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PÆg. 242856 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de abril de 2003 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado yel numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley Nº 27879 - Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase la política remunerativa del Plie- go Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas -DEVIDA, de acuerdo al Anexo que forma parte del presenteDecreto Supremo. Artículo 2º.- Prohíbase, bajo responsabilidad del Titu- lar del Pliego, la percepción por parte del trabajador decualquier otro ingreso, subvención o asignación por cual-quier concepto o fuente de financiamiento, en especie odinerario, en forma adicional al monto máximo establecidoen la presente Escala Remunerativa. Artículo 3º.- El egreso que origine la aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, seatenderá con cargo a los recursos asignados al Pliego Comi-sión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA. Artículo 4º.- Déjase en suspenso las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente dispositivo legal. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO POLÍTICA REMUNERATIVA 2003 DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA 1. La remuneración máxima mensual por todo concep- to, aplicable por cargo se fijará conforme a: REMUNERACIÓN MÁXIMA CATEGORÍAS (Nuevos Soles) Gerente General 17 000 Gerente, Jefe de Oficina Director, Asesor III 15 000 Gerente Adjunto, Director Adjunto, Asesor II 11 000 Asesor I, Jefe de Oficina Desconcentrada, 8 500 Jefe de Unidad PROFESIONAL V 7 200 PROFESIONAL IV 6 500PROFESIONAL III 6 000 PROFESIONAL II 5 500 Técnico IV 4 000Técnico III 3 600 Técnico II 3 200 Auxiliar II 2 500 2. El Directorio o la más alta autoridad de la entidad o quien éstos deleguen, deberá fijar el monto que le corres-ponda a cada trabajador tomando en consideración la eva-luación de su desempeño. En ningún caso el monto fijadopara cada trabajador podrá superar el monto máximo esta-blecido, según la categoría que le corresponda. 3. La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA sólo reconocerá al personal a su serviciodoce (12) remuneraciones continuas al año más un (1) suel-do por aguinaldo de fiestas patrias y otro (1) por Navidad. 4. La presente escala remunerativa es de aplicación a partir de la fecha de publicación de la presente norma y sefinancia con cargo al Presupuesto aprobado a favor de laComisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DE-VIDA, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. 5. La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA deberá informar al Viceministro de Ha-cienda las acciones que efectúe en ejecución de lo dis-puesto en el presente Decreto Supremo, dentro de los diez (10) días de adoptada la acción. 07590 Autorizan viaje de representante del ministerio para atender diversos temas relativos a beneficios de la ATPDEA y realizar gestiones sobre posible trata-do de libre comercio con EE.UU., RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 147-2003-EF/10 Lima, 16 de abril de 2003CONSIDERANDO:Que, se requiere designar como representante del Mi- nisterio de Economía y Finanzas al señor JOSÉ AUGUSTOPALMA GARCÍA-ZAPATERO, con la finalidad de atendertemas relacionados con los compromisos asumidos por elPerú en el marco de la elegibilidad del país a los beneficiosde la Ley de Preferencia Arancelaria Andina y Erradicaciónde Drogas – ATPDEA y con gestiones tendientes a la posi-bilidad de negociar un tratado de libre comercio con losEstados Unidos, el cual se llevará a cabo en la ciudad deWashington, D.C., Estados Unidos de América, del 19 al 28de abril de 2003; Que, en tal sentido y siendo de interés para la institu- ción, es necesario autorizar el viaje del citado representan-te, debiendo este Ministerio asumir, con cargo a su presu-puesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos ytarifa CORPAC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 el literal a) del artículo 18º de la Ley Nº 27879 y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor JOSÉ AUGUSTO PALMA GARCÍA-ZAPATERO, en calidad de representante del Minis-terio de Economía y Finanzas, así como autorizar su viaje ala ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América,del 19 al 28 de abril de 2003, para los fines expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución; Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuestode la Unidad Ejecutora 001 MEF – Administración Generalde Pliego del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuer-do al siguiente detalle: Pasajes : US $ 740,32 Viáticos : US $ 1 320,00Tarifa CORPAC : US $ 28,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos deaduana de cualquier clase o denominación a favor delrepresentante cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 07603 MINCETUR Autorizan a PROMPEX suscribir conve- nio para que el PNUD administre recur-sos destinados a la ejecución de progra-ma de fortalecimiento institucional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2003-MINCETUR Lima, 16 de abril de 2003 Visto el Oficio Nº 107-2003-PROMPEX/GG del Gerente General de la Comisión para la Promoción de Exportacio-nes - PROMPEX; y,