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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (16/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 242727 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de abril de 2003 miento del Centro de Conciliación denominado, "CEN- TRO DE CONCILIACIÓN DEL INSTITUTO PERUANO SOCIAL CRISTIANO", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentesde acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 07294 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 040-2003-JUS Lima, 10 de abril de 2003 Vista, la solicitud de registro Nº 06111, de fecha 13 de marzo de 2003, sobre Autorización de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil, CEN-TRO DE CONCILIACIÓN ARMONÍA SOCIAL; CONSIDERANDO:Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado au- torización para el funcionamiento del Centro de Concilia-ción denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN EX- TRAJUDICIAL JUNTOS POR LA PAZ, con sede en la ciudad de Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 467-2003- JUS/STC, la recurrente cumple con los requisitos esta- blecidos en los artículos 24º y 27º, de la Ley de Concilia-ción, Ley Nº 26872, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por De-creto Supremo Nº 016-2001-JUS; por lo que es proce- dente autorizar el funcionamiento del Centro de Concilia- ción solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Su- premo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de lasfunciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Con- ciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modifi-cado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, a la asociación civil, CEN- TRO DE CONCILIACIÓN ARMONÍA SOCIAL, elfuncionamiento del Centro de Conciliación denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL JUN- TOS POR LA PAZ , con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación yaplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 07295 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 041-2003-JUS Lima, 10 de abril de 2003Vista, la solicitud de Registro Nº 028568, de fecha 20 de noviembre de 2002, sobre Autorización deCentro de Conciliación, presentada por la asociación civil, INSTITUTO CONCILIATORIO ARAL con siglas ICARAL;CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado au- torización para el funcionamiento del Centro de Concilia-ción denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN ARAL con abreviatura ICARAL, con sede en la ciudad de Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 0430- 2003-JUS/STC, la recurrente cumple con todos los re- quisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los artículos 42º, 44º y45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es proce-dente autorizar el funcionamiento del Centro de Conci- liación solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Su- premo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Con-ciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modifi- cado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a la asociación civil, INSTI- TUTO CONCILIATORIO ARAL con siglas ICARAL, el funcionamiento del Centro de Conciliación denominadoCENTRO DE CONCILIACIÓN ARAL con abreviatura ICARAL, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentesde acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 07296 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 042-2003-JUS Lima, 10 de abril de 2003 Vista, la solicitud de registro Nº 030405, de fecha 11 de diciembre de 2002, sobre Autorización de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil, INSTI-TUTO DE NEGOCIACIÓN, MEDIACIÓN Y CONCILIA- CIÓN DEL NORTE con siglas INMECON; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Con- ciliación denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN DEL INSTITUTO DE NEGOCIACIÓN, MEDIACIÓN Y CON-CILIACIÓN DEL NORTE con denominación abreviada CENTRO DE CONCILIACIÓN - INMECON, con sede en la ciudad de Chiclayo; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 0426- 2003-JUS/STC, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº26872, Ley de Conciliación, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por De-creto Supremo Nº 016-2001-JUS; por lo que es proce- dente autorizar el funcionamiento del Centro de Concilia- ción solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, DecretoSupremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, queprecisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decre-