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/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G33/G31/G39/G37/G33Lima, viernes 25 de octubre de 2002 Comisión de Acceso al Mercado Requisitos Calificación Dependencia Autoridad R ecurso de Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de que resuelve Apelación que resuelve Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración la y/o la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Solicitud Ad hesión Apelación 1. Denuncia contra Barreras Burocráticas 1. Solicitud consignando y acreditando datos de identificación, domicilio y/o Poderes (Nota 3) y existencia para el caso 13% UIT /GFC Secretaría Técnica No Contemplado Comisión de 10% UIT Sala de Defensa de Personas Jurídicas. 120 días de la Comisión de (Nota 5) Acceso al Mercado Procede dentro de la 2. Identificación de la Barrera Burocrática, Ilegal o Irracional, que se denuncia. Debe aportarse elementos de juicio hábiles Acceso al Mercado de los 5 Competencia razonables sobre la existencia de la Barrera Burocrática Irracional Denunciada (Nota 4). (Nota 7) u días hábiles de 3. Identificación de la Autoridad que impone la Barrera Burocrática Oficina Notificada la Tr ibunal de 4. Recuento de hechos. Descentralizada Resolución Indecopi 5. Fundamentación jurídica. (Nota 6) 6 Documentación sustentatoria de las afirmaciones formuladas en la Solicitud. Base Legal: Decreto Legislativo Nº 807, publicado el 18 de Abril de 1996 (Nota 1) La presentación de los documentos se realiza en la Unidad de Trámite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descent ralizada (Nota 2) Es necesario señalar el número del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, y la fecha de emisión del mismo(Nota 3) Los Poderes deberán cumplir con las siguientes formalidades, en los siguientes casos: A. Personas Naturales : la representación deberá constar en el escrito que se presenta , o a través de Carta Poder simple. B. Personas Jurídicas : intervendrán en el Proceso a través de sus Representantes Legales, quienes deberán actuar premunidos de los respectivos Poder es, para lo cual será suficiente la presentación de la copia de los documentos respectivos. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán contener además Legalización Consular C. Asociaciones que actúen en representación de sus asociados , deberán presentar documento indubitable donde se identifique a sus integrantes al momento de la interposición de la Denuncia. (Nota 4) Las Barreras Burocráticas Irracionales pueden implicar la imposición de medidas discriminatorias, arbitrarias (es deci r, que carecen de fundamentos) o desproporcionadas (es decir, que resultan excesivas en relación a sus fines), entre otras, est ando el denunciante obligado a presentar indicios suficientes que lleven a la Comisión a emplazar a la Denunciada por este extremo. (Nota 5) Decreto Legislativo Nº 807, Ley sobre facultades, normas y organización del Indecopi, Sexta Disposición Transitoria y Artículo 38º (Nota 6) Procede contra las Resoluciones en las que se dicta una Medida Cautelar, Resoluciones en las que se imponga una multa y Resoluciones que ponen fin al Procedimiento. (Nota 7) Ley Nº 27809, Décimocuarta Disposición Complementaria y Final Comisión de Libre Competencia Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Derechos Auto- Evaluación Pr evia donde se inicia Recurso de resuelve la Apelación Autoridad que Formales (Nota 1 ) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. el procedimiento Reconsideración Solicitud y la y/o resuelve la (Nota 2) Positi vo Negativo Reconsideración Ad hesión Apelación 1. Procedimiento para Prevenir, Eliminar o Sancionar el Abuso de Posición de Dominio y las Prácticas Concertadas contrarias a l a libre competencia en la Comercialización de Bienes y en la Prestación de Servicios 1. Datos de identificación y domicilio de la Persona Natural o Jurídica (Nota 3), poderes del Representante Legal (Nota 4) 30% U IT /GFC Secretaría No Contemplado No Contemplado 30% UIT Sala de Defensa 2. Actividad económica del, o los, Denunciantes 5 días Técnica de la (Nota 9) Procede dentro de de la 3. Tipificación y descripción de la práctica que se denuncia: Abuso de Posición de Dominio en el Mercado, prácticas que (Nota 5) Comisión de Libre los 15 días de Competencia restrinjan, impidan o limiten la Libre Competencia Competencia Notificada 4. Presentación u ofrecimiento de pruebas que acrediten la Práctica que se denuncia la Resolución Tribunal de 5. Nombre o Razón Social de otras empresas nacionales que se dediquen a la actividad objeto de la práctica Indecopi 6. Nombre o Razón Social de quienes se presume se encuentren ejecutando la práctica 7. Indicación de reincidencia o reiterancia, de ser el caso8. Las pruebas que permitan apreciar la existencia del perjuicio (ventas, inventarios, utilización de capacidad instalada, empleo, inversión, producción, salarios, etc.) 9. Copias de la solicitud y recaudos, según el número de denunciados10. Cualquier documento que tenga estricta relación con la denuncia presentada Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Art 21º, publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo Nº 807 Art 49º, publicado el 18 de Abril de 1996 2. Procedimiento para Concentraciones en el Sector Eléctrico Notificación que deberá ser presentada en formato (Nota 6) aprobado por la Comisión y que deberá consignar por lo 0,1% del Valo r /GFC Secretaría Gratuito Comisión de Libre Gratuito Sala de Defensa menos lo siguiente : de la Operación 30 días Técnica de la Procede dentro de Compete ncia Procede dentro de de la 1. Identificación de las Personas o Empresas que efectúan la notificación y de las otras partes que intervienen en la de (Nota 8) C omisión de Libre los 15 días de de los 15 días de Competencia Operación de Concentración. Concentración Competencia Notificada Notificada 2. Descripción de la Estructura de Propiedad y Control de cada una de las personas o empresas que participan en la (Nota 7) la Resolución la Resolución Tribunal de Operación de Concentración, incluyendo la de las empresas que pertenezcan al mismo grupo; Indecopi