TEXTO PAGINA: 39
/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G33/G31/G39/G36/G39Lima, viernes 25 de octubre de 2002 Comisión de Procedimientos Concursales Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad Recurso Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación que resuelve de que Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y/o la y/o la Revisión resuelve la (Nota 2) Positi vo Negativo procedimiento Reconsideración Adhesión A pelación Revisión 5. Identificación del acreedor cedente 6. Informar bajo declaración jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su deudor, o, en caso contrario, informar de la existencia de vinculación con este, en cualquiera de los casos a quese refiere el Artículo 2 de la Ley del Sistema Concursal 7. Adjuntar copia del comprobante de pago del derechos de trámite correspondiente. Base Legal: Código Civil 8. Cambio de Orden de Preferencia 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 10% UIT /GFC Secretaría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de No ———————- a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) (Nota 5) de la Comisión de Procede dentro Procedimientos Procede Procedimientos Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad Procedimientos de los 5 días de Concursales dentro de Concursales c. Sociedades Conyugales ambos cónyugues deberán presentar copia simple de su documento Concursales Notificada la (Sede Central o los 5 días de indentidad u Resolución Comisión Delegada) de d. Sucesiones Indivisas se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde Oficina más el término de Notificada la consta la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, si se trata Descentralizada la distancia Resolución de una sucesión intestada del Indecopi (Nota 6) más el término 2. Identificación del deudor de la 3. Documento que acredite el nuevo orden de preferencia invocado distancia 4. Adjuntar copia del comprobante de pago del derechos de trámite correspondiente. (Nota 6) Base Legal: Ley Nº 27809 " Ley General del Sistema Concursal " publicada el 8 de agosto del 2002 9. Procedimiento Transitorio - Solicitud de Reconocimiento de Créditos Discrepantes (Nota 3) 1 Solicitud dirigida al Fedatario consignando datos de identificación y domicilio e identificando a la 3% de la parte /GFC/GFC Fedatario 3% del Crédito Comisión Ad - Hoc 3% del Comisión de 3% del Sala de Empresa Deudora. Para el caso de: del Crédito (Nota 5) Controvertido Crédito Procedimientos Crédito Procedimientos a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4). I nvocado hasta un máximo Invocado Concursales Controvertido Concursales b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad sujeto a de 10% UIT hasta un (Comisión hasta un c. Sociedades Conyugales , ambos cónyugues deberán presentar copia simple de su documento Discrepancias Procede dentro máximo de Delegada) máximo de de indentidad hasta un de los 5 días de 10% UIT 30% UIT d. Sucesiones Indivisas se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde máximo Notificada la Procede Procede consta la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, si se trata de 50% UIT Resolución dentro de dentro de los de una sucesión intestada los 5 días de 5 días de 2 Copia de la documentación que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantía de los créditos, (Los Créditos Notificada la Notificada la distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso, la tasa de interés apli cada. Laborales y Resolución Resolución 3 Informar bajo declaración jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su deudor, o, en previsionales caso contrario, informar de la existencia de vinculación con éste, en cualquiera de los que se refiere están el Articulo 12 de la Ley General del Sistema Concursal. exonerados de 4 Adjuntar copia de toda la documentación presentada, a efectos de correr traslado a la otra parte, este pago) de ser el caso. 5 Adjuntar copia del comprobante de pago del derecho de trámite correspondiente ante la Comisión Ad - Hoc Transitoria. 10. Procedimiento Transitorio - Oposición al Reconocimiento de Créditos (Nota 3) 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 50% UIT /GFC Secretaría Técnica 10% UIT Comisión Ad - Hoc 10% UIT Comisión de 30% UIT Sala de a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) (Nota 5) de la Procede Procede Procedimientos Procede Procedimientos b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad Comisión dentro de dentro de Concursales dentro de Concursales c. Sociedades Conyugales , ambos cónyugues deberán presentar copia simple de su documento Ad - Hoc los 5 días los 5 días (Comisión los 5 días de de indentidad Transitoria de Notificada de Notificada Delegada) Notificada la d. Sucesiones Indivisas se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde la la Resolución consta la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, si se trata Resolución Resolución de una sucesión intestada 2 Identificación de la empresa deudora y del supuesto reconocimiento de créditos fraudulento.3 Copia de la documentación sustentatoria que acredite la existencia del fraude, así como de todos los aspectos relativos al mismo