Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

Comision de Libre Competencia
Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Autoridad que resuelve la Apelacion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion y/o Adhesion

Requisitos

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Formales (Nota 1 )

3. Descripcion de los vinculos personales, de propiedad, y/o de gestion existentes entre cada una de las Personas o Empresas comprendidas en el punto anterior respecto de otras Empresas que operan en el MORDAZA o en mercados relacionados; 4. Descripcion de los pormenores de la Operacion de Concentracion y Relacion de los Mercados afectados por la Operacion; 5. Informacion relativa a los mercados afectados por la Operacion de Concentracion: ambito geografico del MORDAZA afectado, grado de competencia existente en el MORDAZA, elementos que determinan la facilidad o dificultad de acceso al MORDAZA en el que se ha de verificar la concentracion, entre otros; 6. Descripcion detallada de los efectos de la operacion sobre el MORDAZA, asi como de las eficiencias economicas generadas; y: 7. MORDAZA de los documentos definitivos o mas recientes relativos al cierre de la Operacion de Concentracion; MORDAZA de los analisis o estudios llevados a cabo por las Empresas Involucradas en la operacion a efectos de evaluar la Operacion de Concentracion en cuanto a las condiciones de Competencia, los competidores y la situacion de mercado.

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Art 21º, publicado el 6 de Noviembre de 1992 Decreto Legislativo Nº 807 Art 49º, publicado el 18 de MORDAZA de 1996

(Nota 1) La MORDAZA de los documentos se realiza en la Unidad de Tramite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descentralizada. (Nota 2) Es necesario senalar el numero del Comprobante de Pago del Derecho de Tramite, y la fecha de emision del mismo en cada uno de los Procedimientos. (Nota 3) Debera presentarse MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica. (Nota 4) Los poderes deberan cumplir con las siguientes formalidades. De ser el caso: A. Personas Naturales: la representacion debera constar en Carta Poder simple B. Personas Juridicas: intervendran en el MORDAZA a traves de sus Representantes Legales, quienes deberan actuar premunidos de los respectivos poderes, para lo cual sera suficiente la MORDAZA de la MORDAZA de los documentos respectivos. C. Poderes otorgados en el extranjero, estos deberan contener ademas Visacion Consular (Nota 5) Contados a partir de la emision del Informe Tecnico de la Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia, segun lo establecido en el articulo 17 del Decreto Legislativo Nº 701. (Nota 6) El formato esta disponible en la pagina web del Indecopi www.indecopi.gob.pe o puede ser recabado en la Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia del Indecopi. (Nota 7) Hasta un limite de 50 UIT, segun lo establecido en el articulo 12 de la Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Electrico, Ley Nº 26876. (Nota 8) Contados a partir del inico del plazo conforme lo previsto en el articulo 18 del Decreto Supremo Nº 017-98-ITINCI o de ser el caso contados a partir de lo previsto en el articulo 24 y 25 del Decreto Supremo Nº 017-98-ITINCI o contando a partir de lo previsto en el articulo 6º del Decreto Supremo 087-2002-EF, conforme a lo previsto en el Articulo 142 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. (Nota 9): Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. 227.1

Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios
Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo Dependencia donde se inicia el procedimiento Recurso de Reconsideracion Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion y/o Adhesion Autoridad que resuelve la Apelacion

NORMAS LEGALES

Requisitos

Formales (Nota 1)

1. Procedimiento para Evitar y Corregir las Distorsiones de la Competencia en el MORDAZA Generadas por el Dumping o Subvenciones
80% UIT (*) u (Nota 6) Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi

1. Solicitud de inicio de Investigacion por Practicas de Dumping o Subvenciones (Nota 3), o de Examen (Nota 4) de derechos definitivos, consignando datos de identificacion, domicilio y actividad economica del solicitante, asi como MORDAZA de los documentos que acrediten su existencia y a su Representante Legal (Nota 5), de ser el caso.

2. Cuestionario para empresas solicitantes debidamente absuelto, en el que se debe incluir:

Secretaria Tecnica de la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios

A) Para el caso de empresas productoras solicitantes de inicio de investigacion por Practicas de Dumping o Subvenciones, - Pruebas sobre la representatividad del Solicitante dentro de la MORDAZA de produccion nacional o constancias de apoyo por parte de productores nacionales no solicitantes - La descripcion completa del producto objeto de Dumping o Subvencion - El MORDAZA de exportacion y de origen - La identidad de cada productor y exportador extranjero conocido - La lista de importadores, pruebas sobre los precios a los que se vende en el MORDAZA de origen (a nivel comparable, es decir al mismo nivel comercial) - Datos sobre la evolucion del volumen de importaciones - Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el MORDAZA interno - Repercusion de las importaciones en la MORDAZA de produccion nacional (produccion, ventas, etc), y otros. - La informacion relativa a datos cuantitativos debera ser presentada por escrito y en medios magneticos.

10% UIT Procede dentro de los 15 dias habiles de notificada la Resolucion No procede contra Resolucion que impone Derechos Provisionales

10% UIT Procede dentro de los 15 dias habiles de notificada la Resolucion No procede contra Resolucion que impone Derechos Provisionales

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002

B) Para el caso de empresas exportadoras, importadoras o productoras nacionales, solicitantes de examen de derechos definitivos:

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