Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2002 (07/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 7 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 229573

base legal la Ley de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley Nº 24047; Ley de Deposito Legal, Ley Nº 26905; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-98ED, y la Ley Organica del Ministerio de Educacion, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, el presente Reglamento y demas normas complementarias. Articulo 3º.- Aplicacion del Reglamento Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicacion y cumplimiento obligatorio de las diversas unidades organicas de la Biblioteca Nacional del Peru. TITULO II BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU DE LA NATURALEZA, VISION, MISION, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES Articulo 4º.- Naturaleza La Biblioteca Nacional del Peru es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion con personeria juridica de derecho publico interno. Tiene autonomia tecnica, administrativa y economica, y actua en concordancia con la politica educativa y cultural que fija la Alta Direccion del Sector Educacion. Articulo 5º.- Desarrollo de actividades y sede institucional La Biblioteca Nacional del Peru constituye el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas y desarrolla sus actividades a nivel nacional. Su sede esta ubicada en la MORDAZA de Lima. Articulo 6º.- Vision La Biblioteca Nacional del Peru tiene como vision constituirse en una institucion cultural consolidada, dinamica y moderna, en tanto depositaria de la produccion documental bibliografica peruana, peruanista y de la mas relevante del extranjero; Centro Nacional de Informacion y verdadero lider en el contexto del Sistema Nacional de Bibliotecas al servicio de la educacion e investigacion tecnica y cientifica para el desarrollo social, cultural y economico del pais. Articulo 7º.- Mision La Biblioteca Nacional del Peru es una institucion dedicada a la administracion eficiente y eficaz del patrimonio cultural documental bibliografico, asi como del capital universal que posee con la finalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, cientifico y tecnologico, contribuyendo al desarrollo economico y social, y apoyando la formacion de ciudadanos y asociaciones, informados y proactivos. Articulo 8º.- Objetivos Son objetivos de la Biblioteca Nacional del Peru los siguientes: a. Fomentar y asegurar la integracion, conservacion, difusion, defensa y control del patrimonio cultural documental-bibliografico de la Nacion, comprendiendo el patrimonio digital. b. Asegurar un servicio bibliotecario especializado y de informacion eficiente y de calidad, tendiente a satisfacer la demanda de los estudiosos e investigadores de nuestra cultura, la ciencia, la tecnica y la realidad nacional. c. Fortalecer y asegurar el desarrollo del servicio bibliotecario nacional, con el apoyo de los gobiernos regionales y locales; y la institucionalizacion y funcionamiento descentralizado de los centros coordinadores y red de bibliotecas a nivel regional, departamental y local. d. Fomentar la capacitacion del personal para garantizar el desarrollo y optimizacion permanente del servicio bibliotecario nacional. e. Actuar como organismo consultivo y de asesoramiento de los poderes publicos, gobiernos regionales y locales en las areas de su competencia. f. Impulsar el desarrollo de politicas de promocion del libro y la lectura, asi como de apoyo a la produccion intelectual de los peruanos, la edicion y difusion de sus obras. g. Promover y asegurar la cooperacion y participacion de instituciones y organismos publicos y privados, nacionales e internacionales, para el apoyo en la organizacion y gestion de programas y proyectos de desarrollo bibliotecario nacional.

Articulo 9º.- Funciones Generales Las funciones de la Biblioteca Nacional del Peru son las siguientes: a. Formular, conducir, supervisar y evaluar el cumplimiento de las politicas y planes de desarrollo bibliotecologico nacional dentro del MORDAZA de la politica educativa y cultural del Estado, acorde a los objetivos estrategicos del Sector Educacion. b. Conducir, normar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de defensa, conservacion, preservacion, identificacion, acopio, sistematizacion, declaracion, control, difusion, promocion e investigacion del patrimonio cultural documental-bibliografico de la Nacion. c. Normar, conducir, ejecutar, supervisar y evaluar los servicios bibliotecarios especializados que se brinda a los investigadores y comunidad academica. d. Organizar, establecer y optimizar permanentemente mecanismos que posibiliten el cumplimiento del Deposito Legal en atencion a la Ley Nº 26905 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-98-ED, y asegurar la publicacion y difusion de la Bibliografia Nacional. e. Coordinar, conducir, ejecutar, evaluar acciones y programas de caracter tecnico bibliografico orientado a la optimizacion y desarrollo de la organizacion y gestion del servicio bibliotecario nacional. f. Establecer y desarrollar coordinaciones, acuerdos y convenios con entidades educativas, gobiernos regionales y locales y otros organismos del sector publico y privado para la ejecucion de acciones y programas orientados a promover y mejorar la integracion, el desarrollo institucional, la ampliacion y mejoramiento del Sistema Nacional de Bibliotecas. g. Fomentar, ejecutar, apoyar y difundir acciones y programas de estudio e investigacion bibliografica y desarrollo bibliotecario. h. Promover y evaluar programas y acciones de extension bibliotecaria y cultural, orientadas a fortalecer la identidad y el desarrollo cultural del pais. i. Conducir, ejecutar y evaluar acciones y programas de formacion, capacitacion y actualizacion tecnico-profesional en el area de bibliotecologia y ciencias de la informacion para potenciar el desarrollo institucional del Sistema Nacional de Bibliotecas. j. Establecer y celebrar acuerdos, convenios y alianzas estrategicas de cooperacion tecnica y financiera con entidades educativas, organismos publicos y privados, tanto nacionales como extranjeros, orientados a fortalecer el mejoramiento y desarrollo del servicio y el Sistema Nacional de Bibliotecas. k. Fomentar, formular y ejecutar, en coordinacion con el Ministerio de Educacion y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, politicas de promocion sobre esta materia; y, l. Promover y estimular la capacidad creativa y produccion intelectual de los peruanos, brindando apoyo para la edicion y difusion de sus obras, de acuerdo a la politica editorial de la institucion. TITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGANICA, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 10º.- La estructura organica de la Biblioteca Nacional del Peru es la siguiente: A.- ALTA DIRECCION - Direccion Nacional - Direcciones Tecnicas: . Direccion Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru . Direccion Tecnica del Sistema Nacional de Bibliotecas - Secretaria General B.- ORGANOS CONSULTIVOS - Patronato de la Biblioteca Nacional del Peru - Consejo Nacional del Libro y la Lectura

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.