Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2003 (06/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

PROCEDIMIENTO EVALUACION PREVIA SAP SAN

DERECHOS A PAGAR

CALIFICACION

APROBACION AUTOMATICA

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

RECURSO DE RECONSIDERACION

AUTORIDAD QUE APRUEBA LA SOLICITUD Y/O RESUELVE LA RECONSIDERACION Y PLAZOS PARA LA RESOLUCION

RECURSO DE APELACION

AUTORIDAD QUE RESUELVE LA APELACION Y PLAZO PARA LA RESOLUCION

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003

- Nombre, documento de identidad,domicilio del apelante, telefono, fax y/o direccion de correo electronico en caso de tenerlos; - Nombre y domicilio de la entidad prestadora, peticion concreta, fundamentacion de la apelacion. - Ofrecimiento de medios probatorios; - La autorizacion, si asi lo desea, para que la notificacion se le practique por fax, o correo electronico; - Firma o huella digital del denunciante o representante; - MORDAZA simple del documento de identidad del denunciante o representante; - MORDAZA simple del documento que acredite la representacion suficiente; suficiente; - Base legal: Art. 49º del Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 034-2001-CD/OSITRAN publicada el 31 de diciembre de 2001.

habiles de notificada la denegatoria.

Controversias. - Plazo: 10 dias habiles contados a partir del dia siguiente de la fecha de MORDAZA del recurso.

NORMAS LEGALES

UNIDAD ORGANICA: CUERPO COLEGIADO PERMANENTE Y AD HOC (4) 1. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ORDINARIO ENTRE ENTIDADES PRESTADORAS MORDAZA de la denuncia por escrito y dirigida al Cuerpo Colegiado Permanente o Ad Hoc, conteniendo lo siguiente: - Nombre, documento de identidad,domicilio del solicitante, telefono, fax y/o direccion de correo electronico en caso de tenerlos; - Nombre y domicilio del denunciado, peticion concreta, fundamentacion de la denuncia, la solicitud de medidas cautelares, sanciones u otra accion afirmativa; La autorizacion, si asi lo desea, para que la notificacion se le practique por fax, o correo electronico; - Ofrecimiento de medios probatorios; - Firma o huella digital del denunciante o representante; - MORDAZA simple del documento de identidad del denunciante o representante; - MORDAZA simple del documento que acredite la representacion ; -Base legal: literal a) del articulo 4º, y Titulo II del Reglamento General para la Solucion de Controversias en el ambito de competencia del OSITRAN aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 005-99-CD/OSITRAN publicada el 30 de diciembre de 1999, modificada por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2001-CD/OSITRAN, publicada el 7 de noviembre de 2001. X Mesa de partes No contemplado

- Autoridad: Cuerpo Colegiado Permanente o Ad hoc. - Plazo: 30 dias habiles contados a partir de la fecha fijada para la vista de la causa.

- Se interpone dentro de los 15 dias habiles de notificada la Resolucion expedida por el Cuerpo Colegiado Permanente o Ad Hoc.

- Autoridad: Tribunal de Solucion de Controversias del OSITRAN - Plazo: 30 dias habiles, contados a partir del dia siguiente a la fecha senalada para el informe oral o si este no hubiese sido solicitado, del ultimo acto procedimental realizado.

(1) El costo ha sido calculado para copias en formato A4 La diferencia que importe la solicitud de copias en otro formato o de informacion en otro medio, tambien sera asumida por el solicitante. El pago por las copias, se realizara luego de que OSITRAN apruebe la solicitud y hasta que se entreguen efectivamente. El costo de cada foja de copias simples es de 0.007% de la UIT, para el formato A4. (2) La expedicion de copias se realizara en la medida en que la informacion no se encuentre comprendida dentro de las excepciones establecidas por la Ley Nº 27806. (3) En caso de que la solicitud no pueda atenderse porque se carece de la informacion requerida, esta circunstancia se pondra en conocimiento del solicitante y en la medida en que se conozca su destino, este hecho debera ser puesto en conocimiento del mismo. (4) Tambien se entendera como unidad organica aquella entidad publica o privada a la que se hayan delegado facultades a traves de convenio de delegacion (Art. 45º del Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM). (*) La parte que solicite (denunciante o denunciado) la actuacion de un medio probatorio que razonablemente no deba soportar la administracion (Art. 178º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley Nº 27444) debera asumir dicho costo. En el caso de las inspecciones, el costo de la misma sera determinado en funcion al numero de profesionales a destacar asi como a la distancia a recorrer para la practica de la misma. (**) La solicitud de una medida cautelar debera formularse de acuerdo con los requisitos establecidos por el articulo 52º del Reglamento General para la Solucion de Controversias en el ambito de competencia del OSITRAN aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 005-99-CD/ OSITRAN y/o con los requisitos establecidos en el articulo 46º y demas disposiciones pertinentes de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Ley Nº 27444. En caso de ser necesario destacar personal para ejecutar la medida, el costo se determinara en funcion a lo establecido en el parrafo anterior. (***) Los pagos se efectuaran en las Oficinas del OSITRAN o en nuestra cuenta corriente en Moneda Nacional del Banco de Credito del Peru Nº 193-1138783-0-57 OSITRAN. En este ultimo caso, el interesado debera adjuntar al mismo un formulario, proporcionado por OSITRAN en donde indicara el concepto por el que realizo el pago. (****) La solicitud de copias certificadas o simples de las piezas de los expedientes en tramite ante el OSITRAN, estara sujeta a los costos establecidos para el procedimiento de solicitud de documentos de caracter publico. La referida solicitud se sujetara a lo establecido en el articulo 160º de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Pag. 242241

06721

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.