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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (03/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 242048 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de abril de 2003 DECRETA: Artículo 1º.- Precísese que no se consideran afec- tos al Impuesto General a las Ventas, la venta de bienesasí como los servicios de expendio de comidas y/o be- bidas prestados a quienes tengan la calidad de pasaje- ros, en los locales autorizados y ubicados en la ZonaInternacional de los Aeropuertos de la República. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y porel Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de abril del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 06477 Aceptan donaciones efectuadas a fa- vor de asociación destinados a progra-ma de desayuno infantil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 097-2003-EF Lima, 2 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, Childcare International Coordinated by Univer- sal Aide Society de Canadá ha efectuado una donación a favor de la Asociación Cultural Johannes Gutenberg consistente en leche de soya que ha sido utilizada en laalimentación de los alumnos de Colegios pertenecientes a la referida Asociación en los distritos de El Agustino y Comas. Asimismo, para el Programa de desayuno in-fantil en los distritos de Comas, Carabayllo, Indepen- dencia y San Juan de Lurigancho; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decre- to Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gra-vadas con el Impuesto General a las Ventas, la importa- ción o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del SectorPúblico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im-puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efec-tuada por Childcare International Coordinated by Univer- sal Aide Society de Canadá, a favor de la Asociación Cultural Johannes Gutenberg consistente en leche desoya con un valor aproximado de US$ 2 350,00 (Dos Mil Trescientos Cincuenta y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Certificado de Donación sinfecha y Resolución Directoral Nº 0187-2002-SA/OFICE de fecha 28 de octubre de 2002 del Ministerio de Salud. Dicha donación ha sido utilizada en la alimentación delos alumnos de Colegios pertenecientes a la Asociación Cultural Johannes Gutenberg en los distritos de El Agus- tino y Comas. Asimismo, para el Programa de desayunoinfantil en los distritos de Comas, Carabayllo, Indepen- dencia y San Juan de Lurigancho. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo alConsumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra-ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Educa- ción y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 06480 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 098-2003-EF Lima, 2 de abril de 2003 CONSIDERANDO:Que, The Church of Jesus Christ of Latter - Day Saints de Salt Lake City, Utah, Estados Unidos de Amé-rica, ha efectuado una donación a favor de la Asociación Cultural Johannes Gutenberg consistente en leche en polvo utilizada en la alimentación de los alumnos de Co-legios pertenecientes a la referida Asociación en los dis- tritos de El Agustino y Comas. Asimismo, para el Progra- ma de desayuno infantil en los distritos de Comas, Cara-bayllo, Independencia y San Juan de Lurigancho; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e ImpuestoSelectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe-rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normasmodificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectua- da por The Church of Jesus Christ of Latter - Day Saints de Salt Lake City, Utah, Estados Unidos de América, a favor dela Asociación Cultural Johannes Gutenberg consistente en leche en polvo, según Certificado de Donación de fecha 10 de setiembre de 2002 y Resolución Directoral Nº 0178-2002-SA/OFICE de fecha 23 de octubre de 2002 del Ministerio de Salud y con un peso aproximado de 18 143 Kgs., según Conocimiento de Embarque Nº N33U8362LA/02 de Interna-tional Freight Transport. Dicha donación ha sido utilizada en la alimentación de los alumnos de Colegios pertenecientes a la Asociación Cultural Johannes Gutenberg en los distritosde El Agustino y Comas. Asimismo, para el Programa de desayuno infantil en los distritos de Comas, Carabayllo, In- dependencia y San Juan de Lurigancho. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im-puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF.