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PÆg. 242214 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de abril de 2003 Aprueban Beneficio Especial de Regula- rización y Saneamiento de MultasAdministrativas y Contratos deFraccionamiento ORDENANZA Nº 109-MJM Jesús María, 31 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 006-2003-CPEP-MJM dela Comisión de Planificación, Economía y Presupuesto;con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa deltrámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Y CONTRATOS DE FRACCIONAMIENTO Artículo Único.- APRUÉBESE el proyecto de Ordenan- za que otorga un Beneficio Especial de Regularización ySaneamiento de Multas Administrativas y Contratos de Frac-cionamiento, el mismo que consta de once Artículos y for-ma parte integrante de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 06565 Aprueban modificación de Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Pro-cedimientos de Ejecución Coactiva ORDENANZA Nº 110-MJM Jesús María, 31 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 007-2003-CPEP-MJM dela Comisión de Planificación, Economía y Presupuesto;con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa deltrámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA MODIFICACIÓN DEL ARANCEL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA Artículo Primero.- Aprobar la modificación del ARAN- CEL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES DE LOSPROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA DE LAMUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA, aprobada medianteOrdenanza Nº 07 del 26 de agosto de 1999, publicada el17 de setiembre de 1999, en lo que se refiere a "GastosProcesales" Código 001 el mismo que quedaría redactadoen la siguiente forma: CÓDIGO GASTOS PROCESALES 001 a) Para deudas menores e iguales a S/. 1000 10% del tributo liquidado b) Para deudas superiores a los S/. 1000 20% del tributo liquidadoArtículo Segundo.- Incorpórese el Código 028 en la Ordenanza Nº 07-99-MJM del 26 de agosto de 1999 deno-minada Tasa Social de Gastos y Costas Procesales, con elsiguiente detalle: CÓDIGO GASTOS Y COSTAS PROCESALES (TASA SOCIAL) 028 Tasa Social por Gastos y Costas Procesales importe único S/. 10.00 Nuevos Soles. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Oficina de Administración de Tribu-tos y Rentas y a la Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 06566 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Fijan tasa por servicio pœblico de esta- cionamiento vehicular ORDENANZA Nº 004-03/MDP Pucusana, 31 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA DE LA PROVINCIA YDEPARTAMENTO DE LIMA El Concejo Distrital de Pucusana en Sesión Extraor- dinaria de fecha 31 de marzo del 2003 y por mayoría de lasala en Acuerdo de Concejo Nº 048-03, se aprobó la Am-pliación del cobro de la Tasa por Servicio EstacionamientoVehicular; CONSIDERANDO:Que, teniéndose como antecedente la Ordenanza Nº 005-02/MDP, de fecha 20 de noviembre del 2002, enla cual se establece la Tasa por Servicio EstacionamientoVehicular, publicada en el Diario Oficial El Peruano Que, conforme al inciso 6) de artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, éstas son competentes paraorganizar, reglamentar y administrar los servicios públicos; Que, la Norma Cuarta del Título Preliminar del Nuevo Código Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816,establece que los gobiernos locales, mediante Ordenan-za, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones,arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentrode su jurisdicción y en los límites que señale la ley; Que, en los incisos a) y d) del Art. 68º de la Ley de Tributación Municipal, dispone que los gobiernos localespodrán imponer tasas por servicios públicos y tasas porestacionamiento de vehículos; Que, gran número de personas residentes temporales y no residentes concurren al distrito a disfrutar del solaz yfacilidades que brinda el balneario y sus playas. Esta situa-ción genera un notable incremento de los servicios efecti-vos que ofrece la municipalidad, con el consiguiente egre-so para cubrirlos, siendo necesario implementar ademásde los servicios existentes, otros colaterales que hacenindispensable por la presencia de miles de visitantes queconcurren a nuestras playas; Que, el incremento de los gastos que genera a la Munici- palidad el mantenimiento de los servicios de estaciona-miento vehicular y otros conexos, así como el acondicio-namiento y mantenimiento de los mismos deben necesa-riamente provenir de las contribuciones de las personasque hacen uso efectivo de dichos servicios en nuestrodistrito; Que la presente ordenanza está sujeta a los límites y facultades que sobre la materia disponen las OrdenanzasMunicipales Nºs. 211 y 212 de la Municipalidad de LimaMetropolitana; Estando a las consideraciones precedentes ya las facultades conferidas a las Municipalidades por el inci-so 03) del Art. 192º de la Constitución Política del Esta-do, y los incisos 4) del Art. 10º y 03) del Art. 36º de la