Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2002 (07/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de setiembre de 2002

tas a contemplarse en los Planes Estrategicos y Planes Operativos de la Institucion para el desarrollo de los servicios y la Red de Bibliotecas Publicas. b. Organizar, promover y ejecutar acciones y programas de coordinacion y apoyo a los gobiernos regionales y locales para los aspectos de organizacion y desarrollo de los servicios y la Red de Bibliotecas Publicas. c. Coordinar, proponer, supervisar y evaluar el diseno, formulacion e implementacion de normas, procedimientos y otras de caracter tecnico y de alcance nacional, orientadas a promover y asegurar la calidad, eficiencia y desarrollo de la organizacion, gestion y funcionamiento de los servicios y de la Red de Bibliotecas Publicas del pais. d. Promover y apoyar, en coordinacion y concertacion con los gobiernos regionales y locales, acciones y programas de fomento y promocion del libro y la lectura, orientadas a mejorar el nivel educativo y cultural de la poblacion. e. Conducir, ejecutar y evaluar la organizacion y gestion de los servicios bibliotecarios institucionales que se prestan directamente a traves de las Bibliotecas Publicas localizadas en los distritos perifericos de MORDAZA, asi como en las diversas MORDAZA de lectura de la sede institucional de la Biblioteca Nacional del Peru. f. Fomentar y coordinar estudios e investigaciones relativos a la influencia de las Bibliotecas Publicas y sus servicios como unidades dinamicas y de gran impacto en el desarrollo individual y colectivo; cultural, economico y social de la poblacion. g. Fomentar y coordinar la ejecucion de programas y acciones de capacitacion y actualizacion tecnica profesional del personal encargado de la organizacion y gestion de los servicios de las Redes Regionales y Locales de Bibliotecas Publicas del pais. h. Promover la participacion y cooperacion de los diversos sectores publicos y privados, organismos nacionales e internacionales vinculados al desarrollo integral de las redes y de los servicios de las Bibliotecas Publicas. i. Asesorar a las autoridades del Sector Educacion, gobiernos regionales y locales en asuntos relacionados en el ambito de su competencia. j. Ejercer otras funciones que le asigne la Direccion Tecnica del Sistema Nacional de Bibliotecas. Articulo 84º.- Unidades organicas del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Publicas El Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Publicas esta integrado por las siguientes unidades organicas que tienen la categoria de Direcciones Ejecutivas: - Direccion de Promocion y Desarrollo de Bibliotecas Publicas; - Direccion de Servicios Bibliotecarios Publicos; y, - Direccion de Bibliotecas Publicas Perifericas. Articulo 85º.- Direccion de Promocion y Desarrollo de Bibliotecas Publicas La Direccion de Promocion y Desarrollo de Bibliotecas Publicas es el organo de linea responsable de promover, conducir y evaluar la coordinacion y el apoyo a la formulacion y ejecucion de politicas y programas de integracion, ampliacion y mejoramiento de la Red y del servicio de las Bibliotecas Publicas del pais. Articulo 86º.- Direccion de Servicios Bibliotecarios Publicos La Direccion de Servicios Bibliotecarios Publicos es el organo de linea responsable de normar, conducir, supervisar y evaluar la organizacion y gestion de las acciones y servicios bibliotecarios publicos que institucionalmente se brindan en la sede central de la Biblioteca Nacional del Peru. Articulo 87º.- Direccion de Bibliotecas Publicas Perifericas La Direccion de Bibliotecas Publicas Perifericas es el organo de linea responsable de la direccion, gestion, supervision y evaluacion de los servicios bibliotecarios publicos que institucionalmente administra la Biblioteca Nacional del Peru como servicios de extension bibliotecaria, situados en los distritos perifericos de Lima.

Articulo 88º.- Estructura del Sistema Nacional de Bibliotecas Para hacer viable la consecucion y cumplimiento de los objetivos fijados, el sistema se organiza a traves de la estructura siguiente: a. Centro Coordinador Nacional; b. Centros Coordinadores Regionales; y, c. Unidades de Informacion Local. Articulo 89º.- Centro Coordinador Nacional El Centro Coordinador Nacional esta representado por la Biblioteca Nacional del Peru, que a su vez viabiliza su accion rectora y de coordinacion a traves de la Direccion Tecnica del Sistema de Bibliotecas y sus organos de linea: el Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Academicas y el Centro Coordinador de Bibliotecas Publicas. Articulo 90º.- Centros Coordinadores Regionales Los Centros Coordinadores Regionales estan constituidos por las Bibliotecas o Unidades de Informacion competentes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que determine el Centro Coordinador Nacional con las autoridades competentes. Sirven de enlace y apoyo tecnico entre los Centros Coordinadores de la Red de Bibliotecas y las Unidades de Informacion Local. Las funciones y atribuciones de los Centros Coordinadores Regionales seran reglamentadas y aprobadas por Resolucion Directoral Nacional. Articulo 91º.- Unidades de Informacion Local Las Unidades de Informacion Local constituyen los componentes basicos del servicio y las redes locales y regionales del Sistema Nacional de Bibliotecas y estan representadas por los diversos tipos de Bibliotecas, Centros de Documentacion e Informacion y otros entes afines, MORDAZA estos del sector publico o privado. TITULO V RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 92º.- Relaciones Interinstitucionales La Biblioteca Nacional del Peru mantiene relaciones interinstitucionales con otras entidades y organismos del sector publico y privado del pais. En el ambito internacional, mantiene relaciones con entidades afines y con organismos de Cooperacion Tecnica y Financiera. Coordina con las diversas instituciones y dependencias del sector Educacion, con entidades, Organismos Departamentales y Gobiernos Locales, sin limitar su autonomia tecnica, administrativa, economica y financiera. TITULO VI DEL REGIMEN LABORAL Articulo 93º.- Regimen laboral El personal de la Biblioteca Nacional del Peru esta comprendido dentro del regimen laboral de la actividad publica normado por la Ley de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. TITULO VII DEL REGIMEN ECONOMICO Articulo 94º.- Recursos economico-financieros Son recursos economico-financieros de la Biblioteca Nacional del Peru: a. Las asignaciones presupuestales provenientes del Tesoro Publico y de leyes especificas. b. Los ingresos propios o recursos directamente recaudados. c. Los que se obtengan por convenios de cooperacion tecnica, cultural y financiera, nacional e internacional. d. Las donaciones legales recibidas de terceros para fines institucionales.

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