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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (02/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 242010 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de abril de 2003 Que, el 15 de febrero de 2003 se convocó al Concurso Público Nº 001-2003-FM "Servicio de Verificación de Infor- mación y Evaluación de Grupo de Control" cuyo valor refe- rencial fue de S/. 745,000.00 (Setecientos Cuarenta y Cin-co Mil y 00/100 Soles); Que, dicho proceso fue declarado nulo mediante Resolu- ción de Secretaría Ejecutiva Nº 018-SE-2003 de fecha 1de abril de 2003; Que, según el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional - BFH - Postulación Individual, aprobado porResolución Ministerial Nº 31-2003-VIVIENDA, una de las etapas del proceso de postulación al Proyecto Techo Pro- pio es la verificación de la información que sustenta elacceso de los postulantes al Bono Familiar Habitacional; Que, en la actualidad se encuentra en proceso la Segun- da Convocatoria del Proyecto Techo Propio, convocadamediante Resolución Ministerial Nº 028-2003-VIVIENDA de fecha 31 de enero de 2003, cuyo objeto es entregar hasta 2,000 Bonos Familiares Habitacionales, bajo la modalidadde adquisición de vivienda nueva; Que el cronograma de la citada convocatoria fue aproba- do por Resolución de Secretaría Ejecutiva Nº 010-SE-2003,modificada por la Resolución de Secretaría Ejecutiva Nº 17-SE-2003, el mismo que establece que la difusión de los beneficiarios definitivos del Bono Familiar Habitacional debeefectuarse a partir del 12 de mayo de 2003; Que, la Gerencia de Operaciones mediante memorán- dum Nº 013-2003-GO, con el objeto de cumplir con los obje-tivos del Proyecto Techo Propio y con el cronograma citado, solicita la contratación del "Servicio de Verificación de Infor- mación y Evaluación de Grupo de Control" correspondiente ala segunda convocatoria del Proyecto Techo Propio; Que, según el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa, según sea el caso,las adquisiciones o contrataciones que se realicen en si- tuación de emergencia o de urgencia declaradas de con- formidad con la citada Ley; Que, el artículo 21º del citado Texto Único Ordenado se- ñala que la situación de urgencia se configura cuando se produce la ausencia extraordinaria e imprevisible de determi-nado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales a cargo de una Entidad, facultando a la misma a adquirir los bienes ocontratar el servicio, sólo por el tiempo o cantidad necesaria para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que la situación de urgencia debe entenderse como unamedida temporal ante un hecho de excepción que determi- na una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis- pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que serealice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la Gerencia de Administración y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica han emitido opinión a través del Memorándum Nº 470-2003-GAP y el Memorándum Nº 83-2003-OAJ, respectivamente, conforme a lo dispuestoen el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, estando debidamente sustentada la situación de ur- gencia resulta procedente exonerar la contratación del "Servi- cio de Verificación de Información y Evaluación de Grupo deControl" únicamente para la Segunda Convocatoria del Pro- yecto Techo Propio, sin perjuicio de efectuar el proceso de selección que corresponda para la contratación definitiva; Que, según el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 114º de su Reglamento, las exoneraciones se aprobarán me-diante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contra- tación del "Servicio de Verificación de Información y Eva- luación de Grupo de Control" para la Segunda Convocato- ria del Proyecto Techo Propio.Artículo 2º.- Exonerar al Fondo MIVIVIENDA del proceso de selección correspondiente, para la contratación del servi- cio a que se refiere el Artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Presupuesto a contratar los servicios referidos en el Artí- culo 1º de la presente Resolución mediante el proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, hasta por un valorreferencial de S/. 42,892.21 (Cuarenta y Dos Mil Ochocien- tos Noventa y Dos y 21/100 Nuevos Soles). Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Presupuesto la remisión de una copia de la presente Resolución y de los documentos del Vistos a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calen-dario siguientes a la fecha de su expedición, conforme lo establece el Artículo 20° del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.RENÉ CORNEJO D. Secretario Ejecutivo 06359 I N E I Precisan Fuente de Financiamiento para la contratación de los Serviciosde Seguros Personales y No Personales INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 092-2003-INEI Lima, 31 de marzo del 2003 CONSIDERANDO:Que, en el Presupuesto Inicial de Apertura del Instituto Nacional de Estadística para el Ejercicio Fiscal 2003, apro-bado mediante Resolución Jefatural Nº 380-2002-INEI se consideró para el financiamiento de los Servicios de Segu- ros Personales y No Personales el monto de S/, 1´972,500,de los cuales S/. 1´789,236 corresponden a la fuente Re- cursos Ordinarios, S/. 180,000 a la fuente Recursos Direc- tamente Recaudados y S/. 3,264 por Donaciones y Trans-ferencias; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 028-2003-INEI se declaró en situación de urgencia la contratación del serviciode seguros personales y no personales del Instituto Nacional de Estadística e informática, en razón a la imperiosa necesi- dad de proteger los bienes patrimoniales de la institución y lasalud de los trabajadores toda vez que para el cumplimiento de sus funciones deben realizar labores de campo tanto en la supervisión como en la realización de encuestas, y se autori-zó su contratación mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, en tanto concluya el proceso de selección respectiva, período en el cual el INEI podría ver compro-metida en forma directa e inminente la continuidad de los servicios que tiene a su cargo; Que, con Oficio Nº E-090-2003 (GTN/MON) el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hace de conocimiento que en la citada Resolución Jefatu- ral, no se ha precisado la fuente de financiamiento delobjeto de la exoneración, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/ PRE , aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCOE/PRE; Con las visaciones de las Oficinas Técnicas de Adminis- tración; Presupuesto, Planificación y Cooperación Técni-ca; y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Estadística e informáti- ca"; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar que la Fuente de Finan- ciamiento para la contratación de los servicios de Seguros