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PÆg. 242724 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de abril de 2003 HORAS HORAS TOTAL ASIGNATURAS SEMAN. SEMESTR. HORAS SEMEST. Estudio de Comunidad 8 136 Enfermería Médico Quirúrgica 10 170 Enfermería Pediátrica 10 170 Elementos en Salud Bucal 7 119 Enfermería en Psiquiatría 8 136 Legislación y Ética Profesional 3 51 1088 ANEXO Nº 04 DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES Los egresados de la carrera de Técnica en Obstetricia para obtener el Título de Profesional Técnico en Enfermería Técnica, convalidarán las prácticas iniciales eintermedias. Sólo deberán realizar las prácticas finales por un período máximo de 3 meses. En este tiempo el estudiante deberá rotar por las siguientes áreas: •Hospitalización: üMedicina üCirugía üPediatría üExámenes especiales •Centro Quirúrgico •Consultorio Externo: üMedicina üCirugía üPediatría •Tópico – Curaciones 07366 ENERGÍA Y MINAS Otorgan autorización por tiempo inde- finido a empresa para desarrollar laactividad de generación de energíaelØctrica en central tØrmica ubicadaen Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2003-EM/DM Lima, 26 de marzo del 2003VISTO: El expediente Nº 33127802 que incluye los documentos con registro Nº 1388802, Nº 1391305, Nº1397417 y Nº 1400294, sobre otorgamiento de autoriza- ción para generación de energía eléctrica de acuerdo con el artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentadopor Sapet Development Peru Inc., persona jurídica ins- crita en la partida Nº 11028356 de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, Sapet Development Peru Inc. ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de genera- ción de energía eléctrica en la central térmica Fol-che, con una potencia instalada de 1200 kW para su propio consumo, ubicada en el distrito de Lobitos, provincia de Talara, departamento de Piura, actual-mente en operación; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos lega-les de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum-plido con los requisitos establecidos en la Ley de Conce- siones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el informe Nº 152-2002-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía;SE RESUELVE: Artículo 1º .- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido a Sapet Development Peru Inc., que se identificarácon código Nº 33127802, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para su propio consu- mo, en las instalaciones de la central térmica Folche,con una potencia instalada de 1200 kW, ubicada en el distrito de Lobitos, provincia de Talara, departamento de Piura. Artículo 2º .- La titular está obligada a operar cum- pliendo las normas técnicas y de seguridad; preservan- do el medio ambiente y salvaguardando el PatrimonioCultural de la Nación; así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento y otras normas legalespertinentes. Artículo 3º .- La presente resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 06203 Otorgan autorización a empresa para desarrollar actividad de generación de energía elØctrica para consumo propio en la provincia de Pisco, departamen-to de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 152-2003-EM/DM Lima, 31 de marzo del 2003 VISTO: El Expediente Nº 33127402 que incluye los documentos con Registro Nº 1387428 y Nº 1391001, sobre otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica de acuerdo con el artículo 4º del DecretoLey Nº 25844, presentado por Corporación Aceros Are- quipa S.A., persona jurídica inscrita en el Asiento 92, Folio 103, Partida LIX del Tomo Nº 48 del Registro deSociedades Mercantiles de Arequipa; CONSIDERANDO:Que, Corporación Aceros Arequipa S.A. ha solicita- do autorización para desarrollar la actividad de genera-ción de energía eléctrica, en la central térmica Aceros Arequipa Planta Nº 2, con una potencia instalada de 1000 kW para su propio consumo, ubicada en la carreteraPanamericana Sur km. 241, en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, actualmente en operación; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67º desu Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos lega- les de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum- plido con los requisitos establecidos en la Ley de Conce-siones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 143-2002-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido a Corporación Aceros Arequipa S.A., que se identifi-cará con código Nº 33127402, para desarrollar la activi- dad de generación de energía eléctrica para su propio consumo, en las instalaciones de la central térmica Ace-ros Arequipa Planta Nº 2, con una potencia instalada de 1000 kW, ubicada en la carretera Panamericana Sur km.