Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2003 (18/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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2. El 10.3.03, el Tribunal inicio el procedimiento administrativo sancionador contra la empresa V & H Representaciones SAC, en adelante la empresa, por la causal contemplada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Reglamento. 3. El 14.3.03, previa Razon de Secretaria, se dispuso la notificacion a la empresa via edicto a fin de que presente sus descargos. 4. El 18.3.03, la Entidad informa al Tribunal haber cursado las cartas de consulta correspondientes a la Clinica MORDAZA MORDAZA y a la Direccion de Salud de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. 5. El 18.3.03, la Direccion de Salud de la MORDAZA y Centro Medico MORDAZA, mediante Oficio Nº V.200-2915, manifiesta que luego de efectuada la verificacion correspondiente no se ha encontrado "en nuestros archivos la documentacion indicada, asimismo el numero consignado en las ordenes remitidas no corresponde a las Ordenes de Compra-Guia de Internamiento de las fechas consignadas". 6. El 20.3.03, se cumple con publicar el edicto respectivo en el Diario Oficial El Peruano. 7. El 21.3.03, el Jefe de Logistica de la Clinica MORDAZA MORDAZA manifiesta "que las 3 Ordenes de Compra para la firma V & H Representaciones SAC de las que Ud. me envia fotocopias, son documentos totalmente desconocidos para la Clinica,...". 8. El 27.3.03, la Entidad cumple con remitir el Informe Tecnico-Legal Nº 005-AS-MAM-GCLI-ESSALUD-2003, de 21.3.03, sobre la responsabilidad de la empresa en los hechos denunciados. 9. El 7.4.03, previa Razon de la Secretaria, al no haber presentado descargos la empresa, el Tribunal disponer hacer efectivo el apercibimiento decretado de resolver con la documentacion obrante en autos y se remite el expediente a la MORDAZA Sala. FUNDAMENTACION: 1. El presente procedimiento administrativo sancionador ha sido iniciado por la causal contemplada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Reglamento, esto es, presentar documentos falsos o declaraciones juradas con informacion inexacta a las Entidades o al CONSUCODE. 2. Tal como se advierte de los antecedentes, se encuentra plenamente acreditado que en el MORDAZA de seleccion de la referencia la empresa V & H Representaciones SAC presento documentos falsos, tal como en su momento se consignara en la Resolucion Nº 249/2003.TCS2 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo que se ha reconfirmado con lo expresado en las comunicaciones cursadas tanto por la Direccion de Salud de la MORDAZA y el Centro Medico MORDAZA respecto de las Ordenes de Compra-Guia de Internamiento Nº 00116, de 22.8.01, Nº 00660, de 6.12.01; asi como por la Clinica MORDAZA MORDAZA respecto de las Ordenes de Compra Nº 2002-00001674, Nº 2002-0000105, Nº 2001-00001412; en las que de modo puntual senalan que esos documentos no han sido expedidos por aquellas. 3. La empresa V & H Representaciones SAC no se ha apersonado a la instancia para formular descargos, pese a haber sido notificada mediante edicto, por lo que no es factible evaluar circunstancia alguna que motivara su comportamiento. 4. En tal sentido, resulta de aplicacion la sancion prevista para esta infraccion en el articulo 205º del Reglamento y, existiendo indicios de la comision de un ilicito penal, debe ponerse en conocimiento de la Presidencia del CONSUCODE lo actuado a efectos que asuma las acciones que estimara pertinentes. De conformidad con las facultades otorgadas por el articulo 52º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001, y articulo 204º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y luego de agotado el correspondiente debate. LA SALA RESUELVE: 1º Sancionar a la empresa V & H Representaciones SAC, con un ano de suspension en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion al infractor mediante edicto. 2º Poner en conocimiento de la Gerencia de Registros la Resolucion para las anotaciones pertinentes.

3º Hacer de conocimiento de la Presidencia de CONSUCODE la Resolucion a efectos que asuma las acciones que corresponden de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA WENDORFF MORDAZA CABIESES MORDAZA 07546

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION
Reconocen labor de funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de La Union, MORDAZA, en la MORDAZA de informacion para la Cuenta General de la Republica del ano 2002
RESOLUCION JEFATURAL Nº 052-2003-EF/93.01
MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2003 VISTOS: Los documentos que acreditan la recepcion de la informacion sobre rendicion de cuentas para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ano fiscal 2002 de los pliegos presupuestarios que comprenden las Municipalidades Distritales; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA - provincia La Union - MORDAZA, ha ocupado el MORDAZA lugar de las Municipalidades Distritales, en la MORDAZA de la informacion presupuestaria y financiera correspondiente a la rendicion de cuentas, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ejercicio fiscal 2002, por lo que sus principales funcionarios merecen ser reconocidos; Que, el numeral 21.1 del articulo 21º de la Ley Nº 27312 - De Gestion de la Cuenta General de la Republica, senala que la aprobacion de la Cuenta General de la Republica es un acto formal de ordenamiento administrativo y juridico que no implica la aprobacion de la gestion ni los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de acciones de control por parte de los organos del Sistema Nacional de Control y de Fiscalizacion por el Poder Legislativo; Estando a lo previsto en el articulo 10º y el inciso m) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89-EF; a lo propuesto por la Direccion General de Contabilidad del Sector Publico, con la aprobacion de la Alta Direccion y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Con las facultades legales que le confiere el articulo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el articulo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Felicitar, al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA - provincia La Union - MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA Espinal; al Contador General, senor CPC MORDAZA Eudaldo MORDAZA Pacheco; por haber presentado en MORDAZA lugar de las Municipalidades Distritales la informacion presupuestaria y financiera correspondiente a la rendicion de cuentas, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ano fiscal 2002. Articulo 2º.- Solicitar al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, haga extensiva esta especial felicitacion, al personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesoreria, y a todas las demas personas que con su esfuerzo y dedicacion han contribuido a la MORDAZA de la rendicion de cuentas en forma oportuna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 07488

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