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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (18/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 242857 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 805, se creó la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM-PEX, como organismo promotor de las exportaciones deproductos nacionales; Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, tiene entre sus funciones, las de diseñar, coor-dinar, concertar y ejecutar acciones del Sector Público y elSector Privado, destinadas a promover el desarrollo de lasexportaciones, promoviendo y difundiendo la oferta expor-table a nivel internacional; Que, entre los mecanismos de promoción que la Comi- sión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX uti-liza para el logro de sus objetivos, se encuentra la organi-zación de actividades tales como ferias, misiones, ruedasde negocios, así como estudios de mercado - producto; Que, para el mejor cumplimiento de las mencionadas funciones, PROMPEX requiere contar con asistencia téc-nica y profesional en el ámbito de su competencia quecontribuyan a lograr el fortalecimiento institucional de PROM-PEX, con la finalidad de perfeccionar la labor en la promo-ción de las exportaciones y la imagen de PROMPEX a nivelnacional e internacional y permita alcanzar el objetivo na-cional de duplicar las exportaciones peruanas al 2006; Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX cuenta con recursos presupuestales para fi-nanciar las actividades a que se refiere el considerandoprecedente, así como para proveerse de los bienes y ser-vicios necesarios para el logro de sus objetivos; Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desa- rrollo - PNUD es un Organismo Multilateral de CooperaciónTécnica que impulsa la Ejecución Nacional de Proyectos,mediante el fortalecimiento de las capacidades técnicas einstitucionales existentes en el país; Que, el artículo 25º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupues- to del Sector Público para el Año Fiscal 2003, establece que losconvenios de administración de recursos, costos compartidos uotras modalidades similares, que los Pliegos Presupuestariossuscriban con organismos o instituciones internacionales paraencargarles la administración de sus recursos, deben aprobar-se por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sec-tor correspondiente, previo informe de la Oficina de Presupues-to y Planificación o la que haga sus veces, en el que se de-muestre las ventajas de su concertación así como la disponibi-lidad de los recursos para su financiamiento; Que, el Informe Nº 001-2003-PROMPEX/OPD, de fecha 8 de abril del 2003, de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo dela Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX,demuestra las ventajas institucionales de celebrar un conveniode administración de recursos con el Programa de las NacionesUnidas para el Desarrollo - PNUD, así como la disponibilidad derecursos para su financiamiento durante el ejercicio 2003; Que, es conveniente autorizar a la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a suscribir unconvenio con el Programa de las Naciones Unidas para elDesarrollo - PNUD, con el objetivo de que este organismoadministre los recursos destinados a la ejecución del Pro-grama de Fortalecimiento Institucional de PROMPEX; De conformidad con lo establecido en el artículo 25º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2003, el Decreto Legislativo Nº 805 y elInforme Nº 001-2003-PROMPEX/OPD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX a negociar y suscribir unconvenio con el Programa de las Naciones Unidas para elDesarrollo - PNUD, con el objetivo de que este organismoadministre los recursos que le sean encargados. Artículo 2º.- Autorizar a la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX a efectuar una transferen-cia hasta por la suma de Tres Millones Quinientos Mil y00/100 Nuevos Soles (S/. 3'500,000.00) de los recursosde su presupuesto autorizado para el presente EjercicioFiscal, para que sean administrados por el Programa de lasNaciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07591Establecen conformación del Consejo Directivo del CITE SIP`N RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2003-MINCETUR Lima, 16 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley Nº 27267 - Ley de Centros de Innovación Tecnológica - CITEs, modificada por la LeyNº 27890, mediante Resolución Suprema refrendada porel Ministro de Comercio Exterior y Turismo, se pueden crearCentros de Innovación Tecnológica artesanales, turísticos,públicos privados; Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2002-MIN- CETUR, de fecha 27 de setiembre de 2002, se creó elCentro de Innovación Tecnológica Turístico-Artesanal CITESIPÁN; cuyo objetivo es, entre otros, el mostrar al mundoturístico la actividad artesanal Mochica, integrar al Museo"Tumbas Reales SIPÁN" una aldea de talleres artesanalesy expresar con fidelidad el modo de producción artesanalMochica; Que, en el proceso de implementación y desarrollo del CITE SIPÁN, resulta necesario contar con la participa-ción del Sector Educación, habida cuenta que bajo sucompetencia se encuentran los Museos Tumbas Realesde SIPÁN y Museo Nacional de Sicán, cuyos aportesson de suma importancia para el logro de los objetivosdel referido CITE. Asimismo, en dicho proceso corres-ponde tener en cuenta la participación del Gobierno Re-gional de Lambayeque entre cuyas funciones se halla eldesarrollo de la artesanía de la región, mediante elaprovechamiento de las potencialidades regionales; Que, en aplicación del artículo 4º de la Ley Nº 27267, así como de los artículos 9º y 14º de su Reglamento, pro-cede establecer la composición nominal del Consejo Direc-tivo del CITE SIPÁN; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27267, Ley Nº 27790 y Ley Nº 27867, modificada por laLey Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El Consejo Directivo del CITE SIPÁN crea- do por Resolución Suprema Nº 006-2002-MINCETUR, defecha 27 de setiembre de 2002, estará conformado por: -Un representante de Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, quien lo presidirá. -Un representante del Ministerio de Educación.-Un representante del Gobierno Regional de Lambaye- que. -Un representante de PROMPEX.-Un representante de los artesanos del departamento de Lambayeque. -Un representante de los empresarios del Sector Turis- mo del departamento de Lambayeque. -El Director del Museo Tumbas Reales de Sipán.-El Director del Museo Nacional Sicán. Artículo 2º.- Los Ministerios de Educación y de Comer- cio Exterior y Turismo designarán a sus representantes enel Consejo Directivo mediante Resolución Ministerial. Los representantes de los artesanos y de los empresa- rios serán propuestos al Titular del Sector Comercio Exte-rior y Turismo, por los gremios correspondientes. Artículo 3º.- El Consejo Directivo procederá a su insta- lación y a la adopción de las acciones necesarias para lapuesta en funcionamiento del CITE SIPÁN, con arreglo alas disposiciones legales vigentes. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por los Ministros de Educación y de ComercioExterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07592