Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2003 (02/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2003

El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 776 regula el Impuesto Predial, cuyo pago podra efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que la MORDAZA MORDAZA de Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica y de Parques y Jardines, establece que los Arbitrios son de periodicidad mensual y que la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA de Huachipa, podra determinar la recaudacion por periodos trimestrales; Que es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales del ejercicio fiscal 2003; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) Art. 36 y los Arts. 109 y 110 de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se dicta la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- Vencimiento para el pago de los tributos municipales (Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica y de Parques y Jardines) del ano 2003. Pago al contado Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : : : 28 de febrero 28 30 29 28 de febrero de MORDAZA de agosto de noviembre

Que con Informe Nº 017-2003-UA/MCPMSMH la Unidad de Abastecimiento indica que la situacion economica por la que atraviesa la entidad, podria agravarse por la demora en la captacion de los tributos municipales cuya primera cuota vence el dia 28 de febrero del presente ano; Que el inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001PCM establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la normatividad en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por situacion de Urgencia se considera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, facultando a la entidad la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Estando al Informe Nº 56-A-03-AL/MCPMSMH de la Oficina de Asesoria Legal y de conformidad con el Texto Unico de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia el Servicio Impresion de las Cuponeras de Pago para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspondiente al ejercicio fiscal 2003. Articulo 2º.- Autorizar la contratacion del Servicio de Impresion de las Cuponeras de Pago para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a la EMPRESA INTEGRAL TEAM ABLE SOLUTIONS S.A.C., hasta por el monto de S/. 14,160.00 (CATORCE MIL CIENTO SESENTA NUEVOS SOLES). Articulo 3º.- Disponer que el presente Acuerdo sea remitido a la Contraloria General de la Republica y efectuar su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 06301

Articulo 2º.- Fijar en 12.40 (Doce y 40/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los senores contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto y de recibos de pago correspondientes incluyendo su distribucion a domicilio de las declaraciones juradas por el ejercicio 2003 por cada predio. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 06300

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Autorizan celebracion de matrimonio civil comunal en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2003-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 31 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO:

Declaran en situacion de urgencia el servicio de impresion de cuponeras de pago para el cobro del Impuesto Predial y Arbitrios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-03-MCPMSMH
MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 21 de febrero de 2003 VISTO, el Informe Nº 017-2003 UA/MCPMSMH de la Unidad de Abastecimiento y el Informe Nº 56-A-03-AL/MCPMSMH de la Oficina de Asesoria Legal, los que constituyen el Informe Tecnico Legal exigido por el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que con Informe Nº 027-03-DAR/MCPMSMH la Direccion de Administracion y Rentas senala que el actual programa con el que cuenta la Municipalidad referido al Impuesto Predial y Arbitrios tiene deficiencias lo cual impediria que para este ano se efectue un calculo correcto de los mencionados tributos, entre otros problemas a consecuencia de las fallas del citado programa;

Que, de conformidad con el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, la Comunidad y el Estado protegen especialmente a la familia, promueven el Matrimonio y los reconocen como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion Juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en nuestra Constitucion; Que, en la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA existe un alto indice de parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el Matrimonio como

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