Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2002 (13/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de octubre de 2002

2. Memoria Descriptiva del Proyecto conteniendo el nombre del proyecto, area del terreno, ubicacion, vias de acceso, Topografia, Clima y Usos actuales del suelo, MORDAZA y descripcion de obras de Habilitacion Urbana: Sistema de abastecimiento de agua, Sistema de desague, Sistema de abastecimiento electrico, Red telefonica, Pistas y veredas, Areas verdes, Equipamiento MORDAZA, Estacionamientos. 3. Caracteristicas tecnicas de las unidades habitacionales a construirse: · Cantidad y MORDAZA de unidades a construirse; · Precio de venta de cada modelo de unidad habitacional. En el caso de viviendas multifamiliares, el precio de cada modelo por piso; · Sistema constructivo a emplear, especificando posibilidades de ampliacion y/o modificacion; · Materiales a emplearse en la construccion de las unidades habitacionales; · Solo en caso de utilizacion de materiales y/o sistemas constructivos no convencionales debera presentarse una MORDAZA del Certificado de aprobacion del material y/o sistema constructivo, emitido por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. · Caracteristicas estructurales, sanitarias, electricas y otras especialidades; y, · Listado de las unidades habitacionales y esquema donde figure un codigo asignado a cada unidad habitacional, su respectivo costo y los datos adicionales que se consideren. 5.7 Planos: 1. De Habilitacion Urbana: MORDAZA y descripcion de obras de Habilitacion Urbana: Sistema de abastecimiento de agua, Sistema de desague, Sistema de abastecimiento electrico, Red telefonica, Pistas y veredas, Areas verdes, Equipamiento MORDAZA, Estacionamientos. 2. Edificacion: · Anteproyecto general, a escala 1/500 con cuadro general de areas que contenga el cuadro resumen de la habilitacion MORDAZA, cuadro resumen de unidades habitacionales a edificar, indicando el area del lote de cada vivienda (en caso de unidades unifamiliares), el area construida, numero de unidades y la poblacion a albergar; · Para las ampliaciones, debera agregarse el cuadro resumen de las areas a ampliar, indicando las nuevas areas construidas, areas libres, asi como la nueva poblacion a servir y un cuadro resumen final; y, · Planos arquitectonicos de los prototipos de vivienda a escala 1/50, con indicacion de ubicacion de mobiliario, cuadro de areas con indicacion de areas netas por ambiente, area construida a entregar, cuadro de acabados. En el caso de considerar ampliaciones, plano de la unidad final con los MORDAZA correspondientes. Articulo 6º.- Recepcion de Expediente Los expedientes que correspondan a proyectos ubicados en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao se presentaran en la Gerencia de Operaciones del Fondo Hipotecario MIVIVIENDA. Los correspondientes a otros lugares de la Republica, se presentaran en las Direcciones Regionales de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 7º.- Evaluacion previa del expediente Los expedientes seran evaluados por un Comite Ejecutivo definido en el Art 3º. El Comite se reunira semanalmente en forma ordinaria, o con una frecuencia mayor cuando asi lo exija el numero de solicitudes que se presenten a su evaluacion. Este Comite verificara que el proyecto reuna los requisitos de admision que se indican en el articulo 4º, asi como los requisitos a que se refiere el articulo 5º, en cuyo caso emitira un informe tecnico autorizando su registro. En caso la documentacion este incompleta o el proyecto no cumpla con los requisitos, el Comite emitira un Informe indicando las razones por las cuales ha sido observado. En tal caso se informara al solicitante para que pueda

subsanar las observaciones y presentar nuevamente el proyecto a evaluacion del Comite. Articulo 8º.- Aprobacion El Comite Ejecutivo, simultaneamente a la aprobacion de la inscripcion, emitira la MORDAZA de inscripcion en el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Piloto Techo Propio, la que sera suscrita por el Director Nacional de Urbanismo y el Director Nacional de Vivienda. Articulo 9º.- Constancias que expide el Registro El registro expide las siguientes constancias: 9.1 MORDAZA Preliminar de Registro que faculta al solicitante a ofertar su proyecto entre las personas interesadas en adquirir una vivienda bajo el Programa Techo Propio. En esta MORDAZA figurara el codigo que identificara al proyecto (Codigo de Proyecto) y que debera ser entregado a cada persona que desee adquirir una vivienda del proyecto. La MORDAZA Preliminar de Registro tendra caracter temporal, con una vigencia de seis (06) meses a partir de la emision de la misma, plazo en el cual el solicitante debera tramitar ante la Municipalidad respectiva la aprobacion de su Anteproyecto y la obtencion del Certificado de Inicio de Obra. 9.2 MORDAZA Definitiva de Registro que se otorga al propietario o promotor que presente el certificado de aprobacion del Anteproyecto (copia de los planos sellados) y el Certificado de Inicio de Obra (copia del Formulario Unico Oficial (FUO) de Licencia de Obra, Parte I, Anexo D), de la respectiva municipalidad. Dicha documentacion debera ser presentada al Comite de Ejecutivo MORDAZA del vencimiento de la MORDAZA Preliminar de Registro. Cumplido este requisito el Comite Ejecutivo emitira una MORDAZA Definitiva . En caso el requisito anterior no sea cumplido, el Comite de Registro emitira un comunicado informando al solicitante y al publico en general que el proyecto sera retirado del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Piloto Techo Propio, invalidando desde ese momento el codigo de proyecto asignado y por lo tanto, imposibilitando al solicitante a seguir ofertando viviendas dentro de su proyecto. El Comite esta facultado para realizar inspecciones periodicas a los proyectos registrados con la finalidad de verificar los compromisos asumidos por el solicitante en la MORDAZA de su proyecto y los compromisos asumidos con los beneficiarios del MORDAZA Familiar Habitacional - BFH. Articulo 10º.- Cancelacion del Registro La MORDAZA Preliminar del Registro sera cancelada cuando el promotor o propietario omita presentar los documentos senalados en el item 9.2 de la presente Resolucion y en los casos que establezca el Reglamento Operativo del Programa Techo Propio. Disposiciones Complementarias Primera.- Los plazos se computan en dias habiles con exclusion de sabados, domingos y feriados, de acuerdo a lo establecido en el Art. 35º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General. Segunda.- Tratandose de un procedimiento sujeto a evaluacion previa, el plazo MORDAZA para el otorgamiento del respectivo certificado de Registro, es de 30 dias contados a partir de la fecha de entrega de la solicitud. En caso de vencimiento del plazo, sin respuesta expresa de la administracion, la solicitud se considera denegada en aplicacion del silencio administrativo negativo, establecido en el Art. 34º de la Ley Nº 27444. Tercera.- Contra los actos denegatorios de inscripcion, puede presentarse recurso de reconsideracion, el que sera resuelto en instancia unica por el Comite Ejecutivo al que se refiere el Art. 3º de la presente resolucion, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley Nº 27444, en lo que fuera aplicable. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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