NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (18/09/2002)
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Pág. 230128 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de setiembre de 2002 les contribuyentes, ascendente a la suma de S/. 34'320,492.74 Nuevos Soles; Que, ante la difícil situación económica por la que vie- ne atravesando esta Comuna y con el objeto de dar solu- ción a los problemas de orden económico y financiero de la Institución, se ha visto la necesidad de aumentar la eficacia de la recaudación a través de la contratación de una Empresa Especializada en Fiscalización y Asesoría en Recaudación y Cobranza Tributaria; Que, en lo concerniente a las especificaciones técnicas que se debe tener en cuenta para la contratación de dicha Empresa, está entre otros rubros, conocer el número de contratos suscritos por ésta en los últimos dos años en este tipo de labores, monto comprobado y recaudado en el pe- ríodo 2000 y 2001 a favor de Municipalidades e Institucio- nes Públicas y la garantía de un 80% de eficacia sobre el monto referencial, que en este caso específico asciende a la suma de S/. 3'432,050 Nuevos Soles; Por tanto estando a lo expuesto, al Informe Nº 633- 2002-DAJ-MDEA de la Dirección de Asesoría Jurídica, al Dictamen de la Comisión de Rentas (Informe Nº 23- C.R.R.2002-MDEA), en uso de las atribuciones conferi- das por la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, por votación unánime el Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo 1º.- Autorizar la contratación por Servicios Per- sonalísimos de Asesoría Legal, para la Defensa, Fiscaliza- ción y Recaudación Tributaria de la deuda administrativa a favor de la Municipalidad Distrital de El Agustino, que tienen las Empresas Sedapal, Telefónica del Perú, Edelnor, Luz del Sur, Edegel, Etecen, Ferrovías Andinas, Cable Mágico, Ca- ble Express, entre otras, por concepto de Licencia de Cons- trucción, Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Administrativas, debiendo procederse con la ejecución de los procesos de selección que corresponda, en concordancia con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, con el objetivo de que se realice las co- branzas correspondientes a las Entidades deudoras y encar- gando su cumplimiento a las Áreas Administrativas respecti- vas y dado la naturaleza de dichas cobranzas, exonerar de los procesos de selección referidos anteriormente con suje- ción a la Ley. Artículo 2º.- Póngase en conocimiento con el presente Acuerdo a las Áreas Administrativas competentes para conocimiento y fines, debiendo la Secretaría General del Concejo disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano debiendo elevar los antecedentes conforme a Ley a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO Alcalde 16659 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Otorgan beneficio de regularización administrativa de Licencia Provisional y Licencia Permanente ORDENANZA Nº 065-MDR Rímac, 11 de setiembre del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Teniente Alcal- desa, encargada de la Alcaldía, Econ. Rosa Olinda Liza Nunton, con la asistencia de los señores Regidores: William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, María Manuela Pinta- do de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo.CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 27680, con- cordado con el Art. 2º de Ley Orgánica de Municipali- dades, señala que las Municipalidades Provinciales, Dis- tritales, son los órganos de Gobierno Local, que emanan de la Voluntad popular. Son personas jurídicas de dere- cho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Ordenanza Nº 047-MDR se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente en el cual se establece el pago de los derechos y toda la información relativa a la tramitación de los procedimien- tos administrativos que se realicen en las diferentes de- pendencias de la Municipalidad; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 23853 las Municipalidades tienen la facultad de fiscalizar y con- trol el funcionamiento de locales comerciales en el distri- to, habiéndose detectado a través de la División de Fis- calización Tributaria la existencia de establecimientos que vienen operando en el distrito sin contar con Licencia Municipal de Funcionamiento, habiéndoseles impuesto la sanción correspondiente de acuerdo al Reglamento de Aplicación de Sanciones; Que, es necesario dictar las medidas necesarias que incentiven a los señores comerciantes a regularizar di- cha situación con la obtención de su Licencia de Funcio- namiento correspondiente; Que, la actual gestión Municipal consciente de la difí- cil situación económica que viene atravesando el país otorga facilidades a los vecinos rimenses para regulari- zar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ad- ministrativas, por lo cual se hace necesario otorgar be- neficios a favor de los administrados; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dis- puesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar en el distrito del Rímac el beneficio de Regularización administrativa de Licencia Provisional y Licencia Permanente, simplificando el trá- mite y disminuyendo el monto de pago de derechos que se consignan en el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA). Artículo Segundo.- De los montos por Derechos de Trámite de Zonificación, Compatibilidad de Uso, acondi- cionamiento de local y Licencia de Funcionamiento esta- blecidos en nuestro Texto Único de Procedimiento Admi- nistrativo, el beneficiado efectuará los pagos señalados con un descuento del 50% tanto para el caso de Licencia Permanente como para el caso de Licencia Provisional, según el siguiente detalle: Caso 1: 2.Certificado de Zonificación, Compatibilidad de Uso y Acondicionamiento de Local S/. 190.00 3.Licencia Provisional 70.00 Pago según TUPA S/. 260.00 50% Descuento 130.00 Total a pagar con beneficio otorgado S/. 130.00 Caso 2: 2.Certificado de Zonificación, Compatibilidad de Uso y Acondicionamiento de Local S/. 190.00 3.Licencia Permanente 300.00 Pago según TUPA S/. 490.00 50% Descuento 245 Total a pagar con beneficio otorgado S/. 245.00 Artículo Tercero.- Para acogerse al beneficio de la presente Ordenanza los interesados deberán cumplir con la presentación de los siguientes requisitos: a) Solicitud-Declaración Jurada presentada en forma- to especial proporcionado por la Municipalidad, con el cual se tramita la Zonificación, Compatibilidad de Uso, acondicionamiento de local y Licencia Municipal de Fun- cionamiento. b) Recibo de Pago por derecho de trámite de Certifi- cado de Zonificación, Compatibilidad de Uso, Acondicio- namiento de Local.