Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2002 (29/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 29 de setiembre de 2002

REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA DEFENSORIA PARA EL PROYECTO CAMISEA CAPITULO I CREACION Y FINALIDAD Articulo 1º.- La Defensoria para el Proyecto Camisea se constituye como un organo adscrito al Ministerio de Energia y Minas. Ejerce sus funciones de manera neutral, sin estar sujeta a mandato imperativo. Se encuentra adscrita al pliego presupuestario del Sector Energia y Minas. El lugar de su Sede Central sera establecido por el Ministro de Energia y Minas, mediante Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- A la Defensoria para el Proyecto Camisea, le corresponde fundamentalmente desarrollar actividades tendientes a la prevencion de conflictos entre las poblaciones, instituciones, autoridades y empresas vinculadas al desarrollo y ejecucion del Proyecto Camisea, asi como mediar, conciliar o facilitar la busqueda de soluciones, en caso se hayan producido conflictos o controversias derivados de la realizacion de las actividades del Proyecto. Este MORDAZA tendra como objetivo fundamental la identificacion de los problemas, la recomendacion de medidas de prevencion de conflictos y la utilizacion de mecanismos de conciliacion y mediacion de una manera imparcial e independiente, respecto de las personas y entidades vinculadas al Proyecto Camisea. La competencia de la Defensoria para el Proyecto Camisea alcanza exclusivamente a los temas sociales y ambientales derivados del desarrollo e implementacion de las actividades del Proyecto. No ejerce funciones administrativas y/o jurisdiccionales, por lo que no sustituye ni duplica competencias establecidas a favor de entidades estatales. CAPITULO II DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA DEFENSORIA PARA EL PROYECTO CAMISEA Articulo 3º.- La estructura organica de la Defensoria para el Proyecto Camisea es la siguiente: a) b) c) d) e) Consejo Directivo. Despacho del Defensor para el Proyecto Camisea. Adjuntia en Asuntos Sociales. Adjuntia en Asuntos Ambientales. Adjuntia en Asuntos Administrativos.

b) El quorum de asistencia a las sesiones es de tres (3) miembros. Sera necesaria la asistencia del Presidente o del Vicepresidente para sesionar validamente. c) Los acuerdos se adoptan por mayoria de los miembros asistentes. El Defensor tiene MORDAZA dirimente. Articulo 6º.- El Defensor para el Proyecto Camisea ejerce funciones ejecutivas, de direccion y de representacion de la Institucion. Ejerce sus funciones de manera neutral, teniendo como mision principal la de velar por el respeto y el equilibrio de los intereses de las poblaciones, organizaciones, instituciones y empresas participantes en el area de influencia del Proyecto Camisea. Las condiciones que seran exigidas a la persona que sea designada en el cargo de Defensor para el Proyecto de Camisea son las siguientes: a) Tener por lo menos 30 anos de edad. b) Solvencia moral, facilidad para relacionarse con los demas, capacidad de compenetracion y buen criterio. c) Historial profesional satisfactorio. d) Conocimiento y experiencia en materias relacionadas a la explotacion de gas natural, asi como en cuestiones relacionados con temas ambientales y sociales. e) Conocimiento y experiencia sobre el entorno empresarial. f) Conocimientos y experiencia en materia de organizaciones internacionales de desarrollo y ONG´s. Articulo 7º.- El Defensor para el Proyecto Camisea sera designado por igual plazo de duracion que se le confiere a la persona juridica que representara. Su designacion se efectua mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energia y Minas. Dicha designacion podra ser revocada en cualquier momento debiendo procederse a elegir al MORDAZA Defensor siguiendo el procedimiento establecido en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 8º.- El Defensor cesara por alguna de las siguientes causas: a) Por renuncia. b) Por haber transcurrido el plazo a que se refiere el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 030-2002-EM. c) Por muerte o incapacidad permanente sobrevenida. d) Por actuar con negligencia en el cumplimiento de las obligaciones y deberes en el cargo. e) Por haber sido condenado mediante resolucion consentida, por delito doloso. f) Por incompatibilidad sobreviniente. La vacancia en el cargo sera declarada mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energia y Minas, por las causas previstas en los numerales MORDAZA citados. Vacante el cargo, se iniciara el procedimiento para el nombramiento del MORDAZA Defensor en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario. Articulo 9º.- La remuneracion que debera percibir el Defensor para el Proyecto Camisea sera determinada por la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Articulo 10º.- La condicion de Defensor para el Proyecto Camisea es incompatible con todo mandato representativo, cargo politico, filiacion politica o sindical, asociacion o fundacion, con la MORDAZA judicial o con el ejercicio de cualquier profesion u oficio, a excepcion de la docencia universitaria. Articulo 11º.- El Despacho del Defensor para el Proyecto Camisea contara con tres (3) Adjuntias especializadas cada una en asuntos ambientales, administrativos y sociales, respectivamente. El Defensor propondra al Consejo Directivo la designacion de dichos Adjuntos, que seran elegidos por mayoria simple de los Consejeros. Los Adjuntos deberan cumplir con los mismos requisitos que para ser Defensor, y contar con especializacion en las materias a su cargo.

Articulo 4º.- La Defensoria para el Proyecto Camisea contara con un Consejo Directivo, integrado por cinco (5) miembros, designados de acuerdo a la siguiente relacion: a) Tres (3) representantes de la persona juridica que sea designada en la Defensoria para el Proyecto Camisea. De entre estos se designara al Defensor para el Proyecto Camisea. b) Un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. c) Un (1) representante del Ministerio de Energia y Minas. Los integrantes del Consejo Directivo de la Defensoria para el Proyecto Camisea seran designados por Resolucion Suprema con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros y del Ministro de Energia y Minas. Articulo 5º.- El funcionamiento del Consejo Directivo se regira por las siguientes reglas: a) El Consejo Directivo sesionara ordinariamente, como minimo una vez al mes y extraordinariamente, cuando lo determine el Presidente o la mayoria de sus miembros.

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