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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (25/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 243238 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de abril de 2003 Declaran a la Ciudad Sagrada de Caral como "Cuna de la Civilización deAmØrica", ubicada en el distrito deSupe, provincia de Barranca ACUERDO DE CONSEJO REGIONA L Nº 016-2003-CR/GRL Huacho, 21 de abril del 2003. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, en sesión celebrada el 21 de Abril del 2003, en la ciudad deHuacho con el voto unánime de los miembros y en uso delas atribuciones conferidas por el artículo 15º incisos a) y s);y a lo dispuesto por el artículo 37º inciso a) de la Ley Nº27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popu-lar, son personas jurídicas de derecho público, con au-tonomía política, económica y administrativa en asuntosde su competencia: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisiónde este órgano sobre asuntos de interés público, ciudada-no o institucional o declarando su voluntad de practicarun determinado acto, entre otros; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 47º inciso l) de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales, es función específica de los GobiernosRegionales en materia de educación y cultura, la de pro-teger y conservar en coordinación con los gobiernoslocales y los organismos correspondientes, el patrimo-nio cultural nacional existente en la región, así comopromover la declaración por los organismos competen-tes de los bienes culturales no reconocidos que se en-cuentren en la región; Que, en el distrito de Supe de la provincia de Barranca, jurisdicción de la Región Lima, se ubica la ciudad sagradade Caral, descrita por los estudiosos arqueólogos e histo-riadores como cuna de la civilización de América; Que, en atención a lo expuesto el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, expresa su voluntadinstitucional de declarar el reconocimiento correspon-diente a la ciudad sagrada de Caral, conforme a lasfacultades delegadas por Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR a la Ciudad Sagrada de Caral, ubicada en el distrito de Supe de la provincia deBarranca, Jurisdicción de la Región Lima, como "Cuna de la Civilización de América" , siendo su sede el His- tórico Pueblo de Supe. Artículo Segundo.- Declarar de preferente interés: - La construcción de la Carretera de Supe a Caral en coordinación con los Alcaldes Distritales y el AlcaldeProvincial de Barranca y la Sociedad Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 07901 Declaran a la Región Lima como"Región Solar" del Perœ y al centro poblado me-nor de Humaya como la Capital Solarde la región ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 017-2003-CR/GRL Huacho, 21 de abril del 2003El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, en sesión celebrada el 21 de abril del 2003, conel voto unánime del Consejo Regional y en uso de lasatribuciones conferidas por el artículo 15º incisos a)y s); y a lo dispuesto por el artículo 37º inciso a) de laLey Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popu-lar, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa en asun-tos de su competencia; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisiónde este órgano sobre asuntos de interés público, ciudada-no o institucional o declarando su voluntad de practicarun determinado acto, entre otros; Que, el Centro Poblado de Humaya de la provincia de Huaura, perteneciente a la jurisdicción de la Región Lima,mantiene a la fecha uno de los índices más altos deirradiación solar a nivel nacional, lo que constituye unainvalorable fuente de desarrollo eco-tecnológico para laRegión Lima, que fortalecería el desarrollo y ejecuciónde las funciones específicas del Gobierno Regional deLima, en todo aspecto; Que, en atención a lo expuesto el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, expresa su voluntadinstitucional de declarar a este Centro Poblado Menorcomo Capital Solar de la Región Lima; Que, de acuerdo a las facultades del Consejo Regio- nal establecida en el artículo 39º de la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; El Consejo Regional de Lima; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar a la Región Lima como "Región Solar" del Perú y al Centro Poblado Menor deHumaya como la Capital Solar de la Región Lima. Regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 07905 Exoneran del proceso de selección de adjudicación directa la adquisición y contratación de bienes y servicios para el acondicionamiento de inmueblecedido en uso por ESSALUD RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 077-2003-PRES Huacho, 21 de abril del 2003. VISTOS: Vistos el Memorándum Nº 161-A-2003-GRL/ GGR del 16 de abril del 2003, el Informe Nº 036 2003-GRL-GRI del 15 de abril del 2003, Informe Nº 043-2003-GRL-SGRA del 15 de abril del 2003, Informe Nº 067 -2003-GRL-GRPPAT del 15 de abril del 2003, el InformeTécnico Nº 007-2003-GERMA/DC; y el Informe Legal Nº045-2003-GRL/SGRAJ. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, elGobierno Regional de Lima tiene por finalidad esen-cial fomentar el desarrollo regional integral sosteni-ble, promoviendo la inversión pública y privada y elempleo y garantizar el ejercicio pleno de los dere-