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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (06/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 229566 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de setiembre de 2002 no se comprometa al sardinel, la calidad de concreto será de f'c=175 kg/cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra cha- cra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 m. en pozas de concreto. Artículo Tercero.- DISPONER quede como carga ins- crita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la obligación de los propietarios de cancelar los déficits de aportes reglamentarios, que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda en garantía el Lote Único materia de la presente Resolu- ción. Artículo Cuarto.- DISPONER que José Giunta Berg- na y cónyuge Mirtha Haydee Tabja Velarde efectúen la pu- blicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Perua- no, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado, sufragando los gastos a que hubie- re lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia simple a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección de Desa- rrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Priva- das, el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 15861 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO Autorizan firma de contrato de compra- venta de maquinarias y equipos con COFIDE ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2002-CM/MPS Satipo, 22 de agosto del 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Satipo, en Sesión Ordinaria de fecha 17/8/2002; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley Nº 27680 en el Art. 194º, concordan- te con el Art. 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y ad- ministrativa en los asuntos de su competencia; Que, según el Art. 36º Incs. 5), 6), 12) y 13) de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853, compete al Concejo Muni- cipal autorizar los programas de obras y servicios, así como los de inversiones, cuyo plazo de ejecución exceda de su ejer- cicio presupuestal; aprobar empréstitos internos y externos exclusivamente para obras y servicios reproductivos con arre- glo al Art. 140º de la Constitución Política del Estado; y acordar el régimen de la administración de los bienes y rentas encar- gadas al Municipio, así el régimen de organización y adminis- tración de los bienes y servicios; Que, según el Art. 47º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853 establece que el Alcalde es el perso- nero legal de la Municipalidad y está facultado para cele- brar todos los actos y contratos necesarios para el ejerci- cio de su función; Que, según el Art. 126º de la precitada Ley, establece que las Municipalidades se relacionan con los Poderes Públicos, Gobiernos Regionales y entre sí, a fin de coordi- nar sus acciones en los distintos niveles e instancias; Contando con el voto por Unanimidad de los señores Regidores, se ha dado la siguiente:ORDENANZA QUE APRUEBA RESOLVER EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO CON EL BANCO REPÚBLICA Y AUTORIZAR LA FIRMA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MAQUINARIAS CON COFIDE HASTA POR EL MONTO DE $ 650,000.00 DÓLARES AMERICANOS Artículo Primero.- El Concejo Provincial de Satipo AU- TORIZA a la Junta General de Accionistas de EMMSA, em- presa de su propiedad a resolver el Contrato de Arrendamiento Financiero, por $ 1'605,000, de fecha 21.AGO.98, que realizó con el Banco República. Crédito que en la actualidad la pro- pietaria es COFIDE, entidad por la cual se acordó resolver, el contrato de arrendamiento financiero por inaplicable y care- cer de sostenimiento administrativo y legal. Artículo Segundo.- La Empresa Municipal de Maqui- narias S.A. (EMMASA), de propiedad de la Municipalidad Provincial de Satipo y la entidad de COFIDE, acordaron RESOLVER DE MUTUO DISENSO, el contrato de arrien- do financiero suscrito por el Banco República y EMMASA, debido a que el referido contrato se suscribió sin contar, con un requerimiento administrativo, proyecto técnico y estudio de factibilidad, los mismos que al no existir no con- taron con la autorización de la Junta General de EMMASA o el acuerdo de Directorio y menos aún con el acuerdo de Concejo de la provincia de Satipo, para la firma del Contra- to de Arriendo Financiero en mención, por lo que de acuer- do a Ley dicho contrato es nulo, más aún cuando la adqui- sición de las maquinarias, no se hizo por licitación. Artículo Tercero.- Autorizar a la Junta General de Ac- cionistas de EMMASA, y sus representantes legales, a eje- cutar la presente Ordenanza, por ser ésta Empresa de pro- piedad Municipal resolviendo el contrato de arriendo finan- ciero con COFIDE. Artículo Cuarto.- Autorizar al Alcalde de la Munici- palidad Provincial de Satipo, Prof. Rogger Aníbal Huari Ordóñez para que firme el Convenio de Resolución de con- trato de arriendo financiero y compraventa, conjuntamente con el representante legal de la Empresa EMMASA, con la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), sobe las máquinas y equipos materia de contrato original de arrien- do financiero, y que está en posesión de la Municipalidad, las mismas que se están utilizando al servicio de las co- munidades, abriendo caminos rurales y mantenimiento las vías de comunicación. Artículo Quinto.- Autorícese la compra de maquinarias y equipos materia del contrato de compraventa con COFIDE, como resultado de la Resolución de contrato de arriendo finan- ciero, entre EMMASA y COFIDE, cuyo precio no excederá de $ 650,000.00 Seiscientos cincuenta mil dólares americanos, para lo cual se buscará el reconocimiento de las amortizacio- nes que efectuará el Concejo Provincial de Satipo, sobre el contrato de arriendo financiero antes mencionado. Artículo Sexto.- Se acuerda pagar la compraventa de las maquinarias y equipos, entre la Municipalidad Provincial de Satipo y COFIDE, con las transferencias del FONCOMUN y Recursos Propios de la Municipalidad Provincial de Satipo, y autorizar al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Satipo para que gestione ante el Banco de la Nación, entidades pri- vadas y/o COFIDE, la financiación del contrato de compra- venta entre la Municipalidad Provincial de Satipo y COFIDE según el anexo de la relación de maquinarias y tasación que forma parte integrante de esta ordenanza. Artículo Séptimo.- Facúltese al señor Alcalde a pro- cesar administrativamente al ex Alcalde Celso Arturo Du- rand Panez y los que resulten responsables por ilícitos cometidos contra la Municipalidad Provincial de Satipo y la Empresa EMMSA, al haberse firmado un contrato de arrien- do financiero con el Banco República sin haber tenido nin- guna autorización del Concejo Municipal de Satipo y de la Empresa EMMASA, así como, contra el Banco República en liquidación por los daños y perjuicios ocasionados. Artículo Octavo.- Autorícese al señor Alcalde, a pedir garantías a favor de los miembros del Concejo, autorida- des y personal administrativo ante las autoridades del Mi- nisterio del Interior, por la Campaña de intimidación y difa- mación, que estarían realizando personas vinculadas a movimientos extremistas, relacionada con el terrorismo, en la zona de la Selva Central de Junín. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROGGER ANÍBAL HUARI ORDÓÑEZ Alcalde 15863