NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (18/09/2002)
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Pág. 230130 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de setiembre de 2002 Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la avenida, de tal manera que cuando se ejecu- ten reparaciones no se comprometa al sardinel; la cali- dad del concreto será de f’c=175kg/cm2 . Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- La administrada deberá poner en cono- cimiento la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los proyectos que serán aprobados por Luz del Sur. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones te- lefónicas, la administrada deberá coordinar con la Ge- rencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- CONSIDERAR, a la presente Ha- bilitación Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea. Artículo C uarto .- DISPONER, quede como carga ins- crita en el Registro de Propiedad Inmueble de Lima, la obligación de la propietaria de cancelar los déficits de apor- tes reglamentarios, que serán redimidos en dinero y can- celados antes de la recepción de obras; quedando como garantía el Lote Único, constituido por el Lote Nº 6, Mz J de la Parcelación Semi Rústica “E l Derby de Monterrico”. En cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por De- creto Supremo Nº 011-98-MTC artículo 29º, los déficits de aportes para Recreación Pública y Otros Fines serán va- lorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco, para Parques Zonales en el SERPAR-LIMA, y para el Ministerio de Educación en dicho Ministerio. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de MARÍA MERCEDES REJAS PINAZO, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado, sufragando los gastos que irrogue la mencionada publicación. Artículo Sexto.- REMITIR, los presentes actuados administrativos en copia simple a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su verificación de acuerdo a Ley. Artículo Sétimo.- ENCARGAR el cumplimiento de los artículos precedentes a la Dirección de Desarrollo Urba- no, a través de la Subdirección de Obras Privadas. Registrese, comuniquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMO T Alcalde 16666 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Autorizan adquisición de equipos de sonido y proyección a utilizarse en obra: "Rehabilitación y Remodelación del Teatro Municipal" ACUERDO MUNICIPAL Nº 037-2002-C/CPP San Miguel de Piura, 10 de setiembre del 2002 Visto, el Dictamen Nº 079-2002-CDU/MPP, de fecha 5 de setiembre del 2002, de la Comisión de Desarrollo Ur- bano; CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 262-2002-DL/MPP, la Directora de Logística hace de conocimiento las gestiones realiza- das en la ciudad de Lima, relacionadas con la adquisi- ción de materiales y equipos para la ejecución de la Obra "Rehabilitación y Remodelación del Teatro Municipal"; Que, en dicho informe se señala de materiales espe- ciales en su ejecución que como el caso de acústica, sonido, proyección y dry wall, no existen proveedores o cuentan con uno solo;Que, la Dirección de Logística y el Ingeniero residente de la obra han constatado lo señalado opinando por la necesi- dad de exonerar del proceso de Adjudicación Directa Selec- tiva de los bienes antes referidos, conforme lo establece el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do - D.S. Nº 012-2001-PCM, que en su Art. 19º Inc. f) señala: "Están exoneradas de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos", contando para ello con informe favorable Nº 029-2002-CPC/OTP/MPP del Asesor Legal de Proyectos Especiales; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano, a través del Dic- tamen Nº 079-2002-CDU/MPP, recomienda aprobar la exo- neración de la Adjudicación Directa del material de acústica y el Dry Wall, así como la importación directa de los equi- pos de sonido y de proyección a utilizarse en la Obra "Re- habilitación y Remodelación del Teatro Municipal"; Que, en mérito a lo expuesto, a lo acordado en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 9 de setiembre del 2002, de conformidad con lo establecido en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 012- 2001-PCM y en uso de las atribuciones conferidas median- te Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proce- so de Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de los siguientes bienes: Dry Wall, aislantes, Sistema de Sonido Smart y Sistema de Proyección - Film TR SYS a utilizarse en la Obra "Rehabilitación y Remodelación del Teatro Municipal". Artículo Segundo.- Autorizar al Órgano Encargado la adquisición de los bienes referidos en el artículo pre- cedente, bajo la modalidad de adjudicación de menor cuantía. Artículo Tercero.- El valor referencial de la adquisición de bienes es: -Instalación de Dry Wall S/. 69,203.00 -Instalación de aislantes y recubrimiento S/.189,466.13 -Sistema de sonido Smart S/.118,219.50 -Sistema de Proyección Film TR.SYS. S/.136,797.50 Artículo Cuarto.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- Remitir dentro de los 10 días ca- lendario copia del Acuerdo Municipal y los Informes téc- nico y legal que lo sustenten a la Contraloría General de la República. Artículo Sexto.- Dése cuenta a la Comisión de De- sarrollo Urbano, Dirección Municipal, Dirección de Logís- tica, y a la Contraloría General de la República, para co- nocimiento y fines. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese. FRANCISCO HILBCK EGUIGUREN Alcalde 16653 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo sobre Cooperación y Coordinación en Mate- ria de Sanidad Agropecuaria, suscrito con la República Federativa del Brasil De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/207, comunica que el referido Acuerdo, suscrito el 6 de diciembre de 1999, ratificado por Decreto Supremo Nº 059-2002-RE del 14 de junio de 2002 y publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano el 3 de julio de 2002, entrará en vigencia para ambos países el 2 de octubre del año 2002. 16678