Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2002 (06/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de setiembre de 2002

Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, correspondiente al ejercicio presupuestal 2002. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion e Informatica publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su expedicion. Asimismo que en igual plazo sea remitido MORDAZA del Plan a CONSUCODE y a PROMPYME. Articulo Tercero.- El plan aprobado estara a disposicion de los interesados en el Area de Abastecimiento de la Gerencia de Administracion e Informatica y en la pagina WEB de DEVIDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA 15959

FONAFE
Designan miembros del Directorio de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE S.A.
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 012-2002/012-FONAFE
Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designacion de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ambito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empresa, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiendose aceptado la renuncia presentada por los senores MORDAZA Noya de la MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de miembros del Directorio de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE S.A., y agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 012-2002/012-FONAFE, de fecha 4 de setiembre de 2002, se designo a los senores MORDAZA de la MORDAZA Arbulu y MORDAZA MORDAZA Bonicelli como miembros del Directorio de la referida Empresa. 15995

a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual 2001 Sector Agroindustrial" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuya a la adopcion de medidas de politica economica de ese Sector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, para el planeamiento de la encuesta asi como la definicion y contenido de los formularios electronicos a ser utilizados; Que, a partir del presente ano, solo estan obligadas a presentar informacion a la Encuesta Economica Anual, aquellas empresas que hayan sido seleccionadas y cuya relacion estara disponible en la pagina Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe), el acceso para las consultas del caso se efectuara ingresando el numero de RUC de la empresa. Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales y juridicas seleccionadas que desarrollan actividades agroindustriales, la misma que sera ejecutada por la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, asi como aprobar los respectivos formularios, en observancia de las Directivas Tecnicas del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la "Encuesta Economica Anual 2001 Sector Agroindustrial", que sera ejecutada por la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, dirigida a una muestra de personas naturales y juridicas seleccionadas que desarrollan actividades agroindustriales en todo el MORDAZA, especificadas en la seccion A grupo 014 clase 0140 apertura 05 y de la seccion D division 15 de las clases de la CIIU Rev.3 de las actividades siguientes: a) Clase 1511: Produccion, procesamiento y conservacion de carne y productos carnicos. b) Clase 1513: Elaboracion y conservacion de frutas, legumbres y hortalizas. c) Clase 1514: Elaboracion de aceites y grasas de origen vegetal. d) Clase 1520: Elaboracion de productos lacteos. e) Clase 1531: Elaboracion de productos de molineria. f) Clase 1533: Elaboracion de alimentos preparados para animales. g) Clase 1542: Elaboracion de azucar. h) Clase 1543: Elaboracion de cacao, chocolate y productos de confiteria. i) Clase 1544: Elaboracion de macarrones, fideos, alcuzcuz, y productos farinaceos similares. j) Clase 1549: Elaboracion de otros productos alimenticios. k) Clase 1553: Elaboracion de bebidas malteadas y de malta. l) Clase 1600: Elaboracion de productos de tabaco. Estas actividades se encuentran bajo el ambito de competencia administrativa del Sector. Articulo 2º.- Aprobar los formularios electronicos de la mencionada Encuesta, que forman parte de la presente Resolucion, cuya distribucion se efectuara a partir del 9 de setiembre del 2002. Dichos formularios estan dirigidos a las empresas Agroindustriales seleccionadas segun los ingresos por ventas netas en el ano 2001: Formularios F: para empresas seleccionadas que obtuvieron ingresos por ventas netas durante el ano 2001 menores a S/. 300 000,00 (trescientos mil Nuevos Soles). Formularios F-1: para empresas seleccionadas que obtuvieron ingresos por ventas netas durante el ano 2001 de S/. 300 000,00 (trescientos mil Nuevos Soles) hasta S/ . 2 000 000,00 (dos millones de Nuevos Soles) y tengan un solo establecimiento. La empresa agroindustrial seleccionada con ventas netas en este rango que cuenta con mas

INEI
Autorizan realizacion de la "Encuesta Economica Anual 2001 Sector Agroindustrial"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 268-2002 INEI
MORDAZA, 3 de setiembre del 2002 Visto el Oficio Nº 756-2002-AG-DGIA/144-DE de la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando la autorizacion para realizar la "Encuesta Economica Anual 2001 Sector Agroindustrial"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad economica del Sector Agroindustrial en el MORDAZA, es necesario realizar

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