para Vivienda Nue- va El FMV verificará la información que sustentará el ac- ceso al BFH, a fin de confirmar su autenticidad. La docu- mentación será recabada durante la visita de verificación que le será hecha al Beneficiario provisional a su domicilio, en fecha predeterminada comunicada con antelación. Los documentos que le serán requeridos durante la vi- sita de verificación, según su aplicabilidad al caso especí- fico, son: 1. Declaración jurada de entrega de documentos, se- gún formato establecido por el FMV; 2. Declaración jurada que todos los miembros del gru- po familiar Beneficiario provisional cumplen en forma con- junta con las condiciones para ser Beneficiarios del BFH y no están incursos en causal alguna de inhabilitación res- pecto al Programa;3. Documento en que conste el compromiso del Bene- ficiario provisional de no enajenar la Vivienda durante siete años a partir de la fecha de inscripción en el Registro de la Propiedad; 4. Certificado Negativo de Propiedad que acredite que ni el Beneficiario provisional ni otro integrante de su grupo familiar es propietario de una Vivienda o de un terreno di- ferente a aquel con el cual se está postulando; 5. Copia simple del DNI, LE o CIP del cónyuge o convi- viente, de la(s) personas mayores de 65 años que confor- men el grupo familiar Beneficiario provisional y de los dis- capacitados permanentes mayores de 18 años, de ser apli- cable; 6. Partida de matrimonio o declaración jurada de unión de hecho; 7. Partida de nacimiento de los hijos menores de 18 años y de los discapacitados permanentes mayores de 18 años, de no tener estos últimos otro documento de identi- dad; 8. Certificado de discapacidad sensorial, física o men- tal permanente de integrantes del grupo familiar Beneficia- rio provisional incluidos en la Postulación, de ser el caso. La discapacidad permanente se podrá acreditar con el co- rrespondiente certificado emitido por el Ministerio de Sa- lud, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior o ESSA- LUD; y 9. Constancia documentaria de ingresos o declaración jurada de ingresos del Beneficiario provisional y demás miembros de su grupo familiar que generen ingresos. En caso de postular para construir en sitio propio, en la modalidad de terreno propio, se presentarán, adicionalmen- te a los documentos generales arriba listados, los siguien- tes documentos: a) Copia simple de la escritura del terreno, con la razón de inscripción en el Registro de la Propiedad; b) Certificado de hipotecas, gravámenes y prohibicio- nes de enajenar, emitido por el Registro de la Propiedad; c) Contrato de construcción con firmas legalizadas ante Notario Público o Juez de Paz, según el formato del FMV, con el compromiso de no enajenar la Vivienda durante sie- te años a partir de la fecha de suscripción del acta de re- cepción de la Vivienda; d) En caso de terrenos indivisos, se presentará la declara- toria de propiedad horizontal o la autorización de fracciona- miento, parcelación, lotización o reestructuración parcelaria; e) Presupuesto de la obra, según formato del FMV. El pre- supuesto no deberá superar los 12,000 dólares, incluido el valor del autoavalúo, a su equivalente en nuevos soles; f) Licencia de construcción. En caso de postular para construir en sitio propio, en la modalidad de construcción en aires, se presentará, adicio- nalmente a los documentos generales arriba listados, una copia simple de la escritura que recoge la independización de los aires, con la razón de inscripción en el Registro de la Propiedad, además de una certificación técnica emitida por una ET respecto de la factibilidad de dicha construc- ción en aires. De no contar con todos los documentos requeridos du- rante la visita de verificación, el Beneficiario provisional po- drá, durante esa visita y por una vez, solicitar una prórroga para la entrega de la documentación faltante, la misma que habrá de ser entregada por el Beneficiario provisional en un plazo de diez (10) días calendario contados desde la fecha de la visita de verificación, en el lugar que se haya pactado al efecto. De no entregar el Beneficiario provisio- nal la documentación faltante en la fecha pactada, la po- tencial consolidación de su derecho al BFH será diferida, por única vez, hasta la siguiente convocatoria. Si el Beneficiario solicitara la admisión de un documen- to sustitutorio de cualquiera de los arriba listados, la Comi- sión de Transparencia y Fiscalización evaluará la validez probatoria del mismo y decidirá su inclusión o exclusión. La documentación revisada será digitalizada y los ori- ginales le serán devueltos al Beneficiario provisional. En todos los casos, la documentación y su respectiva verificación debe respaldar el puntaje asignado. En caso contrario, la Postulación será retirada de la lista de Benefi- ciarios provisionales.