NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (29/09/2002)
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Pág. 230676 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de setiembre de 2002 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 17356 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 233-2002-EF Lima, 24 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en Sesión Extraor- dinaria de Concejo de fecha 14 de enero de 2000 aceptó la donación efectuada por "Project Perú" con sede en Guil- dford, Surrey, Inglaterra, consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artí- culo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la dona- ción efectuada por "Project Perú" con sede en Guildford, Surrey, Inglaterra, a favor de la Municipalidad Distrital de Hual- huas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, con- sistente en 20 paletas conteniendo artículos usados para la casa, algunas herramientas, dos sillas de ruedas y pintura, con un valor aproximado de US$ 400,00 (Cuatrocientos y 00/ 100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 3 de noviembre de 1999 y un peso aproximado de 1 000 kgs., según Conocimiento de Embar- que Nº 9MNES1140 de Hamburg Süd. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 17357RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2002-EF Lima, 24 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, en Sesión Extraor- dinaria de Concejo de fecha 24 de octubre de 2001 acep- tó la donación efectuada por Crystal Group Ltd. de Japón consistente en un vehículo destinado como ayuda a la reconstrucción de los daños causados por el sismo ocu- rrido el 23 de junio de 2001; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Or- denado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el De- creto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la do- nación efectuada por Crystal Group Ltd. de Japón, a fa- vor de la Municipalidad Distrital de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, consistente en un vehículo marca Honda, modelo Civic, año 1992, según Carta de Donación sin fecha y con un peso aproximado de 1 000 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº SMA- 006 de Orient Maritime Corporation (O.M.C.). Dicha do- nación ha sido destinada como ayuda a la reconstruc- ción de los daños causados por el sismo ocurrido el 23 de junio de 2001. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 17358 Aceptan donación efectuada a favor del INDECI para ayudar a damnificados del sismo ocurrido en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 235-2002-EF Lima, 24 de setiembre de 2002