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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (18/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 231567 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de octubre de 2002 mano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante los escritos del visto, la EMPRESA PESQUERA TACNA SIETE SRL, solicita autorización de incremento de flota vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera operativa deno- minada "TACNA 7", con matrícula Nº CE-1851-PM y de 377.64 m3 de capacidad de bodega, para adquirir una nueva embarcación pesquera que también se denomina- rá "TACNA 7", para la extracción de los recursos ancho- veta y sardina, con destino al consumo humano directo e indirecto; Que mediante el escrito con registro Nº CE- 00907002 del 5 de setiembre del 2002, el señor MAR- CELINO SANTIAGO HERRERA SANDONAS en repre- sentación de la EMPRESA PESQUERA TACNA SIETE SRL, amplía el petitorio inicial, solicitando que se otor- gue a su nombre, la autorización de incremento de flo- ta vía sustitución de la embarcación pesquera operati- va TACNA 7, de 377.64 metros cúbicos de capacidad de bodega, en virtud al contrato de Asociación en Par- ticipación celebrado con la EMPRESA PESQUERA TACNA SIETE SRL. Y dada su condición de asociante en el mismo; Que asimismo, el señor MARCELINO SANTIAGO HERRERA SANDONAS, presenta al procedimiento el con- trato celebrado con doña Zoila Flor Gonzales Villarán de Opción de Compra-Venta de una embarcación pesquera, con las mismas características técnicas de la que es obje- to de la solicitud de autorización de incremento de flota vía sustitución de la capacidad de bodega de 377.64 metros cúbicos de la embarcación denominada TACNA 7, de Ma- trícula Nº CE-1851-PM; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados por el recurrente, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el proce- dimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por De- creto Supremo Nº 004-2002-PE y ha presentado para sus- tituir la embarcación pesquera denominada "TACNA 7" de propiedad de la EMPRESA PESQUERA TACNA SIETE SRL; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 038-2002- PRODUCE/DNEPP-Dap y, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 136-2002-PE y 152-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor MARCELINO SAN- TIAGO HERRERA SANDONAS, en su condición de asociante en el contrato de asociación en participa- ción celebrado con la EMPRESA PESQUERA TACNA SIETE S.R.L. autorización de incremento de flota vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embar- cación pesquera operativa denominada "TACNA 7", con matrícula Nº CE-1851-PM, para la adquisición de una embarcación pesquera de 377.64 metros cúbicos de capacidad de bodega, para la extracción de los recur- sos anchoveta y sardina con destino al consumo hu- mano directo e indirecto, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.), de ta- maño de abertura de malla según corresponda. Artículo 2º.- La autorización otorgada por la presente Resolución tendrá un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses, conforme a lo establecido en el artículo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, debiendo solici- tar dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses de vencido el plazo de vigencia de esta resolución, el respec- tivo permiso de pesca.Vencido cualquiera de los plazos indicados en el pá- rrafo precedente, la autorización caducará de pleno de- recho en el caso de no haberse ejecutado o solicitado el permiso de pesca correspondiente, sin que sea necesa- rio para ello el pronunciamiento o la notificación por par- te del Ministerio de la Producción. Asimismo será causal de caducidad la ejecución de la autorización otorgada, excediendo la capacidad de bodega de la embarcación autorizada a adquirir o con características diferentes a las que la sustentaron. Artículo 3º.- Cumplido el plazo otorgado para ejecu- tar la referida autorización de incremento de flota, el recurrente deberá solicitar a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero la inspección téc- nica a que se hace referencia en el requisito Nº 7 del Procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2002-PE. Artículo 4º.- Excluir a la embarcación pesquera "TAC- NA 7" de matrícula Nº CE-1851-PM del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 136-2002-PE. Artículo 5º.- Incluir la presente autorización de incre- mento de flota en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE. Artículo 6º.- La embarcación pesquera "TACNA 7" operará hasta que la nueva embarcación autorizada ha adquirirse objeto de la presente autorización, cuente con permiso de pesca. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 18423 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que asistirá al "III Encuentro Iberoamericano de Consejos de la Judicatura" que se llevará a cabo en los Estados Unidos Mexicanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1050-2002-RE Lima, 17 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 1969-2002-P-CNM, del Presiden- te del Consejo Nacional de la Magistratura, de 3 de octubre de 2002, mediante el cual comunica la invita- ción del Presidente del Consejo de la Judicatura Fede- ral de México para participar en el "III Encuentro Iberoamericano de Consejos de la Judicatura", a reali- zarse en la ciudad de Zacatecas, Estados Unidos Mexi- canos, del 22 al 26 de octubre de 2002, y solicita se oficialice a la delegación oficial que viajará; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Ex- teriores, establece entre sus funciones la de nombrar a las delegaciones gubernamentales que participen en reunio- nes internacionales; Que, asimismo, el reglamento de la Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcio- narios Públicos, señala que los viajes de delegaciones que representen al país en el exterior serán oficializados me- diante Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exte- riores; Que, en consecuencia, debe designarse a la delega- ción peruana que participará en el evento antes citado;