NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (18/09/2002)
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Pág. 230113 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de setiembre de 2002 Aprueban Reglamento de Control del Financiamiento de la Campaña Electo- ral del Proceso de Elecciones Regiona- les y Municipales 2002 RESOLUCIÓN Nº 535-2002-JNE Lima, 16 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que el artículo 35º de la Constitución Política del Es- tado precisa que la ley establece normas orientadas a asegurar el funcionamiento democrático de los partidos políticos y la transparencia en cuanto al origen de sus recursos económicos; Que el artículo 183º de la Ley Orgánica de Eleccio- nes Nº 26859 establece que las organizaciones políti- cas, sean partidos políticos, agrupaciones independien- tes, alianzas y listas independientes, presentan al Jura- do Nacional de Elecciones la proyección de los fondos que serán invertidos durante el desarrollo de un proceso electoral así como su fuente de financiamiento dentro de los sesenta (60) días anteriores a las elecciones; y, pos- teriormente, dentro de los sesenta (60) días de procla- mados los resultados oficiales, la relación de los gastos realizados en la campaña electoral, quedando el Jurado Nacional de Elecciones facultado para efectuar las inda- gaciones necesarias para establecer la exactitud del movimiento económico correspondiente a dicha campa- ña; Que para garantizar la realización de elecciones libres y transparentes, el propio sistema constitucio- nal democrático ha previsto la existencia de mecanis- mos e instituciones de control; siendo el Jurado Na- cional de Elecciones por mandato constitucional y le- gal el órgano encargado del control del financiamien- to de las campañas electorales que desarrollan las organizaciones políticas, teniendo además la función de mantener y custodiar el Registro de Organizacio- nes Políticas, así como velar por el cumplimiento de las normas sobre las organizaciones políticas, tal como está establecido en el artículo 178º de la Cons- titución Política del Estado ; Que a fin de cumplir y dar eficiencia a las funcio- nes de fiscalización propias del Jurado Nacional de Elecciones, se precisa el establecimiento de un siste- ma de control y transparencia del financiamiento de la campaña electoral del proceso de elecciones re- gionales y municipales en curso, el cual permita efec- tuar las indagaciones necesarias para establecer la exactitud del movimiento económico correspondiente a dicha campaña electoral, tal como lo ordena el artí- culo 183º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, con arreglo a lo previsto en el artículo 35º de la Cons- titución Política del Estado Peruano ; Que se ha tomado en cuenta, a su vez sugerencias y críticas remitidas por ciudadanos, organizaciones políti- cas e instituciones públicas, a partir del Proyecto de Con- trol del Financiamiento de la Campaña Electoral del Pro- ceso de Elecciones Regionales y Municipales 2002, pu- blicado el 27 de agosto del presente en el Diario Oficial El Peruano; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones constitucio- nales; RESUELVE: Artículo Primero: Aprobar el Reglamento de Control del Financiamiento de la Campaña Electoral del Proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2002, tal como se acompaña en el Anexo 1 que forma parte de la pre- sente Resolución, así como el uso de los formatos ad- juntos en los Anexos 2, 3 y 4. Artículo Segundo: Poner en conocimiento de los Ju- rados Electorales Especiales y de las organizaciones po- líticas inscritas en el Registro de Organizaciones Políti- cas del Jurado Nacional de Elecciones, el contenido de la presente resolución para su cumplimiento y fines con- siguientes.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA Secretario General ANEXO 1 REGLAMENTO DE CONTROL DEL FINANCIAMIENTO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL DEL PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2002 1. Naturaleza y finalidad: El propósito del presente Reglamento es el estableci- miento de un sistema de control y transparencia del fi- nanciamiento y origen de los recursos económicos de las organizaciones políticas durante el desarrollo del pro- ceso de elecciones regionales y municipales del año 2002, permitiendo al Jurado Nacional de Elecciones efectuar las indagaciones necesarias para establecer la exactitud del movimiento económico correspondiente a dicha cam- paña electoral, tal como lo ordena el artículo 183º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, con arreglo a lo previsto en el artículo 35º de la Constitución Política del Estado Peruano.1 2. Definición y ámbito de control de la campaña electoral: Se entiende por campaña electoral al conjunto de actos o actividades lícitas organizadas y realizadas por las organizaciones políticas durante el desarrollo de un proceso electoral, encaminada a obtener resultados elec- torales y políticos a través de la captación de votos de los ciudadanos en el día de la elección. El sistema de control y transparencia del financiamien- to de la campaña electoral del proceso de elecciones re- gionales y municipales del año 2002, está a cargo del Jurado Nacional de Elecciones y de los Jurados Electo- rales Especiales, siendo de aplicación para las organiza- ciones políticas nacionales, regionales y locales inscri- tas y que hayan presentado listas de candidatos, sean como partidos políticos, agrupaciones independientes o alianzas electorales, involucrando: 1) La proyección de sus gastos para afrontar el desarrollo de la campaña elec- toral; 2) la fuente del financiamiento con indicación del conjunto de sus ingresos relacionados con la campaña; y, 3) la relación de los gastos efectuados durante la cam- paña. 3. Formas y plazo de la campaña electoral: La campaña electoral comprende las siguientes acti- vidades: a. Propaganda electoral. b. Conferencias de prensa. c. Alquiler, compra, acondicionamiento y/o manteni- miento de locales políticos. d. Mítines o manifestaciones públicas. e. Espectáculos populares como funciones teatrales, cinematográficas u otras similares al aire libre o en recin- tos cerrados. 1 El presente reglamento no cubre el financiamiento público de las organizacio- nes políticas, el cual está restringido en el Perú a las campañas electorales y únicamente en lo que respecta a la propaganda electoral propalada gratuita- mente en los medios de comunicación por medio de la franja electoral. El con- trol de esta clase de financiamiento público se rige por normas específicas y por las directivas que emita el Jurado Nacional de Elecciones al respecto.