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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (16/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 242734 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de abril de 2003 plazo de vigencia se mantendrá igual al primer registro (VER ANEXO 20 del Manual). 6.3.3 TOMA DE CONOCIMIENTO DE APERTURA DE SUCURSALES, OFICINAS U OTROS ESTABLE- CIMIENTOS: Existen dos casos: I. Si la entidad abre otros establecimientos y ha cumplido con los requisitos señalados en el punto 2.3 delManual, se procederá a emitir una notificación en el cual la Autoridad de Trabajo toma conocimiento que la entidad funcionará en esa jurisdicción (VER ANEXO 19 del Ma-nual). II. Si la entidad desarrolla actividades en lugares ubicados en una jurisdicción distinta a la que otorgó elRegistro, debe comunicar a la Autoridad Administrativa de Trabajo del lugar donde desarrollará sus actividades, anexando una copia de la constancia de su registro,para que ésta tome conocimiento sobre el desarrollo de sus actividades con una simple notificación (VER ANEXO 19.1 del Manual). 6.3.4 VARIACIÓN DE DOMICILIO: a) Si la entidad ha cumplido con los requisitos seña- lados en el punto 2.4 del Manual, se procederá a modifi- car el registro indicando el nuevo domicilio. b) La modificación debe contener en la parte superior la denominación “Variación de domicilio”; se debe mantener la misma numeración y el plazo de vigenciadel registro principal. El registro debe contener los mis- mos datos del primer registro, debiendo modificar sólo el domicilio (VER ANEXO 21 del Manual). 6.3.5 VARIACIÓN DE RAZÓN SOCIAL: a) Si la entidad ha cumplido con los requisitos señala- dos en el punto 2.5 del Manual, se procederá a modificar el registro indicando la nueva denominación de la entidad. b) La modificación debe contener en la parte superior la denominación “Variación de razón social”; se debe mantener la misma numeración y el plazo de vigenciadel registro principal. El registro debe contener los mis- mos datos del primer registro, debiendo modificar sólo la razón social (VER ANEXO 22 del Manual). 6.3.6 AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL: a) Si la empresa ha cumplido con los requisitos seña- lados en el punto 2.6 del Manual, se procederá a modifi- car el registro indicando la ampliación de actividadesrespectiva. b) La modificación debe contener en la parte superior la denominación “Ampliación de actividades”; se debe mantener la misma numeración y el plazo de vigencia del registro principal. El registro debe contener los mis- mos datos del primer registro, debiendo modificar sólolas actividades (VER ANEXO 23 del Manual). c) En los casos que corresponda, se debe solicitar la copia de la resolución de autorización o de registro delSector competente, el mismo que se debe encontrar vigente a la fecha de presentación de su solicitud. 6.3.7 RENOVACIÓN DEL REGISTRO: a) Si la entidad ha cumplido con los requisitos seña- lados en el punto 2.7 del Manual, se procederá a reno- varla, expidiendo el registro respectivo (VER ANEXO 24 del Manual). b) Las Constancias de Renovación deben contener en la parte superior la denominación “Renovación”. c) En los casos que corresponda, debe solicitar la copia de la resolución de autorización o de registro del Sector competente, el mismo que se debe encontrar vigente a la fecha de presentación de su solicitud. VII. REGISTRO DE LOS CONTRATOS: 7.1 PRESENTACIÓN DE LOS CONTRATOS SUS- CRITOS CON LAS EMPRESAS USUARIAS La DPEFP al momento de expedir la Constancia de Registro, deberá entregar a la entidad el formato de la Hoja Informativa de los contratos suscritos con las em-presas usuarias (VER ANEXO 25 del Manual).Las entidades deberán presentar la Hoja Informativa y las copias de los contratos, los mismos que deben ser revisados por las Direcciones de Promoción del Empleo u oficina que haga sus veces, según los datos que co-rresponda. Los contratos de locación de servicios deberán con- tener las características que establece la Ley (artículo26º): - Descripción de las labores a realizarse (temporal, complementario o especializada). - Términos del contrato del personal destacado. Sólo se debe recepcionar los contratos de aquellas entidades que cuenten con el registro respectivo. El plazo de presentación de los contratos con las empresas usuarias es de quince (15) días de suscrito el contrato, los mismos que deberán ser presentados tan- to en la sede principal o en cada sede donde cuentencon el personal destacado. Si se encontrare fuera de ese plazo deberá abonar una Tasa por presentación ex- temporánea. Los formatos de las Hojas Informativas deberán ser remitidos a la Dirección Nacional de Promoción del Em- pleo y Formación Profesional dentro de los cinco (5)primeros días del mes siguiente para su respectiva in- corporación al RENEEIL. Los contratos de locación de servicio que presenten las entidades deberán ser archivados formándose un expedientillo adicional al principal. Debiendo los mismos estar foliados y ordenados según fecha de presenta-ción. 7.2 PRESENTACIÓN DE LOS CONTRATOS SUS- CRITOS CON LOS TRABAJADORES La DPEFP al momento de expedir la Constancia de Registro, deberá entregar a la entidad el formato de laHoja Informativa de los contratos suscritos con los tra- bajadores (VER ANEXO 26 del Manual). Las entidades deberán presentar la Hoja Informativa respectiva y las copias de los contratos con los trabaja- dores al Sector Trabajo, según el Procedimiento Nº 37 del TUPA, la oficina encargada de verificar la informaciónes la Subdirección de Registros Generales o dependen- cia que haga sus veces en las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo. La oficina encargada de la recepción de los contra- tos de trabajo (Subdirección de Registros Generales u oficina que haga sus veces), deberá remitir a la Direc-ción de Promoción del Empleo, en forma mensual, las Hojas Informativas presentadas por las entidades, para que dentro de los cinco (5) primeros días del mes si-guiente sea remitido a la Dirección Nacional de Promo- ción del Empleo y Formación Profesional a efectos de ser incorporada en el RENEEIL. El plazo de presentación de los contratos con los trabajadores es de quince (15) días de suscrito el con- trato, los mismos que deberán ser presentados tanto enla sede principal o en cada sede donde cuenten con el personal destacado. Si se encontrare fuera de ese pla- zo deberá abonar una Tasa por presentación extempo-ránea. VIII. DE LA ELABORACIÓN DE LOS INFORMES MENSUALES 8.1 INFORMES ESTADÍSTICOS MENSUALES:a) Los informes estadísticos mensuales deberán ser elaborados por cada Dirección Regional de Trabajo yPromoción del Empleo y cada Zona de Trabajo y Promo- ción del Empleo en forma independiente. b) Los informes serán elaborados de acuerdo a los formatos remitidos por la Dirección Nacional de Promo- ción del Empleo y Formación Profesional (VER ANEXO 27 del Manual), debiendo ser remitidos dentro de loscinco (5) primeros días del mes siguiente. 8.2 INFORMES DE REPORTES MENSUALES: Las Direcciones Regionales deberán remitir mensual- mente a la Dirección Nacional de Promoción del Empleo: a) Copias de los Registros emitidos en el mes. b) Copias de las notificaciones de toma de conoci-