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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (18/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 231557 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de octubre de 2002 Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica, administrativa, económica y fi- nanciera, constituyendo el ente rector y central de los ór- ganos que conforman su estructura orgánica, incluyendo los órganos desconcentrados. Constituye un Pliego Pre- supuestal y tiene como finalidad afirmar la identidad nacio- nal mediante la ejecución de acciones de protección, con- servación, investigación, promoción, puesta en valor y di- fusión del Patrimonio Cultural de la Nación, para contribuir al desarrollo nacional, con la participación activa de la co- munidad, el sector público y privado; Que, la Comisión Nacional de Cultura, creada median- te Decreto Supremo Nº 099-2001-PCM, ha elaborado el documento de trabajo denominado "Lineamientos para una Política Cultural del Perú", estableciendo entre los objeti- vos de la Política Cultural del Perú, la puesta en práctica de una opción descentralizada de integración nacional con la participación de todos los sectores de la sociedad en la creación y promoción cultural; Que, se hace necesario, para poder cumplir a cabali- dad los objetivos de democratización, descentralización e integración nacional, dentro del marco del reconocimiento del Perú como país pluricultural, multiétnico y multilingüe, realizar una reestructuración institucional, que posibilite desarrollar las funciones asignadas por el Supremo Go- bierno al Instituto Nacional de Cultura y así alcanzar sus fines y objetivos; Que, la reestructuración institucional debe conducir a la redefinición, priorización, o modificación de las funcio- nes y estructura del Instituto Nacional de Cultura, sin afec- tar sus fines objetivos; y, De conformidad con el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y la Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; DECRETA: Artículo 1º.- Declárase en reestructuración al Instituto Nacional de Cultura - INC. Dicha reestructuración institu- cional debe conducir a la redefinición, priorización o modi- ficación de las funciones y estructura del Instituto Nacional de Cultura, sin afectar sus fines y objetivos. Artículo 2º.- Encárgase a la Dirección Nacional del Ins- tituto Nacional de Cultura, para que dentro del plazo de 120 días, presente al Ministerio de Educación la Propuesta de Reestructuración de la Entidad. Artículo 3º.- Encárgase al Director Nacional del Insti- tuto Nacional de Cultura la conformación de la Comisión de Reestructuración, la misma que él presidirá, y será inte- grada por cuatro (4) miembros designados por Resolución Directoral Nacional. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 18453 Exceptúan de lo dispuesto en el D.U. Nº 030-2002 a viajes que realicen fun- cionarios del INC para lograr repatria- ción de bienes integrantes del Patri- monio Cultural de la Nación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 179-2002-ED Lima, 17 de octubre de 2002CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002, se aprobaron las medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002; Que el Decreto de Urgencia Nº 033-2002 establece las excepciones para la aplicación de las normas contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, las cuales debe- rán ser aprobadas por Resolución Suprema a ser refren- dada por el Ministro del Sector correspondiente; Que el artículo 2º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura - INC, aproba- do por Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, establece que el INC es el organismo rector, responsable de la promo- ción y el desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación, preservación, restauración, in- vestigación, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que mediante Oficio Nº 1124-2002-INC/DN, el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura manifiesta que en los casos de repatriación de bienes integrantes del Pa- trimonio Cultural de la Nación incautados fuera del territo- rio nacional, resulta necesario que los funcionarios de di- cha institución viajen al extranjero a fin de verificar el esta- do de conservación y supervisar el traslado adecuado de tales bienes al momento de su retorno al país; Que para el cumplimiento efectivo de las funciones an- tes referidas, es preciso exceptuar al Instituto Nacional de Cultura de la aplicación de lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exceptuar al Instituto Nacional de Cultura de la aplicación de las medidas complementarias de aus- teridad y racionalidad en el gasto, contenidas en el nume- ral 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, con relación a los viajes al exterior que realicen los funcio- narios de dicha Institución con la finalidad de lograr la repa- triación de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 18456 Autorizan donación de réplicas de pintura colonial y de arte prehispánico efectuadas por el INC al Consulado del Perú en Mendoza, Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 180-2002-ED Lima, 17 de octubre de 2002 Visto, el Expediente Nº 52762-2002 y el Oficio Nº 941- 2002-INC/DN, cursado por el Director Nacional del Institu- to Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (CLT) Nº 118 de fecha 22 de abril de 2002 el Ministro Marco Carreón Velarde, Director Adjunto de la Oficina de Promoción Cultural del Ministerio de Relaciones Exteriores y con Carta de fecha 27 de junio de 2002, el señor Víctor F. Matallana Bahamonde, Cónsul