NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (07/09/2002)
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Pág. 229573 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de setiembre de 2002 base legal la Ley de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 24047; Ley de Depósito Legal, Ley Nº 26905; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-98- ED, y la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, el presente Reglamento y demás normas complementarias. Artículo 3º.- Aplicación del Reglamento Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación y cumplimiento obligatorio de las diver- sas unidades orgánicas de la Biblioteca Nacional del Perú. TÍTULO II BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ DE LA NATURALEZA, VISIÓN, MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES Artículo 4º.- Naturaleza La Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Pú- blico Descentralizado del Sector Educación con perso- nería jurídica de derecho público interno. Tiene autono- mía técnica, administrativa y económica, y actúa en con- cordancia con la política educativa y cultural que fija la Alta Dirección del Sector Educación. Artículo 5º.- Desarrollo de actividades y sede ins- titucional La Biblioteca Nacional del Perú constituye el ente rec- tor del Sistema Nacional de Bibliotecas y desarrolla sus actividades a nivel nacional. Su sede está ubicada en la ciudad de Lima. Artículo 6º.- Visión La Biblioteca Nacional del Perú tiene como visión cons- tituirse en una institución cultural consolidada, dinámica y moderna, en tanto depositaria de la producción docu- mental bibliográfica peruana, peruanista y de la más re- levante del extranjero; Centro Nacional de Información y verdadero líder en el contexto del Sistema Nacional de Bibliotecas al servicio de la educación e investigación téc- nica y científica para el desarrollo social, cultural y eco- nómico del país. Artículo 7º.- Misión La Biblioteca Nacional del Perú es una institución dedi- cada a la administración eficiente y eficaz del patrimonio cultural documental bibliográfico, así como del capital uni- versal que posee con la finalidad de coadyuvar al desarro- llo cultural, científico y tecnológico, contribuyendo al desa- rrollo económico y social, y apoyando la formación de ciu- dadanos y asociaciones, informados y proactivos. Artículo 8º.- Objetivos Son objetivos de la Biblioteca Nacional del Perú los siguientes: a. Fomentar y asegurar la integración, conservación, difusión, defensa y control del patrimonio cultural docu- mental-bibliográfico de la Nación, comprendiendo el pa- trimonio digital. b. Asegurar un servicio bibliotecario especializado y de información eficiente y de calidad, tendiente a satisfa- cer la demanda de los estudiosos e investigadores de nues- tra cultura, la ciencia, la técnica y la realidad nacional. c. Fortalecer y asegurar el desarrollo del servicio bi- bliotecario nacional, con el apoyo de los gobiernos regio- nales y locales; y la institucionalización y funcionamiento descentralizado de los centros coordinadores y red de bibliotecas a nivel regional, departamental y local. d. Fomentar la capacitación del personal para garan- tizar el desarrollo y optimización permanente del servicio bibliotecario nacional. e. Actuar como organismo consultivo y de asesora- miento de los poderes públicos, gobiernos regionales y locales en las áreas de su competencia. f. Impulsar el desarrollo de políticas de promoción del libro y la lectura, así como de apoyo a la producción inte- lectual de los peruanos, la edición y difusión de sus obras. g. Promover y asegurar la cooperación y participa- ción de instituciones y organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, para el apoyo en la organi- zación y gestión de programas y proyectos de desarrollo bibliotecario nacional.Artículo 9º.- Funciones Generales Las funciones de la Biblioteca Nacional del Perú son las siguientes: a. Formular, conducir, supervisar y evaluar el cumpli- miento de las políticas y planes de desarrollo biblioteco- lógico nacional dentro del marco de la política educativa y cultural del Estado, acorde a los objetivos estratégicos del Sector Educación. b. Conducir, normar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de defensa, conservación, preservación, iden- tificación, acopio, sistematización, declaración, control, difusión, promoción e investigación del patrimonio cultu- ral documental-bibliográfico de la Nación. c. Normar, conducir, ejecutar, supervisar y evaluar los servicios bibliotecarios especializados que se brinda a los investigadores y comunidad académica. d. Organizar, establecer y optimizar permanentemen- te mecanismos que posibiliten el cumplimiento del Depó- sito Legal en atención a la Ley Nº 26905 y su Reglamen- to, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-98-ED, y ase- gurar la publicación y difusión de la Bibliografía Nacional. e. Coordinar, conducir, ejecutar, evaluar acciones y programas de carácter técnico bibliográfico orientado a la optimización y desarrollo de la organización y gestión del servicio bibliotecario nacional. f. Establecer y desarrollar coordinaciones, acuerdos y convenios con entidades educativas, gobiernos regio- nales y locales y otros organismos del sector público y privado para la ejecución de acciones y programas orien- tados a promover y mejorar la integración, el desarrollo institucional, la ampliación y mejoramiento del Sistema Nacional de Bibliotecas. g. Fomentar, ejecutar, apoyar y difundir acciones y programas de estudio e investigación bibliográfica y de- sarrollo bibliotecario. h. Promover y evaluar programas y acciones de ex- tensión bibliotecaria y cultural, orientadas a fortalecer la identidad y el desarrollo cultural del país. i. Conducir, ejecutar y evaluar acciones y programas de formación, capacitación y actualización técnico-pro- fesional en el área de bibliotecología y ciencias de la in- formación para potenciar el desarrollo institucional del Sis- tema Nacional de Bibliotecas. j. Establecer y celebrar acuerdos, convenios y alian- zas estratégicas de cooperación técnica y financiera con entidades educativas, organismos públicos y privados, tanto nacionales como extranjeros, orientados a fortale- cer el mejoramiento y desarrollo del servicio y el Sistema Nacional de Bibliotecas. k. Fomentar, formular y ejecutar, en coordinación con el Ministerio de Educación y el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, políticas de promoción sobre esta materia; y, l. Promover y estimular la capacidad creativa y pro- ducción intelectual de los peruanos, brindando apoyo para la edición y difusión de sus obras, de acuerdo a la políti- ca editorial de la institución. TÍTULO III DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES CAPÍTULO I DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 10º.- La estructura orgánica de la Biblioteca Nacional del Perú es la siguiente: A.- ALTA DIRECCIÓN - Dirección Nacional - Direcciones Técnicas: . Dirección Técnica de la Biblioteca Nacional del Perú . Dirección Técnica del Sistema Nacional de Biblio- tecas - Secretaría General B.- ÓRGANOS CONSULTIVOS - Patronato de la Biblioteca Nacional del Perú - Consejo Nacional del Libro y la Lectura